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Tiempos de conducción y descanso en la carga fraccionada, paquetería y mensajería
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Antonio Alvarez
 
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  Tiempos de conducción y descanso en la carga fraccionada, paquetería y mensajería 29/Mayo/2007 - 13:55

El problema reside básicamente en el fraccionamiento del descanso diario, que cambia de los 3 períodos anterires a los dos actuales, 3 más 9 horas, lo que resta flexibilidad según muchos conductores de estos sectores .

La reforma de los tiempos de conducción y descanso de los conductores profesionales, a través del Reglamento 561 que modifica al anterior 3820, no sólo afecta a los conductores de larga distancia, como hemos analizado en logisticaytransporte.es y en transcamion.es. A pesar de que el Ministerio de Fomento asegura que no se han producido cambios sustanciales en la regulación de los tiempos, sino sólo en cuanto a su computación y estructuración, precisamente este tipo de cambios sí que está afectando a la operativa de las empresas de paquetería, mensajería y carga fraccionada con respecto a la situación anterior.

En la larga distancia, el problema es el descanso semanal tras el sexto período
Mientras que para las largas distancias el principal problema estriba en la obligación de realizar un descanso semanal tras seis jornadas consecutivas conduciendo, con el perjuicio añadido para el conductor de tener que hacerlo en muchas ocasiones fuera de su domicilio particular, en los transporte de corto radio el problema principal se sitúa en la imposibilidad de fraccionar los descansos diarios, al modo en que se hacía antes del pasado marzo.

Del fraccionamiento en tres al de dos períodos de descanso
La posibilidad de poder partir el descanso diario en tres partes daba mucha flexibilidad para el trabajo de los paqueteros y mensajeros, sobre todo en los transportes que suelen realizarse principalmente por la noche, como el reparto de prensa o de correo. Ahora, con la reducción de esta división de los descansos diarios a dos fracciones, de 3 más 9 horas, se pierde flexibilidad, según muchos conductores de estos sectores, que aprovechaban hasta la llegada de la nueva ley los tiempos muertos que se dan entre cargas para efectuar sus descansos diarios fraccionados de acuerdo con el Reglamento 3820, algo que ahora, con la entrada en vigor del Reglamento 561, no pueden hacer porque no les da tiempo con los dos fraccionamientos que prevé la ley y que les obliga a hacer una parada más larga.

Adaptación a la nueva realidad
Esto está obligando a que las empresas tengan que estructurar sus trayectos de otra forma, lo que llevará probablemente en principio a una pérdida de sus rentabilidades y productividades, como está ocurriendo con los transportes de larga distancia.

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