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SEMINARIO COMERCIO EXTERIOR
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bernardo bardales hidalgo
 
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  Re: SEMINARIO COMERCIO EXTERIOR Módulo I : ¿Mi empresa puede exportar? 12/Abril/2009 - 19:31

El que suscribe actualmente se encuentra gerenciando una micropyme de comercialización a frontera norte entre Perú y Ecuador.

Nos dedicamos en los items de productos perecibles,frutas dentro de ellos tambien cítrico y la línea de uva procesada en pisco quebranta peruano,queremos afinanr nuestra introducción a dicho mercado y tambien al colombiano,para esto necesitamos afianzar más los conocimientos relacionados aa comercio exterior.

Tengo formación en ciencias económicas para eso no será novedoso al respecto,pero no tengo especialidad en comercio intenacional,para eso recurro a Uds. para una orientación.Adiciono a esta inquietud el hecho que tenemos una empresa ecuatoriana interesada en incursionar en el mercado peruano en el campo de fertilizantes orgánicos como enfrentar esta disyuntiva,para esto tengo en mi poder el reporte técnico al respecto.

Espero respuesta por parte de Uds.a la brevedad posible.

Sin otro particular.

Econ. Bernardo Bardales Hidalgo.

Lima - Perú 

maria briones
 
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  la wea fome 13/Junio/2008 - 02:40

no sale ninguna wea.. como tan fome estos weones... hacen paginas para nada.. no sirven para nada....
Centro de Estudiantes LCE -UNNE-
 
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  SEMINARIO COMERCIO EXTERIOR Diccionario Técnico Inglés-Castellano A-F 28/Octubre/2006 - 06:17

Diccionario Técnico Inglés-Castellano

Desde la A hasta la F

 

 

 

A

 

 

 

ABOARD : A bordo.

 

ABOVE PAR : Por encima de la par.

 

ACCELERATION CLAUSE : Cláusula que frecuentemente se usa en los Estados Unidos para los contratos que prevén pagos escalonados. La totalidad del saldo pendiente de pagos será exigible cuando cualquiera de los vencimientos deje de ser atendido por el deudor.

 

ACCEPTANCE : Aceptación.

 

ACCEPTED FOR CARRIAGE : Aceptado para transporte.

 

ACCIDENT : Accidente.

 

ACCIDENTAL DEATH : Muerte por accidente.

 

ACCOUNTING INFORMATION : Información contable.

 

ACKNOWLEDGMENT OF RECEIPT : Acuse de recibo.

 

ACT OF GOD : (acte de Dieu) caso fortuito.

 

ACTS OF PUBLIC ENEMIES : Actos de los enemigos públicos.

 

ACTS OF WAR : Actos bélicos.

 

ACTUAL CASH VALUE : Valor efectivo real.

 

ACTUAL FAULT : Culpa real.

 

ACTUAL WEIGHT : (A / W) peso real.

 

AD VALOREM : Ad valorem; por avalúo.

 

ADDITIONAL PREMIUM : (A/P) prima adicional / suplemento de prima.

 

ADHESION : Adhesión.

 

ADMIRALTY LAW : Derecho marítimo.

 

ADVANCED LETTER OF CREDIT : Carta de crédito anticipada.

 

ADVANCED PAYMENT : Pago anticipado.

 

ADVISE : Aviso.

 

ADVISE of arrival : aviso de llegada.

 

ADVISE of dispatch : aviso de expedición o despacho.

 

ADVISE of shipment : aviso de embarque.

 

ADVISING BANK : Banco avisador.

 

AFORO : Arqueo, capacidad.

 

AFFREIGHTMENT : Fletamento.

 

AFTER DERRICK POST : Poste de carga de popa.

 

AFTER PERPENDICULAR : Perpendicular de popa.

 

AGAINST ALL RISKS : Contra todo riesgo.

 

AGAINST DELIVERY : Contra entrega.

 

AGENT : Agente, intermediario, o representante.

 

AGREEMENT : Acuerdo / contrato.

 

AIR CONSIGNMENT NOTE : Carta de transporte aéreo.

 

AIR MAIL TRANSFER : Transferencia de fondos por correo aéreo.

 

AIR WAY BILL : (AWB) Guía aérea.

 

AIRCRAFT : Avión.

 

AIRPORT OF DEPARTURE : Aeropuerto de salida

 

AIRPORT OF DESTINATION : Aeropuerto de destino.

 

ALEATORY CONTRACT : Contrato aleatorio.

 

ALL CHARGES TO GOODS : Todos los gastos a cargo del vendedor.

 

ALL LINE INSURER : Asegurador autorizado para emitir toda clase de seguros.

 

ALL RISK CONTRACT : Seguro contra todo riesgo.

 

ALLOWED : Permitido.

 

ALTERATION : Agravación material/ alteración.

 

AMBIGUITY : Ambigüedad.

 

to AMEND : Modificar.

 

AMENDMENT : Modificación.

 

AMERICAN LLOYDS : Forma de organización autorizada en algunos estados en la cual sus miembros

 

toman el riesgo como particulares, limitando generalmente su responsabilidad.

 

AMOUNT : Monto.

 

ANCHOR : Ancla.

 

ANNEX : Anexo.

 

ANNUITY RENT : Seguro de renta.

 

ANTICANCELLATION LAWS : Leyes que restringen el derecho de los aseguradores a cancelar pólizas.

 

APPLICANT : Ordenante.

 

ARBITRATION : Arbitraje.

 

ARBITRATION AWARD : Laudo arbitral.

 

ARBITRATION CLAUSE : Cláusula de arbitraje.

 

ARSON : Incendio intencional, premeditado.

 

ASHORE : En tierra.

 

AS IS : Tal cual, en el estado en que se encuentra.

 

to ASSESS THE RISK : Apreciar el riesgo.

 

ASSESSMENT : Valuación.

 

ASSIGNABLE CREDIT : Crédito cedible.

 

ASSIGNMENT : Cesión.

 

ASSIGNMENT OF PROCEEDS : Cesión del producto del crédito.

 

ASSIGNS : Derechohabientes.

 

ASSURED : Asegurado.

 

ASSURER : Asegurador.

 

AT SIGHT : A la vista.

 

AUTOMATIC ADJUSTMENT OF INSURED VALUE : Ajuste de índice variable.

 

AUTOMATIC COVERAGE CLAUSE : Cláusula de cobertura automática.

 

AUTOMATIC COVERAGE IN CUSTOMS : Cobertura automática en Aduana.

 

AUTOMATIC PREMIUM LOAN CLAUSE : Cláusula de préstamo automático.

 

AUTOMATIC REINSTATEMENT INSURED LIMIT : Cláusula de reposición automática de suma asegurada.

 

AVERAGE : Avería.

 

AVERAGE, Ral : Avería gruesa.

 

AVERAGE, Particular : Avería particular.

 

AVERAGE ADJUSTER: Liquidador.

 

 

 

 

 

B

 

 

 

BAD STOWAGE : Arrumaje defectuoso / defectuosa distribución de la carga.

 

B.A.F. : Recargo por combustible.

 

BAG : Bolsa, saco.

 

BAILEE: Comodatario.

 

BALANCE OF PAYMENTS : Balanza de pagos.

 

BALE : Fardo o bala (para algodón).

 

BANK : Banco.

 

· Claiming bank : banco peticionario.

 

· Confirming bank : banco confirmante.

 

· Correspondent Bank : banco corresponsal / banco pagador / banco negociador.

 

· Drawee bank : banco librado.

 

· Issuing bank : banco emisor.

 

· Nominated bank : banco designado.

 

· Reimbursing bank : banco reembolsador.

 

· Remitting bank : banco remitente.

 

· Transfering bank : banco transferente.

 

BANK CHARGES : Gastos bancarios.

 

BANK RATE : Tasa de interés bancario.

 

BANK TO BANK REIMBURSEMENT AGREEMENT : Acuerdo de reembolso entre bancos.

 

BANKER’S ACCEPTANCE : Aceptación bancaria.

 

BAREBOAT CHARTER : Fletamento a casco desnudo.

 

BARGE : Barcaza.

 

BARGE-CARRYING SHIP : Embarcación de recreo.

 

BARRATRY : Baratería.

 

BARREL : Barril.

 

BARTER : Trueque.

 

B.D.I. (BOTH DATES INCLUDED) : Ambas fechas comprendidas.

 

BEAM : Manga.

 

BELOW PAR : Por debajo de la par.

 

BELLIGERENT POWER : Potencia beligerante.

 

BENEFICIARY : Beneficiario.

 

· Contingent beneficiary : beneficiario secundario.

 

· First beneficiary : primer beneficiario.

 

· Primary beneficiary : beneficiario primario.

 

· Second beneficiary : segundo beneficiario.

 

BERTH : Muelle.

 

BERTH TERMS : Términos de muelle.

 

BID : Oferta, adjudicación.

 

BID BOND : Garantía de oferta y cumplimiento.

 

BILL OF EXCHANGE : Letra de cambio.

 

BILL OF LADING (B/L) : Conocimiento de embarque.

 

· Blank bill of lading : conocimiento de embarque en blanco.

 

· Clean bill of lading : conocimiento de embarque limpio.

 

· Common carrier bill of lading : carta de porte de un transportista público.

 

· Direct bill of lading : conocimiento sin transbordo.

 

· Dirty bill of lading : conocimiento de embarque sucio.

 

· Inland bill of lading : documento que cubre todas las formas de transporte terrestre por líneas regulares.

 

· Long bill of lading : conocimiento de embarque largo.

 

· Negotiable bill of lading : conocimiento de embarque negociable.

 

Non negotiable bill of lading : conocimiento de embarque no negociable

 

· On board bill of lading : conocimiento a bordo.

 

· Short bill of lading : conocimiento de embarque corto.

 

· Stale bill of lading : conocimiento de embarque demorado o vencido.

 

· Through bill of lading : conocimiento de embarque directo.

 

BINDER : Certificado de Cobertura.

 

BLADINGS : Abreviatura de «bill of lading».

 

BLANK BACK : Dorso en blanco.

 

BLANKET POLICY : Póliza universal o general.

 

BLOCKAGE : Bloqueo.

 

BLUE PETER : Bandera de despedida.

 

BOARDING : Abordaje.

 

BONA FIDE HOLDER : Tenedor de buena fe.

 

BOND, BOND OF INDEMNITY : Fianza, caución.

 

in bond : en depósito.

 

BOOKING NUMBER : Número de identificación o reserva.

 

BOOKING OFFICE : Despacho de pasajes, oficina de reservas.

 

BOOM : Pescante de grúa.

 

BORROWER : Prestatario.

 

BOTTOMRY CONTRACT : Contrato de préstamo a la gruesa.

 

BOW : Proa.

 

BOW ANCHOR : Ancla de proa.

 

BOW THRUSTER : Hélice transversal.

 

BRANCH : Sucursal.

 

BREAKAGE : Rotura.

 

BRIDGE : Puente de navegación.

 

BROCHURE : Publicación / folleto.

 

BROKER : Agente, productor, intermediario.

 

BROKERAGE : Corretaje.

 

BROKERAGE FEE : Comisión de corretaje.

 

BULBOUS BOW : Proa bulbo.

 

BULK : Masa, volumen.

 

BULK CARGO : Carga a granel.

 

BULKHEAD : Escotilla

 

BURGLARY : Robo.

 

BURIAL INSURANCE : Seguro que cubre gastos de sepelio.

 

BUSINESS INTERRUPTION : Pérdida de beneficios.

 

BUY-BACK : Convenio de recompra.

 

BUYER : Comprador.

 

 

 

C

 

 

 

CABLE SHIP : Barco cablero.

 

CABLE TRANSFER : Transferencia por cable.

 

C.A.F. : Recargo por diferencia de cambio.

 

to CALL AT : Hacer escala, tocar (puertos).

 

CAN : Bombona.

 

CAPITAL ASSET : Bien de capital.

 

CAPTURE : Apresamiento.

 

CARGO : Carga, cargamento.

 

CARGO SHIP : Barco de carga.

 

CARGO TERMINAL : Terminal de carga.

 

CARRIAGE : Transporte.

 

· Carriage by air : transporte aéreo.

 

· Carriage by land : transporte terrestre.

 

· Carriage by sea : transporte marítimo.

 

CARRIAGE OF GOODS BY SEA ACT : Ley de Transporte Marítimo de Mercaderías.

 

CARRIER : Transportador, porteador, transportista.

 

CARTAGE : Transporte efectuado por medio de camiones.

 

CARTOON : Caja de cartón.

 

CASE : Caja de metal o madera.

 

CASH : Efectivo / contado.

 

CASH IN SAFE : Dinero en caja.

 

CASH IN TRANSIT : Dinero en tránsito.

 

CASK : Tonel.

 

CENTER LINE : Línea de crujía.

 

CENTER PROPELLER : Hélice central.

 

CERTIFICATE OF INSURANCE : Certfiicado de cobertura.

 

CERTIFICATE OF ORIGIN : Certificado de origen.

 

CHARGES : Gastos.

 

· Additional charges : gastos adicionales.

 

· Charges at destination : gastos en destino.

 

· Charges at origin : gastos en origen.

 

· Consular Charges : gastos consulares.

 

· Discount charges : gastos de descuento.

 

· Export charges : gastos de exportación.

 

· Import charges : gastos de importación.

 

· Minimum charges : gastos mínimos.

 

· Salvage charges : gastos de recupero.

 

· Weight charge : cargo por peso.

 

to CHART : Fletar.

 

CHARTER : Buque que se fleta por un tiempo determinado y se arrenda en su totalidad para el transporte de personas o mercaderías.

 

CHARTERER : Fletador, cargador.

 

CHARTER PARTY : Póliza, contrato de fletamento.

 

CHECK : Cheque.

 

to CHECK : Revisar.

 

C.I.F. CLAUSE (COST, INSURANCE, FREIGHT) : Cláusula CIF (Costo, Seguro y Flete) (ver Incoterms).

 

CIVIL COMMOTIONS : Conmociones civiles.

 

CIVIL STRIFE : Contienda civil.

 

CIVIL WAR : Guerra civil.

 

CLAIM : Denuncia, reclamo de indemnización de siniestro.

 

CLAUSE : Cláusula.

 

· Both to blame and collision clause : cláusula de colisión por culpa concurrente.

 

· Cancellation clause : cláusula de rescisión.

 

· Care, custody or control exclusion clause : cláusula que excluye respon sabilidad del asegurador

 

sobre los bienes que se encuentren bajo el cuidado, la custodia o el control del asegurado.

 

· Cesser clause : cláusula en la que se establece la cesación de responsa bilidad.

 

· Constructive total loss clause: cláusula de pérdida total virtual.

 

Contestable clause : cláusula de rescisión.

 

· Continuation clause : cláusula de prórroga de cobertura.

 

· Deviation clause : cláusula de cambio de ruta.

 

· Ex-mill Clause : cláusula de cambio de ruta.

 

· Ex-warehouse clause : cláusula ex-fábrica (ver anexo).

 

· Ex-works clause : cláusula ex-fábrica (ver anexo).

 

· Free of capture,seizure, etc. clause (F.C. & S.) : libre de apresuramiento, apoderamiento, etc.

 

· Free of particular average clause (F.P.A.) : libre de avería particular (L.A.P.).

 

· Free of strikes, riots and civil commotions (F.S.R. & C.C.) clause : libre de huelgas, tumultos y conmociones civiles.

 

· General average clause : cláusula de avería gruesa.

 

· Institute Cargo clause : cláusula para seguros de carga.

 

· Lien Clause : cláusula en la que se establece el derecho de retención sobre las mercaderías.

 

· Paramount Clause : cláusula Paramount o cláusula principal.

 

· Reasonable dispatch clause : cláusula de prontitud razonable.

 

· Seaworthiness Clause : cláusula de navegabilidad.

 

· Warehouse to Warehouse Clause : cláusula de depósito a depósito.

 

CLEAN COLLECTION : Cobro simple.

 

CLEAN DOCUMENT : Documento limpio.

 

CLEAN ON BOARD : Libre a bordo.

 

CLEAN TRANSPORT DOCUMENT : Documento de transporte limpio.

 

CLEARANCE : Despacho.

 

CLEARANCE FOR CUSTOMS : Despacho aduanero.

 

CLEARANCE FORMS : Formularios de despacho.

 

CLEARING : Compensación.

 

CLEARING AGREEMENTS : Acuerdos comerciales suscriptos entre dos países por los cuales se compran cantidades específicas de productos por montos determinados por un tiempo establecido.

 

CLIPPER SHIP : Navío rápido.

 

COALER SHIP : Barco carbonero.

 

COASTER SHIP : Barco de cabotaje.

 

COASTING TRADE : Comercio de cabotaje.

 

COINSURANCE : Coseguro.

 

to COLLECT : Cobrar.

 

COLLECTION : Cobro.

 

COLLISION : Choque, abordaje.

 

COLLISION DUE NEGLIGENCE : Abordaje culpable.

 

· Unavoidable collision : Abordaje fortuito o casual.

 

COLLISION PARTIAL LOSS : Daños parciales por accidente.

 

COLLISION TOTAL LOSS : Daños totales por accidente.

 

COMBINED TRANSPORT : Transporte combinado o mixto.

 

COMMERCIAL DOCUMENTS : Documentos comerciales.

 

COMMODITIES : Mercaderías.

 

COMMODITY RESTRICTIONS : Restricciones a las mercaderías.

 

COMPENSATION : Indemnización.

 

COMPENSATORY RIGHT : Derecho compensatorio.

 

COMPULSORY INSURANCE : Seguro obligatorio.

 

CONCEALMENT : Reticencia.

 

CONDITIONS: Condiciones.

 

Coverage conditions : condiciones de cobertura

 

· Seaworthiness conditions : condiciones de navegabilidad.

 

· Unseaworthiness conditions : condiciones de innavegabilidad.

 

CONFERENCE : Conferencia.

 

CONFERENCE LINE VESSEL : Buque que pertenece a una Compañía que forma parte de la Conferencia.

 

CONFERENCE’S TARIFF : Tarifa de la Conferencia.

 

CONFIRMING BANK : Banco confirmador.

 

CONSIGNEE : Consignatario, destinatario.

 

CONSIGNMENT : Expedición.

 

CONSIGNOR : Comitente.

 

to CONSOLIDATE : Consolidar.

 

CONSOLIDATION : Consolidación.

 

CONSOLIDATOR : Consolidador.

 

CONSORTIUM : Consorcio.

 

CONSTRUCTIVE TOTAL LOSS : Pérdida total virtual.

 

CONSULAR CHARGES : Gastos consulares.

 

CONSULAR INVOICE : Factura Consular.

 

CONSULATE : Consulado.

 

CONSULTATION : Consulta / conferencia.

 

CONTAINER : Contenedor.

 

· Car container : contenedor para vehículos.

 

· Cattle container : contenedor para ganado.

 

· Con-air container : cont. refrigerado.

 

· Dry bulk container : cont. granelero.

 

· Flat rack container : contenedor con plataformas con laterales.

 

· Full container load (F.C.L.) : contenedor completo.

 

· House container : contenedor «house» (llenado por cuenta y responsabilidad del tomador del flete).

 

· Insulated container : contenedor insulado (INS).

 

· Less than container load (L.C.L.) : contenedor de grupaje.

 

· Open top container : contenedor descubierto (OT).

 

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  SEMINARIO COMERCIO EXTERIOR Bibliografía 28/Octubre/2006 - 06:14

"Competitividad: Lineamientos para la empresa del Siglo XXI" Módulo: Comercio Exterior

 

 

 

 

Bibliografía

 

 

 

Centro de comercio internacional UNCTAD/GATT. Palais des Nations 1211, Ginebra 10, Suiza. E-Mail: itcreg@intracen.org ; Internet: http://www.intracen.org

 

Administración Naviera. Hector W. Zaputovich. Centro de Informaciones del Transp.. Int’l. Argentina.

 

Aduanero Comentado. Dr. Gustavo Zunino. Editorial AZ.

 

Arbitraje Comercial Internacional. Banco Exterior de España

 

Arbitraje Comercial Internacional. Serie Textos Internacionales. ALADI.

 

Canales de Comercialización Internacional. Juan Luis Colaiacovo. Ediciones Macchi.

 

Clasificación de Mercancías en el Comercio Internacional. Nicolás N. Pranteda. Ed. Guía Práctica del Exportador e Importador

 

Código Aduanero. Ley 22415. Comentado por Gustavo Zunino. Editorial AZ

 

Comercialización en PYMES. Horacio A. Irigoyen y Francisco A. Puebla. Ediciones MACCHI

 

Comercialización internacional y desarrollo de exportaciones. Juan Luis Colaiacovo. Ed. Macchi

 

Comercialización Internacional. Estrategia y Desarrollo. A.A.Assefh. Ghersi-Carozzo Editores.

 

Comercio Exterior. Adrián J. Makuc, Eduardo R. Ablin y otros. Editorial ERREPAR

 

Comisión Nacional de Comercio Exterior. Informe de Barreras a las Exportaciones Argentinas.

 

 

 

Como Exportar e Importar. A.Fratalocchi. Editorial Aplicación Tributaria.

 

Cómo Exportar e Importar. Cálculo del Costo y del Precio Internacional. A. Fratalocchi. Editorial Aplicación Tributaria. Argentina.

 

 

 

Como Operar en el Mercosur. Victor H. Torres. Librería Editorial O.D.Buyatti. Argentina.

 

Compraventa Int’l. de Mercaderías. Alejandro Miguel Garro y Alberto Luis Zoppi.. Ediciones La Roca.

 

Contrato de Compraventa Int’l. de Mercaderías. R. Granillo Ocampo y B.M. Carl. Editorial Ciencias de la Administración.

 

Contratos Comerciales Internacionales. Modesto Bescos Torres Editorial ESIC, Madrid. España.

 

Contratos en Comercio Exterior. R. de Oliveira Murta. Ediciones Aduaneiras. Brasil

 

Contratos Internacionales. Manual Práctico. Instituto Español de Comercio Exterior.

 

Curso de Derecho de la Navegación. Luis Beltran Montiel. Ed. Astrea. Argentina-

 

Derecho de los Negocios Internacionales. Jorge Marzorati. Editorial Astrea

 

Dinámica de la Negociación Estratégica Carlos Altschul.

 

Diccionario de Marketing. J. Barroso González y F.J. Alonso Sánchez. Editorial Paraninfo. España.

 

El ABC del exportador. ASEXMA. Chile

 

El Comercio Internacional Desleal. Stella Maris MacDonell. Editorial Aplicación Tributaria.

 

El IVA y las Exportaciones por cuenta de Terceros. Ruben O. Amigo. Editorial Guía Practica del Exportador e Importador. Numero 330.

 

Estructuras Empresarias para el Comercio Internacional. Roberto R. Ullmann. Editorial DEPALMA.

 

Exportar a la Unión Europea. Los Países Bajos como puerta de Acceso a Europa. Centro para la promoción de las exportaciones de países en desarrollo. CBI. Beursegebouw, 5th Floor, Beursplein

 

37, P.O.Box 30009, NL3001 DA Rotterdam. The Nederlands

 

Exportar. Elvio Baldinelli. Fundación Banco de Boston.

 

 

 

Incoterms, Contratos y Comercio Exterior. A.Fratalocchi. Ediciones Macchi.

 

Incoterms. Los Usos de la Venta Comercial Internacional. Federic Eisemann. Banco Exterior de España. Serie de Estudios Económicos.

 

 

 

Internacionalización de Empresa y Tecnología de Origen Argentino. Eduardo R. Ablin y otros.

 

Ediciones CEPAL-EUDEBA.

 

 

La Devolución de Impuesto y las Exportaciones. Ruben O. Amigo y Alfredo Sternberg. Revista La Información. No.62, 13.

 

La Empresa y la Exportación. Daniel Enet. Ibero Europea de Ediciones S.A.

 

La Exportación y los Mercados Internacionales. Francisco Granell Trias. Editorial Hispano Europea.

 

La Nueva Regulación Internacional del Crédito Documentario. Trabajo colectivo dirigido por Bernardo M. Cremades. Editorial La Ley. Argentina.

 

Las Reglas de Hamburgo y su aplicación en Chile. Seminario. De. Publitecsa-Proman-Normatec. Chile

 

Los Impuestos Indirectos y los Procesos de Integración. Ruben O. Amigo. Boletín de la DGI No. 479

 

Los Impuestos y el Comercio Exterior Argentino. Alfredo R. Sternberg. Segunda edición. Editorial Aplicación Tributaria.

 

Manual de Marketing Internacional. J. Stapleton. Ediciones DEUSTO S.A. España

 

Marketing y Comercio Exterior. A. Fratalocchi. Editorial Cangallo S.A. Argentina

 

Marketing Internacional. Cateora y Graham. Ed. Mc Graw Hill

 

Marketing Internacional. José María Moreno. Ediciones Macchi

 

Marketing Internacional. Un enfoque metodológico hacia la exportación. M. A. Acerenza. Editorial Triullas S.,A. España.

 

Negociaciones de Contratos Internacionales. Pablo Arrabal. Ediciones Deusto.

 

Negociaciones Económicas Internacionales. Teoría y Práctica. Jesús Sabra. Ediciones CEFIR.

 

Negocios y Comercialización Internacional. C. Ledesma y otros. Ediciones Macchi. Argentina Negocios y Comercialización Internacional. C. Ledesma y otros. Ediciones Macchi. Argentina.

 

Penetración y Desarrollo de los Mercados Internacionales. Estrategias y Gestión. S.Young, J.Hamill,

 

C. Wheeler, J.R. Davies. Plaza y Janes Editores.

 

 

 

Prácticas Exportadoras Internacionales. Diccionario Comentado. D. V. Budic. Guía Práctica delExportador e Importador S.A.Argentina

 

Servicios para la Comercialización Internacional. Hector O. Cortina. Editorial. H.O.Cortina.

 

Transportes e Seguros Marítimos para o Exportador. Daniel E. Real de AZÚA. Ed. Aduaneiras, Brasil

 

Tributación y Exportaciones. Ruben O. Amigo. Trabajo presentado en el VIIIo. Congreso Nacional de Profesionales en Ciencias Económicas

 

UCP 500 +eUCP ICC Reglas y Usos Uniformes Relativos a los Créd. Documentarios

 

 

 

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  SEMINARIO COMERCIO EXTERIOR MODELO DE CONTRATO TIPO 28/Octubre/2006 - 06:11

A continuación se listan las cláusulas que debe contener un contrato internacional:

 

 

 

MODELO DE CONTRATO TIPO

 

 

 

(Propuesto por Naciones Unidas)

 

 

 

Preámbulo

 

 

 

Personas contratantes, poderes, definiciones, etc.

 

 

 

Condiciones del contrato:

 

 

 

1. Objeto del contrato: Naturaleza, descripción cualitativa y cuantitativa del producto.

 

2. Vigencia.

 

Obligaciones del vendedor:

 

 

 

3. Entrega de la mercadería: Fecha, transporte, embalaje, certificados diversos, plazos, fecha de comienzo del plazo.

 

4. Reserva de dominio.

 

5. Control de conformidad: Muestras, modalidades

 

6. Cláusulas, desperfectos de la garantía, reclamos, reparaciones.

 

7. Instrucciones sobre utilización, planos, manuales.

 

Obligaciones del comprador:

 

 

8. Modalidades de Pago: Términos de pago, lugar de pago.

 

9. Crédito otorgado

 

10. Garantías diversas.

 

Traspaso de riesgo y de la propiedad:

 

 

11. Traspaso de riesgo: Modalidad de entrega, INCOTERMS 2000, fuerza mayor.

 

12. Traspaso de propiedad.

 

Servicio posventa:

 

13. Garantía: reparación, mantenimiento.

 

Precio y modalidad de pago:

 

14. Precio: pormenores de las prestaciones comprendidas.

 

15. Monedas convertibles: Moneda de pago.

 

16. Revisión del precio.

 

17. Garantía de pago.

 

Arbitraje:

 

18. Arbitraje, Tribunal competente: Organos, decisiones.

 

Otras cláusulas:

 

19. Secreto profesional.

 

20. Propiedad industrial.

 

21. Idioma de contrato.

 

22. Derecho del contrato.

 

23. Elección del domicilio.

 

24. Fecha y firmas autentificadas.

 

En función de la condición de venta pactada con el importador (FOB, CYF, CIF etc.) se

 

determina también quién contrata y paga el flete del transporte de la mercadería desde

 

origen hasta destino. Pero con seguridad, el exportador deberá contratar los servicios de un despachante de aduanas, ya que de acuerdo a los montos el exportador puede optar por el régimen de exportación simplificada. La venta no necesariamente se inicia con la emisión de la Oferta de Venta. El comprador-importador puede solicitar un pedido de cotización o la operación ser el resultado de negociaciones comerciales que concluyen con la firma del contrato de compraventa internacional. Cuando las operaciones comerciales son repetitivas, suele emitirse una Orden de Compra. Este documento contiene los conceptos descriptos en la Oferta, pero establecidos por el comprador-importador.

 

El comprador-importador instruye a su Banco para que abone el Crédito Documentario contra presentación de la documentación previamente establecida.

 

El Banco del comprador-importador procede a abrir el respectivo Crédito Documentario en la plaza del vendedor-exportador por intermedio de su banco corresponsal, el que agrega su confirmación. Asimismo el Banco corresponsal es el Banco notificador o confirmante del crédito y comunica directamente al vendedor-exportador las condiciones del crédito.

 

El vendedor-exportador es informado por el Banco notificador de la apertura a su nombre de la L/C y por otros medios por el comprador-importador. Luego de imponerse de las condiciones del Crédito y establecer que corresponden a lo previamente pactado.

 

Luego procede a preparar la mercadería a ser exportada. Y acordar con el Despachante de Aduanas los requisitos, documentos y trámites a realizar para efectuar el embarque de la mercadería en el plazo acordado con el comprador-importador e inserto en el Crédito Documentario. Asimismo se establecerá con el despachante la remuneración a percibir por la operación y los servicios que comprenden sus honorarios. El Despachante de Aduanas confecciona la documentación aduanera (Subrégimen de Exportación a Consumo) y la valida por el Sistema Informático María (SIM), remitiendo a la Dirección General de Aduanas (DGA), los siguientes documentos (detalle genérico, ya que tiene variantes, dependiendo del producto):

 

 

 

o Detalle del Contenido de la carga (Lista de empaque).

 

o Declaración de Valor.

 

o Copia del Crédito Documentario.

 

o Contrato de compra-venta (si lo hubiere).

 

o Lista de Precios, incluida las condiciones de venta pactadas con el comprador-importador (comisiones, descuentos, nivel comercial, etc.).

 

El vendedor-exportador gestiona y emite los distintos documentos solicitados en el Contrato

 

de Compra-Venta, que han firmado las partes, para ser presentados al Banco interviniente.

 

 

 

Lista de documentos utilizados en exportación:

 

 

 

. Comercial

 

Vinculados a la venta

 

 

 

o Factura comercial (con o sin visación comercial).

 

o Contrato de Compra-Venta

 

Necesarios para el control de la mercadería

 

o Certificado de Origen (ALADI, MERCOSUR, SGP, otros).

 

o Certificados de peso.

 

o Certificado de calidad.

 

o Certificado de análisis.

 

o Certificado fitosanitario / sanitario.

 

o Certificado de pureza.

 

o Certificado de inspección.

 

o Certificado de calidad (embalaje).

 

o Certificado de Inspección Previa al Embarque.

 

o Nota de Empaque o Packing List

 

 

Relativos al transporte

 

 

 

o Conocimiento de Embarque (B/L).

 

o Carta de Porte (FFCC y Carretero).

 

o Guía aérea (AWB).

 

o Recibo de a bordo.

 

o Documento de transporte multimodal.

 

o De Seguro

 

o Póliza de Seguro.

 

. Bancaria

 

o L/C – Carta de instrucciones

 

o Letras de Cambio

 

o Formularios para acceder a Financiaciones

 

o Garantías bancarias

 

. Seguros

 

o Certificado (Nota Protectora)

 

o Póliza de cobertura

 

o Póliza Seguro de caución

 

o Póliza Seguro de Crédito a la Exportación

 

. Aduana

 

o Inscripción en el Registro de Exp. e Imp.

 

o Documento Unico. Exportación para Consumo

 

o Documento Unico. Exportación Tempraria

 

o Declaración de Valor

 

o Envío de muestra

 

o Liquidación de Derechos de Exportación

 

o Liquidación de incentivos a la Exportación

 

o Factura del Despachante de Aduanas.

 

o Factura de Depósito Fiscal -Consolidación-

 

. Otros organismos – Dependiendo del producto y del destino

 

o Licencias

 

o Certificaciones

 

Algunos detalles sobre embalajes y transportes:

 

 

 

Los materiales mas utilizados en los embalajes son el metal, la madera, el cartón, el plástico, el papel y el vidrio. También se utilizan embalajes donde se combinan dos o más materiales.

 

Con los materiales indicados se logra protección química y física del producto (contra la

 

humedad, la corrosión, etc.); protección mecánica (evitar la compresión, torsión, cortes,

 

traqueteo y vibraciones); protección contra el robo (aros de metal o plástico, "zunchado",

 

etc.). El embalaje deberá adecuarse a las instrucciones del comprador, ya que deberá

 

ajustarse al cumplimiento de las normas exigidas en el país de destino, por ejemplo las ISO,

 

AFNOR (Francia), DIN (Alemania), BS (UK), ASTM y ANSI (EEUU).

 

El costo del embalaje como el marcado e identificaciones están a cargo del vendedor.

 

En general existen dos clases de continentes:

 

 

 

. Los destinados a la expedición

 

. El envase del producto, que en muchos casos se utiliza para la posterior distribución

 

del producto a ser expuesto y que, además, facilita información sobre los productos

 

de consumo.

 

En los embalajes de expedición se debe considerar:

 

 

 

. El medio de transporte

 

. Requisitos de protección

 

. Formas de manipulación

 

. Condiciones de almacenaje

 

. Requisitos para su comercialización

 

En el caso de envases de productos industriales, el exportador de productos de consumo o industriales debe informarse sobre:

 

 

 

. Condiciones de almacenaje

 

. Requisitos de identificación

 

. Forma en que la mercadería se saca del envase

 

. Requisitos para su re-utilización

 

En los envases destinados al consumidor:

 

 

 

. Requisitos de protección

 

. Requisitos de información (etiquetas, idioma, etc.)

 

. Requisitos de comercialización (tamaño, colores, símbolos, etc.)

 

. Utilización.

 

. Requisitos legales.

 

Un embalaje deficiente puede tener las siguientes consecuencias:

 

 

 

. Manipulación y transporte costosos

 

. Entrega en malas condiciones

 

. Dificultad en su almacenaje

 

. Dificultad en la distribución

 

. Reclamos de los compradores (perdida de ventas)

 

. Reclamos a las compañías de seguros

 

En el supuesto de que la mercadería arribe a destino deteriorada, de someterse a peritaje

 

puede arribarse a la conclusión que el embalaje era inadecuado o insuficiente.

 

El comprador, con el aval del peritaje, se ha de negar a pagar la mercadería. Si la ha pagado, solicitará el reembolso del importe o, si tiene necesidad del producto, exigirá que se le reemplace la mercadería deteriorada por una mercadería nueva. Todo esto genera gastos, molestias y una imagen negativa del vendedor.

 

El exportador tratara de demandar al transportista haciéndolo responsable de las averías y de las demoras ocasionadas. El transportista, exigirá que se le exonere de toda responsabilidad, aduciendo el embalaje defectuoso, atento a que el transportista no es un técnico en embalajes y lo que él determina al momento del embarque es un embalaje en aparente buen estado.

 

Por otra parte, la compañía de seguros reembolsará los siniestros ocurridos durante el transporte y no el vicio propio de la mercadería.

 

 

 

El marcado exterior del embalaje se realizara de acuerdo a las disposiciones existentes en el país exportador y en el importador. Los transportistas y las empresas aseguradoras están exoneradas de toda responsabilidad por la realización de un marcaje defectuoso.

 

Las características de un buen marcado son las siguientes:

 

 

 

· legible

 

· indeleble

 

· suficiente

 

· bien colocadas

 

· conforme a las disposiciones del país de destino

 

· discretas sobre el contenido de los bultos

 

Ciertas reglas simples son objeto de una recomendación ISO (ISO 780 -1983): todos los

 

bultos y cajas deben llevar un número constituido por una fracción cuyo numerador indica el número de orden y el denominador el número total de cajas o de bultos. Las dimensiones son indicadas exclusivamente en centímetros, los pesos en kilogramos, y las marcas figuran según el caso sobre dos o tres de los lados del embalaje.

 

 

 

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  SEMINARIO COMERCIO EXTERIOR Los INternational COmerce TERMS (INCOTERMS 28/Octubre/2006 - 06:07

 

Los INternational COmerce TERMS (INCOTERMS) son un conjunto de reglas aplicables

 

internacionalmente destinados a facilitar la interpretación de los términos comerciales

 

comúnmente utilizados en comercio internacional.

 

La utilización de los Incoterms no es obligatoria para las partes de un contrato de

 

compraventa. Asimismo las partes pueden adaptar la cláusula a ser utilizada a sus

 

necesidades introduciendo las modificaciones que consideren conveniente. Lo importante es evitar que la modificación introducida desvirtúe el sentido del termino comercial pues en caso de litigio, toda expresión ambigua que aparte a los árbitros o jueces del texto de los Incoterms, llevara inseguridad a las partes y por ende, al resultado del conflicto

 

 

 

Los Incoterms:

 

 

 

. Definen con gran precisión las obligaciones de las partes,

 

. Se establecieron de acuerdo con las prácticas más generalizadas en el comercio

 

internacional. Contractualmente enumera las obligaciones de las partes en un

 

lenguaje claro y simple, acercándose más a los hechos que a los conceptos jurídicos.

 

. Cuando las prácticas vigentes acusen marcadas diferencias entre sí, se ha

 

establecido el principio de que el precio ajustado a los Incoterms determina las

 

obligaciones mínimas del vendedor, dejando a las partes que estipulen en su

 

contrato, si lo desean, otras obligaciones, además de las previstas en las reglas.

 

. Respeta la autonomía de las voluntades

 

Los aspectos más importantes de la compraventa internacional que son tratados en los

 

Incoterms, se refieren a:

 

 

 

. La entrega

 

Las condiciones de entrega de la mercadería obligan a especificar el lugar y el

 

momento en que se verificara dicha circunstancia, evitándose establecer toda

 

condición que sea de difícil o imposible cumplimiento. La obligación de entrega estará

 

extinguida cuando el vendedor haya cumplido con todos los actos que le incumben

 

para poner la mercadería objeto del contrato a disposición del comprador. Sin

 

embargo, las condiciones de entrega deben ser negociadas entre las partes. La

 

mayor o menor experiencia en comprar o vender puede llevar al comprador a

 

importar en condición CIF y al vendedor a exportar en condición FOB. Los

 

compromisos de entrega son casi absolutos y la causal de incumplimiento por fuerza

 

mayor sistemáticamente es rechazada por los tribunales. La entrega de la

 

mercadería y la de los documentos pertinentes están íntimamente relacionadas, pese

 

a efectuarse en momentos distintos. Este último acto es el que extingue la obligación

 

de la entrega.

 

. Los riesgos

 

Los riesgos que corre la mercadería pueden producirse desde que se perfecciona el

 

contrato de compraventa hasta el momento de la entrega. Las distintas cláusulas que

 

componen los Incoterms eliminan toda incertidumbre respecto al momento en que

 

los riesgos se transmiten del vendedor al comprador. Los Incoterms brindan una

 

solución al respecto cuando en los contratos no se trata el tema de la transmisión de

 

los riesgos.

 

. Los gastos

 

La distribución de los gastos está especialmente tratada en los Incoterms. Es el

 

vendedor quien debe soportar los gastos originados por la mercadería hasta el

 

momento que, según el contrato, se verifique la entrega de la misma. En

 

determinadas cláusulas el vendedor también puede tomar a su cargo los gastos de

 

envío. Todos los demás gastos que el vendedor pueda asumir son accesorios a la

 

operación de entrega.

 

 

 

. Los documentos

 

Los Incoterms establecen disposiciones específicas en lo concerniente a la obtención de la documentación necesaria para la exportación (licencias, etc.) y para el posterior despacho en destino (certificados de origen, facturas consulares, etc.). El alcance de la obligación del vendedor varía según el término utilizado. Asimismo se establece

 

que cuando el comprador lo solicite y a su cuenta y riesgo se le preste toda la ayuda necesaria para obtener los documentos requeridos en destino y/o el tráfico posterior de la mercadería

 

La Cámara de Comercio Internacional (CCI) publicó por primera vez en el año 1936 una serie de reglas de interpretación de dichos términos comerciales; los cuales fueron modificados en los años 1953, 1967, 1976, 1980, 1990, conforme a las necesidades que generaba la evolución del comercio mundial, produciéndose la última adecuación en el año 2000, contemplando nuevas tecnologías como intercambio de datos electrónico (EDI) y modernas modalidades de transporte, como el multimodal.

 

 

 

Los Incoterms se agrupan en 4 (cuatro) categorías o grupos:

 

 

 

. Grupo E -El vendedor, en su planta, depósito, etc., pone a disposición del comprador

 

la mercadería objeto del contrato.

 

Integra este grupo solo la cláusula EXW -Ex-Works -En Fábrica

 

 

 

. Grupo F -El vendedor entrega la mercadería al medio de transporte determinado por el comprador, sin pago del transporte principal.

 

Integran este grupo las cláusulas:

 

 

 

o FCA -Free Carrier -Franco Transportista

 

o FAS -Free Alonside Ship -Franco al costado del Buque

 

o FOB -Free On Board -Franco a Bordo

 

. Grupo C -El vendedor contrata el transporte principal, pero no asume

 

responsabilidad sobre la mercadería luego de su carga y despacho para exportación.

 

Integran este grupo las cláusulas:

 

 

 

o CFR -Cost and Freight -Costo y Flete

 

o CIF -Cost, Insurance and Freight -Costo, Seguro y Flete

 

o CPT -Carriage Paid To -Transporte Pagado hasta

 

o CIP -Carriage and Insurance Paid To -Transporte y Seguro Pagado hasta

 

. Grupo D -El vendedor asume toda la responsabilidad sobre la mercadería hasta

 

destino.

 

Integran este grupo las cláusulas:

 

 

 

o DAF -Delivered At Frontier -Entregada en Frontera

 

o DES -Delivered Ex Ship -Entregada sobre el Buque

 

o DEQ -Delireved Ex Quay -Entregada en Muelle

 

o DDU -Delivered Duty Unpaid -Entregada Derechos no Pagados

 

o DDP -Delivered Duty Paid -Entregada Derechos Pagados

 

Cada cláusula establece las obligaciones del vendedor, las del comprador y el medio de

 

transporte apropiado.

 

Para el transporte por vía marítima o fluvial son idóneas las cláusulas:

 

 

 

. FAS -FOB

 

. CFR -CIF

 

. DES -DEQ

 

Para cualquier modo de transporte comprendido el multimodal pueden utilizarse las cláusulas

 

 

 

. EXW

 

. FCA

 

. CPT -CIP

 

. DAF -DDU -DDP

 

 

 

Cada cláusula expresa conceptualmente lo siguiente:

 

 

 

. EWX -EN FABRICA (.....lugar convenido).

 

"En Fábrica" significa que el vendedor entrega cuando pone las mercancías a

 

disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar

 

convenido (es decir, fábrica, factoría, almacén, etc.), sin despacharlas para la

 

exportación ni cargarlas en el vehículo receptor.

 

Este término representa, así, la menor obligación del vendedor, y el comprador debe

 

asumir todos los costes y riesgos que comporta recibir las mercancías en los locales

 

del vendedor.

 

Sin embargo, si las partes desean que el vendedor se responsabilice de la carga de

 

las mercancías a la salida y que asuma sus riesgos y todos sus costes, deben dejarlo

 

claro añadiendo expresiones explícitas en ese sentido en el contrato de compraventa.

 

Este término no debería usarse cuando el comprador no pueda llevar a cabo las

 

formalidades de exportación, ni directa ni indirectamente.

 

En tales circunstancias, debería emplearse el término FCA, siempre que el vendedor

 

consienta cargar a su coste y riesgo.

 

 

 

. FCA -FRANCO TRANSPORTISTA (... lugar acordado)

 

"Franco Transportista" significa que el vendedor entrega las mercancías,

 

despachadas para la exportación, al transportista propuesto por el comprador en el

 

lugar acordado. Debe observarse que el lugar de entrega elegido influye en las

 

obligaciones de carga y descarga de las mercancías en ese lugar. Si la entrega tiene

 

lugar en los locales del vendedor, el vendedor es responsable de la carga. Si la

 

entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable de la

 

descarga.

 

Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte,

 

incluyendo el transporte multimodal.

 

"Transportista" significa cualquier persona que, en un contrato de transporte, se

 

compromete a efectuar o hacer efectuar un transporte por ferrocarril, carretera, aire,

 

mar, vías navegables interiores o por una combinación de esos modos.

 

Si el comprador designa a una persona diversa del transportista para recibir las

 

mercancías, se considera que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar las

 

mercancías cuando las entrega a esa persona.

 

. FAS -FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE (puerto de carga convenido)

 

"Franco al Costado del Buque" significa que el vendedor entrega cuando las

 

mercancías son colocadas al costado del buque en el puerto de embarque convenido.

 

Esto quiere decir que el comprador ha de asumir todos los costes y riesgos de

 

pérdida o daño de las mercancías desde aquel momento.

 

El término FAS exige al vendedor despachar las mercancías para la exportación.

 

Sin embargo, si las partes desean que el comprador despache las mercancías para la

 

exportación, deben dejarlo claro añadiendo expresiones explícitas en ese sentido en

 

el contrato de compraventa.

 

Este término puede usarse únicamente para el transporte por mar o por vías de

 

navegación interior.

 

. FOB -FRANCO A BORDO (... puerto de carga convenido)

 

"Franco A Bordo" significa que el vendedor entrega cuando las mercancías

 

sobrepasan la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere

 

decir que el comprador debe soportar todos los costes y riesgos de la pérdida y el

 

daño de las mercancías desde aquel punto. El término FOB exige al vendedor

 

despachar las mercancías para la exportación. Este término puede ser utilizado sólo

 

para el transporte por mar o por vías navegables interiores. Si las partes no desean

 

entregar las mercancías a través de la borda del buque, debe usarse el término FCA.

 

. CFR -COSTE Y FLETE (... puerto de destino convenido)

 

"Coste y Flete" significa que el vendedor entrega cuando las mercancías sobrepasan

 

la borda del buque en el puerto de embarque convenido.

 

El vendedor debe pagar los costes y el flete necesarios para conducir las mercancías

 

al puerto de destino convenido, pero el riesgo de pérdida o daño de las mercancías,

 

así como cualquier coste adicional debido a eventos ocurridos después del momento

 

de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador

 

El término CFR exige al vendedor despachar las mercancías para la exportación.

 

Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías

 

navegables interiores. Si las partes no desean entregar las mercancías a través de la

 

borda del buque, debe usarse el término CPT.

 

. CIF -COSTE, SEGURO Y FLETE (... puerto de destino convenido)

 

"Coste, Seguro y Flete" significa que el vendedor entrega cuando las mercancías

 

sobrepasan la borda del buque en el puerto de embarque convenido.

 

El vendedor debe pagar los costes y el flete necesarios para conducir las mercancías

 

al puerto de destino convenido, pero el riesgo de pérdida o daño de las mercancías,

 

así como cualquier coste adicional debido a eventos ocurridos después del momento

 

de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador. No obstante, en condiciones

 

CIF el vendedor debe también procurar un seguro marítimo para los riesgos del

 

comprador de pérdida o daño de las mercancías durante el transporte.

 

Consecuentemente, el vendedor contrata el seguro y paga la prima correspondiente.

 

El comprador ha de observar que, bajo el término CIF, el vendedor está obligado a

 

conseguir un seguro sólo con cobertura mínima. Si el comprador desea mayor

 

cobertura, necesitará acordarlo expresamente con el vendedor o bien concertar su

 

propio seguro adicional.

 

El término CIF exige al vendedor despachar las mercancías para la exportación.

 

Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías

 

navegables interiores. Si las partes no desean entregar las mercancías a través de la

 

borda del buque, debe usarse el término CIP.

 

 

 

. CPT -TRANSPORTE PAGADO HASTA (... lugar de destino convenido)

 

"Transporte Pagado Hasta" significa que el vendedor entrega las mercancías al

 

transportista designado por él pero, además, debe pagar los costes del transporte

 

necesario para llevar las mercancías al destino convenido. Esto significa que el

 

comprador asume todos los riesgos y con cualquier otro coste ocurridos después de

 

que las mercancías hayan sido así entregadas.

 

"Transportista" significa cualquier persona que, en un contrato de transporte, se

 

compromete a efectuar o hacer efectuar un transporte por ferrocarril, carretera, aire,

 

mar, vías navegables interiores o por una combinación de modos.

 

Si se utilizan porteadores sucesivos para el transporte al destino acordado, el riesgo

 

se transmite cuando las mercancías se han entregado al primer porteador.

 

El CPT exige que el vendedor despache las mercancías para la exportación.

 

Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte,

 

incluyendo el transporte multimodal.

 

. CIP -TRANSPORTE Y SEGURO PAGADOS HASTA (... lugar de destino convenido)

 

"Transporte y Seguro Pagados hasta" significa que el vendedor entrega las

 

mercancías al transportista designado por él pero, además, debe pagar los costes del

 

transporte necesario para llevar las mercancías al destino convenido. Esto significa

 

que el comprador asume todos los riesgos y cualquier otro coste adicional que se

 

produzca después de que las mercancías hayan sido así entregadas. No obstante,

 

bajo el término CIP el vendedor también debe conseguir un seguro contra el riesgo,

 

que soporta el comprador, de pérdida o daño de las mercancías durante el

 

transporte.

 

Consecuentemente, el vendedor contrata el seguro y paga la prima del seguro.

 

El comprador debe observar que, según el término CIP, se exige al vendedor

 

conseguir un seguro sólo con cobertura mínima. Si el comprador desea tener la protección de una cobertura mayor, necesitará acordarlo expresamente con el vendedor o bien concertar su propio seguro adicional.

 

"Transportista" significa cualquier persona que, en un contrato de transporte, se compromete a efectuar o hacer efectuar un transporte por ferrocarril, carretera, aire, mar, vías navegables interiores o por una combinación de esos modos.

 

Si se utilizan porteadores sucesivos para el transporte al destino acordado, el riesgo

 

se transmite cuando las mercancías se hayan entregado al primer porteador.

 

El término CIP exige que el vendedor despache las mercancías para la exportación.

 

Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, incluyendo el transporte multimodal.

 

. DAF -ENTREGADAS EN FRONTERA (... lugar convenido)

 

"Entregadas en Frontera" significa que el vendedor entrega cuando se ponen las mercancías, despachadas para la exportación, a disposición del comprador en los medios de transporte utilizados y no descargados, pero sin despachar de importación

 

en el punto acordado y en el lugar de la frontera, sino antes de la frontera de las aduanas del país colindante. El término "frontera" puede usarse para cualquier frontera, incluida la del país de exportación. Por lo tanto, es de vital importancia que se defina exactamente la frontera en cuestión, designando siempre el punto y el lugar en el término.

 

Sin embargo, si las partes desean que el vendedor se responsabilice de la descarga de las mercancías de los medios de transporte utilizados y asuma los riesgos y costes de descarga, deben dejarlo claro añadiendo expresiones explícitas en ese sentido en

 

el contrato de compraventa.

 

Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte cuando las mercancías deban entregarse en una frontera terrestre. Cuando la entrega deba tener lugar en el puerto de destino, a bordo de un buque o en un muelle

 

(desembarcadero), deben usarse los términos DES o DEQ.

 

 

 

. DES -ENTREGADAS SOBRE BUQUE (... puerto de destino convenido)

 

"Entregadas Sobre Buque" significa que el vendedor entrega cuando se ponen las mercancías a disposición del comprador a bordo del buque, no despachadas para la importación, en el puerto de destino acordado. El vendedor debe correr con los

 

costes y riesgos ocasionados al llevar las mercancías al puerto de destino acordado

 

con anterioridad a la descarga. Si las partes desean que el vendedor asuma los costes y riesgos de descargar las mercancías, entonces debe usarse el término DEQ.

 

Este término puede usarse únicamente cuando las mercancías deban entregarse por mar o vía de navegación interior o por un transporte multimodal a bordo de un buque en el puerto de destino.

 

. DEQ -ENTREGADAS EN MUELLE (... puerto de destino convenido)

 

"Entregadas En Muelle" significa que el vendedor entrega cuando se ponen las mercancías a disposición del comprador, sin despachar para la importación, en el muelle (desembarcadero) en el puerto de destino acordado. El vendedor debe asumir los costes y riesgos ocasionados al conducir las mercancías al puerto de destino acordado y al descargar las mercancías en el muelle (desembarcadero). El término DEQ exige que el comprador despache las mercancías para la importación y que pague todos los trámites, derechos, impuestos y demás cargas de la importación.

 

Si las partes desean incluir entre las obligaciones del vendedor todos o parte de los costes pagaderos por la importación de las mercancías, deben dejarlo claro añadiendo expresiones explícitas en ese sentido en el contrato de compraventa.

 

Este término puede usarse únicamente para el transporte por mar o por vías de navegación interior o para el transporte multimodal cuando se descarga un buque en el muelle (desembarcadero) en el puerto de destino. Sin embargo, si las partes

 

desean incluir en las obligaciones del vendedor los riesgos y costes de la manipulación de las mercancías desde el muelle a otro lugar (almacén, terminal, estación de transporte, etc.) dentro o fuera del puerto, deberían usar los términos

 

DDU o DDP.

 

. DDU -ENTREGADAS DERECHOS NO PAGADOS (... lugar de destino convenido)

 

"Entregadas Derechos No pagados" significa que el vendedor entrega las mercancías al comprador, no despachadas para el importe, y no descargadas de los medios de transporte utilizados en el país de destino convenido. El vendedor debe asumir todos

 

los costes y riesgos ocasionados al conducir las mercancías hasta aquel lugar, diversos de, cuando sea pertinente, cualquier "deber" (término) que incluye la responsabilidad y los riesgos de realizar los trámites aduaneros, y pagar los trámites,

 

derechos de aduanas, impuestos y otras cargas) para la importación al país de destino. Ese "deber" recaerá sobre el comprador así como cualquier coste y riesgo causado por no despachar las mercancías para la importación a tiempo.

 

Sin embargo, si las partes desean que el vendedor realice los trámites aduaneros y asuma los costes y riesgos que resulten de ellos, así como algunos de los costes pagaderos por la importación de las mercancías, deben dejarlo claro añadiendo

 

expresiones explícitas en ese sentido en el contrato de compraventa.

 

Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, pero cuando la entrega deba tener lugar en el puerto de destino a bordo del buque o en el muelle (desembarcadero) deben usarse los términos DES o DEQ.

 

. DDP -ENTREGADAS DERECHOS PAGADOS (... lugar de destino convenido)

 

"Entregadas Derechos Pagados" significa que el vendedor entrega las mercancías al comprador, despachadas para la importación, y no descargadas de los medios de transporte utilizados en el lugar de destino acordado.

 

 

El vendedor debe asumir todos los costes y riesgos ocasionados al llevar las mercancías hasta aquel lugar, incluyendo, cuando sea pertinente, cualquier "deber" (término que incluye la responsabilidad y los riesgos para realizar los trámites aduaneros, y el pago de los trámites, derechos de aduanas, impuestos y otras cargas) para la importación al país de destino.

 

Mientras que el término EXW representa la menor obligación para el vendedor, DDP representa la obligación máxima.

 

Este término no debe usarse si el vendedor no puede, directa ni indirectamente, obtener la licencia de importación.

 

Sin embargo, si las partes desean excluir de las obligaciones del vendedor algunos de los costes pagaderos por la importación de las mercancías (como el impuesto de valor añadido: IVA), deben dejarlo claro incluyendo expresiones explícitas en ese sentido en el contrato de compraventa.

 

Si las partes desean que el comprador asuma todos los riesgos y costes de la Importación

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  SEMINARIO COMERCIO EXTERIOR Módulo IV : Finalizada la negociación, cómo sigue? 28/Octubre/2006 - 05:57

 

Módulo IV : Finalizada la negociación, cómo sigue?

 

 

 

-Contacto con los potenciales compradores:

 

 

 

Dependiendo del tipo de canal de exportación a utilizar, se deben detectar los potenciales

 

importadores de los productos. En general, existen bases de datos que pueden ser provistas

 

a bajo costo (en ocasiones en forma gratuita), donde constan listados de potenciales

 

importadores en el país elegido. También, las cámaras binacionales son una buena herramienta para la obtención de esos datos.

 

Al identificar el o los potenciales compradores, se le deberá brindar la mayor cantidad de información posible sobre nuestro producto, como por ejemplo aspectos técnicos, condiciones de venta, plazo de entrega, precio de la mercadería etc.

 

Además, si se ha realizado una investigación de mercado, se deben encontrar algunos

 

capítulos dedicados a las formas mas adecuadas de acercamiento a los potenciales clientes, del país analizado. En general se plantean los siguientes medios de detección, sin que los

 

mismos sean excluyentes, pudiendo utilizarse, uno o varios, según los objetivos de la

 

empresa.

 

 

 

. Contratación de Intermediarios para efectuar las exportaciones.

 

. Ferias y Exposiciones comerciales, nacionales y/o extranjeras.

 

. La utilización del correo y otros medios de comunicación.

 

. Misiones Comerciales tradicionales o las inversas.

 

. Rondas de Negocios.

 

. Utilización de Internet.

 

. Visita personal.

 

. Otros medios.

 

Las Ferias y Exposiciones se encuentran entre los mejores medios para vincularse con los

 

potenciales compradores, ya que uno puede indagar respecto a la situación de la

 

competencia y descubrir nuevas perspectivas de negocios.

 

Antes de decidir la participación en estos eventos, el exportador deberá reunir antecedentes respecto al desarrollo de la Feria, etc., por ejemplo, en los eventos anteriores, que empresas participaron, cuantas personas la visitaron, etc., para lo cual es muy importante consultar los catálogos que se publicaron oportunamente. Además se deberá indagar respecto a las características del mercado donde se desarrolla el evento, el perfil del cliente, el del visitante y el costo de participación, la publicidad que realiza la organización de la muestra, etc.

 

Con anticipación se confeccionará una lista de posibles compradores a los que se les

 

comunicará nuestra participación en la Feria, invitándolos formalmente a visitar el stand de la empresa y a un encuentro de negocios.

 

Fund. Export-Ar., la Cámara de Exportadores y otras entidades empresarias organizan la

 

participación argentina en distintas Ferias y Exposiciones nacionales e internacionales,

 

comparten experiencias e informan permanentemente sobre el calendario de las Ferias,

 

perfiles de productos a exhibir, organizadores, costos, etc., como asimismo el apoyo que

 

brinda el gobierno nacional a la participación privada en determinadas Ferias

 

La participación en determinada Feria o Exposición de carácter internacional no debe tener como única finalidad la venta de productos, aunque éste sea uno de los objetivos fundamentales de la concurrencia a dicho evento. La experiencia dicta, que el desarrollo lógico, es participar primero como asistente y no, como expositor. Ello permitirá, mayor flexibilidad y libertad de acción para:

 

 

 

• Informarse sobre el nivel de desarrollo de los competidores

 

• Testear o presentar los productos que hemos decidido introducir al mercado, mediante visitas a potenciales interesados locales.

 

• Visitar y conocer el mercado local, sus participantes, origen de los productos

 

ofrecidos en la Feria u Exposición, entender usos y costumbres locales (presentación,

 

formalidades, etc.), para una futura asistencia como expositor.

 

• Conocer y/o contratar agentes o distribuidores

 

El balance final de la participación en la Feria o Exposición, no solamente es comprobar si se cumplieron o no los objetivos previstos (por ejemplo, incrementar ventas, conectarnos con potenciales compradores, etc.), sino que además permite evaluar:

 

 

 

• cantidad de personas interesadas que visitaron el stand

 

• cuántos clientes potenciales se han detectado

 

• comentarios que merecieron los productos o artículos exhibidos.

 

• como evaluamos la participación de nuestros competidores

 

• autocrítica de nuestra participación (aciertos y errores)

 

 

 

El resultado del seguimiento de los contactos efectuados, cumpliendo los compromisos y

 

promesas realizadas (por ejemplo, envíos de muestras, literatura informativa, etc.), durante

 

la permanencia en la Feria, es el test final de nuestra participación.

 

 

 

Determinados organismos estatales, instituciones empresarias, etc. organizan viajes de negocios a distintos países a fin de lograr el acercamiento entre entidades y empresas que participan del interés en aumentar el intercambio comercial recíproco.

 

El éxito de estas misiones depende del prestigio de la entidad convocante y de la profesionalidad con que se organiza la misión y, por otra parte de la entidad anfitriona, de su prestigio, la organización y de su capacidad de convocatoria. Son muy positivas, si fueron bien estructuradas, ya que permite el contacto directo de las partes interesadas en un negocio concreto. Las hay especializadas o misiones comerciales mulisectoriales.

 

 

 

Las Rondas de Negocios son reuniones de compradores y vendedores que responden a

 

convocatorias efectuadas por autoridades públicas o privadas.

 

En la mayoría de las veces no participan de la organización y ceremonia de una Feria o

 

Exposición comercial (pese a realizarse en el marco de un evento ferial, en muchas oportunidades), tampoco se exponen los productos, siendo el costo de participación accesible a las PyMES.

 

Se convoca a productores, compradores, distribuidores, etc., de sectores específicos de la

 

producción en determinada fecha y lugar. En recintos o lugares habilitados al efecto se agrupan por gama o familia de productos y una vez comenzada la reunión, los interesados, inscriptos previamente por ramo o actividad, presentan sus productos, se formulan las preguntas pertinentes, se intercambian información comercial, catálogos (folletería) y eventualmente se entregan ofertas de venta o se solicitan cotizaciones.

 

 

 

-Envío de ofertas en firme :

 

 

 

Luego de los pasos previos, de envío de información, catálogos, muestras, análisis,

 

especificaciones y ante el interés de un cliente, se debió haber entrado en una negociación donde las partes ya analizaron todos los términos de la venta, cantidad y precio de la mercadería, plazos de entrega, forma y plazo de pago, etc. se dará curso a la emisión de una propuesta formal: Oferta en Firme o Factura Proforma,

 

La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, aprobada por ley 22765, expresa que la propuesta de celebrar un contrato dirigida a una o varias personas constituirá Oferta si es suficientemente precisa, es decir, si indica las mercaderías y expresa o tácitamente señala la cantidad y el precio o prevé un medio para determinarlo y, además, manifiesta la intención del oferente de quedar obligado en caso de aceptación.

 

La Oferta no podrá ser revocada si indica un plazo fijo para la aceptación. La Oferta queda extinguida cuando venza el plazo de vigencia o llegue el rechazo al oferente.

 

Cuando el destinatario realice declaraciones u actos que indique asentimiento a una Oferta, constituirá aceptación, sin embargo, el silencio o la inacción no constituyen por sí solo aceptación. Por lo tanto la aceptación de la Oferta surtirá efecto cuando la indicación de asentimiento llegue al oferente.

 

La respuesta a una Oferta que pretenda ser una aceptación y que contenga adiciones, limitaciones o modificaciones se considerara como rechazo de la Oferta y constituirá una contraoferta, salvo que las mismas no alteren sustancialmente los de la Oferta.

 

En el supuesto de que el receptor de la oferta introduzca elementos adicionales o diferentes relativos, en particular al precio, el pago, la calidad y cantidad de la mercadería, el lugar y la fecha y el lugar de la entrega, al grado de responsabilidad de una parte con respecto a la otra o a la solución de las controversias, se considera que alteran sustancialmente los elementos de la Oferta. El Contrato se perfecciona en el momento de surtir efecto la aceptación de la Oferta.

 

Pasos y condiciones que debe cumplir una oferta:

 

 

 

. Denominación técnica y comercial de la mercadería:

 

La denominación técnica es la que generalmente se indica en la nomenclatura del sistema armonizado y la comercial suele estar representado por la marca.

 

. Descripción de la mercadería:

 

En un contrato de compraventa internacional nada reemplaza la descripción de la mercadería objeto del contrato, particularmente en caso de conflicto. Se incluirá, de ser necesaria la mención del uso, aplicación, destino, etc. La información puede estar incorporada en literatura (folletos, etc.), de la empresa. En éste punto, se pueden incorporar detalles y especificaciones técnicas o de calidad (las que expresamente no deben ser incluidas en el ítem anterior).

 

 

 

. Posición en la Nomenclatura Común Mercosur (NCM)

 

Es conveniente incorporar la clasificación que se utilizará ante nuestra aduana, en el momento de ser exportado el producto.

 

. Cantidad ofertada:

 

Corresponde establecer un mínimo de ventas (en volumen o valor). Esta cantidad estará en concordancia con los demás conceptos de la Oferta (por ejemplo, el precio, el plazo de entrega y la capacidad de un determinado contenedor). La cantidad se ha de redactar en cifras y letras. Cuando la cantidad se indique por peso o medida, deberá mencionarse la unidad correspondiente, por ejemplo kilogramo (kg.)

 

. Lugar y plazo de entrega:

 

El concepto "lugar", en la cláusula FOB, se corresponde con la entrega de la mercadería sobre el medio de transporte internacional en el lugar que las partes establecieron en el contrato de compraventa, por ejemplo: puerto de Bahía Blanca.

 

El plazo de entrega incluido en la Oferta, esta vinculado al pedido mínimo. Se indicará un plazo, por ejemplo "la primer semana de septiembre", para poner la mercadería a disposición del comprador. No es recomendable comprometerse a entregar la mercadería en una fecha determinada.

 

. Descuentos por cantidad y por nivel comercial.

 

Los descuentos por cantidad siguen a la mercadería. Los descuentos por nivel

 

comercial siguen a la calidad del adquirente (importador, mayorista, fabricante, etc.).

 

Los descuentos deben corresponderse con los existentes en la actividad del exportador.

 

. Envases y embalajes.

 

Se indicará la cantidad, el peso bruto, el peso neto y las dimensiones de cada bulto y, de ser necesario el o los materiales utilizados.

 

. Precio

 

El precio podrá establecerse por unidad de cotización, de acuerdo a una de las cláusulas INCOTERMS. De utilizarse la cláusula FOB, estamos en presencia de una venta de mercaderías a ser transportadas por vía marítima, por lo que se deberá establecer el lugar donde se entrega la mercadería, por ejemplo FOB Buenos Aires. El precio ha de incluir todos los gastos necesarios hasta colocar la mercadería cruzando la borda del buque.

 

En el supuesto de que la mercadería, por instrucciones del comprador deba ser entregada a un transportista en una terminal de contenedores (critical point), la cláusula a ser utilizada ha de ser FCA (Free Carrier -Franco transportista, lugar convenido)

 

Se deberá indicar la moneda de la transacción, por ejemplo dólares estadounidenses.

 

El Precio ha de corresponder al pedido mínimo u "optimo".

 

. Instrumentos de pago

 

Se debe establecer, claramente, el instrumento que fue discutido y acordado durante la negociación previa. El medio más seguro para el cobro de una exportación es la L/C, irrevocable y confirmada. Se deben mencionar los plazos para el pago (los vencimientos, en el caso de existir pagos parciales) y los documentos que serán exigibles por el comprador. De no mencionarse explícitamente, se entregarán los que los Incoterm-2000 establezcan como obligación del venededor, según la modalidad utilizada.

 

. Plazo de validez de la Oferta

 

El plazo se refiere a una fecha determinada. Vencido el mismo, la Oferta pierde

 

validez.

 

. Referencias comerciales y/o bancarias

 

Particularmente los exportadores noveles generan desconfianza en los posibles

 

compradores del exterior en cuanto a la calidad (que no responda a la ofertada),

 

cantidad y plazo de entrega. Las dos primeras se resuelven con los servicios de una

 

empresa de control internacional. La última responde a la responsabilidad del

 

vendedor. Las referencias comerciales y/o bancarias, permiten al comprador

 

confirmar dicha responsabilidad.

 

. Requisitos de Origen

 

Cuando la mercadería en destino tiene beneficios tributarios de acuerdo al origen de

 

la misma, se indicara que el proceso de producción, los materiales utilizados, el

 

porcentaje de valor agregado nacional, etc., cumple con dichos requisitos. Al

 

respecto se enviará, conjuntamente con la mercadería, el Certificado de Origen

 

confeccionado y certificado de acuerdo a las normas en vigencia (MERCOSUR,

 

ALADI, SGP, etc.).

 

 

 

. Muestras:

 

Las muestras no reemplazan la descripción de la mercadería. Se debe aclarar si la

 

muestra es con cargo o no, al igual que los gastos de envío. Por lo general, no se recomienda incluir este ítem en una oferta en firme, ya que teóricamente el comprador ya conoce el producto.

 

-La oferta y los Incoterms 2000 :

 

 

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  SEMINARIO COMERCIO EXTERIOR Módulo III: ¿Cómo calculo el precio de venta? 28/Octubre/2006 - 05:48

 

Módulo III : ¿Cómo calculo el precio de venta?

 

 

 

-Determinación del precio:

 

 

 

Uno de los principales obstáculos que los empresarios encuentran es determinar

 

fehacientemente el precio real de exportación, ya que en ocasiones no se comprende que

 

componentes que habitualmente se toman en cuenta en la formación del precio local,

 

corresponden o no tenerlos en cuenta para el cálculo de precios de exportación. Existen, por ejemplo, algunos beneficios impositivos y fiscales para la exportación, que no son tenidos en cuenta en el ámbito local. Por otra parte, el determinar el “precio” de un producto para exportar, no es solamente un cálculo aritmético. El Precio se sustenta en las partidas de costos o gastos y en la utilidad correspondiente, pero también, la determinación final es el resultado de la estrategia definida por la empresa dentro de su política de exportaciones y para cada unos de los mercados objetivo.

 

Existen diversos métodos aplicables a la fijación del precio final de venta de exportación. Los más utilizados son los siguientes:

 

 

 

• El costo-plus: El mismo consiste en incrementar el costo total con una suma o porcentaje fijo de utilidad. Se aplica generalmente cuando se ignora la elasticidad de la demanda y la competitividad del sector es desconocida. No se considera la curva

 

de demanda del producto, el poder de compra de los potenciales consumidores, etc.

 

• Margen flexible: El precio de adecua a las fluctuaciones del mercado. Ante un aumento de los negocios el margen de utilidad es mayor y menor cuando los negocios disminuyen. Este método obliga al exportador a realizar un seguimiento

 

permanente de la demanda.

 

• Precios diferenciales: Estos precios se acomodan a las condiciones del mercado y del comprador. Al mismo comprador se le ofrecen, en momentos distintos, diferentes precios por la misma mercadería (política de bonificaciones, etc.).

 

• Precios experimentales: Se fundamenta en la investigación del mejor precio mediante la organización de experimentos controlados, especialmente en el caso del lanzamiento de productos nuevos. Esta actitud, obliga que, al tiempo, la competencia reaccione.

 

• Precios imitativos: En este método el precio se basa teniendo en consideración el precio de la competencia, particularmente la empresa que en el mercado tiene la iniciativa en materia de precios, la que generalmente se conoce como "empresa

 

líder". Lo exportadores que deciden ser empresas imitadoras tienen mas libertad de llevar la lucha competitiva a otros campos que no sea el precio.

 

• Precios intuitivos: Es una variante del Costo-Plus, donde la fijación total del precio es ajustada según la decisión "intuitiva" del empresario, luego de ponderar toda la información que obra en su poder.

 

El método para obtener el Precio FOB para un producto de exportación no commodity, comienza con la determinación de la posición arancelaria de la mercadería en la Nomenclatura Común Mercosur (NCM), a fin de establecer:

 

 

 

• los tributos aplicables (derechos y tasas a la exportación).

 

• el régimen de promoción de exportaciones (draw-back, reintegros, reembolsos adicionales, etc.).

 

• las prohibiciones y/u otras restricciones (cupos, intervenciones y controles previos a la exportación, etc.)

 

Todos los valores del costo y la utilidad se han de referir a una unidad de cotización (metro, caja, botella, tambor, etc.).

 

Ubicada la posición arancelaria, establecida la unidad de cotización y verificada la situación

 

tributaria, promocional y la existencia de eventuales restricciones a la exportación, se

 

procede a determinar el precio FOB.

 

El análisis se inicia a partir de la siguiente igualdad:

 

 

 

Precio FOB = CTPexp. + Gastos FOB – Benef. FOB + Ut. FOB

 

 

 

Si despejamos FOB del segundo miembro:

 

 

 

FOB = CTPexp. – FOB (Benef. – Gastos – Utilidad)

 

 

 

Pasando FOB al primer miembro:

 

 

 

FOB + FOB (Benef. – Gastos – Utilidad) = CTPexp.

 

 

 

Sacando factor común FOB en el primer miembro:

 

 

 

FOB (1 + Benef. – Gastos – Utilidad) = CTPexp.

 

 

 

Despejando FOB en el primer miembro queda :

 

 

 

Costo Total Producto p/exp.

 

 

 

Precio FOB/FCA =

 

 

 

(1 + Benef. – Gastos – Utilidad)

 

 

 

Se ha obtenido la formula del el precio en condiciones FOB o FCA, de acuerdo a todos los

 

conceptos de costos que registra el exportador. En el numerador se incluyen las partidas de gastos o costos expresados en Unidades Monetarias. En el denominador, los gastos o costos que se expresan como porcentuales del precio FOB/FCA.

 

 

 

Ejemplo de aplicación de fórmula:

 

 

 

1) Costos del producto para exportar: us$ 70.000.2)

 

Gastos incurridos para exportar: 10%

 

3) Derechos de exportación : 6%

 

4) Incentivos / Reintegros: 5%

 

5) Utilidad deseada: 10%

 

 

 

70.000 70.000

 

FOB/FCA = == 88.607.59

 

1+0,05-0,10-0,06-0,10 0.79

 

 

 

Cómo se debiera trabajar la información de costos de la empresa, para lograr el precio de venta de exportación?

 

La Planilla u Hoja de calculo del Costo y Precio de Exportación, tiene dos secciones. Una está integrada por la Carátula donde se transcribe toda la información de la operación comercial relativa a la cotización y la otra corresponde a la Planilla propiamente dicha donde se transcribe toda la información numérica por unidad de cotización (unidad, docena, etc.)

 

 

 

Carátula :

 

Contiene la información necesaria y las fuentes relacionadas directamente con la cotización, inherente a la oferta que se debe realizar:

 

 

 

. Información correspondiente a la empresa a la cual dirigimos la oferta de venta.

 

. Datos relativos al producto que se cotiza

 

. Condiciones en la cual se efectúa la venta. Incoterms

 

. Banco Interviniente. Instrumentos de cobro.

 

. Cia. de Seguros. Coberturas.

 

. Envases y embalajes. Condiciones.

 

. Transporte. Modo. Contenedores.

 

. Despachante de Aduanas.

 

. Organismos que intervienen en la exportación (intervenciones previas).

 

. Controles, certificaciones, análisis, etc. que se deben realizar antes y durante la exportación.

 

. Toda otra información que el exportador crea oportuno incluir atento a la índole de su negocio y del producto a cotizar.

 

Planilla u hoja de cálculo:

 

La Planilla de calculo del costo y del precio de exportación, que se menciona seguidamente, es genérica y debe ser adaptada a cada de la empresas, agregando los rubros específicos de su actividad:

 

 

 

1) COSTOS DE FABRICACION / ELABORACION

 

 

 

1. INSUMOS NACIONALES

 

2. INSUMOS IMPORTADOS

 

3. GASTOS GRALES DE ELAB/FABRICACION

 

4. MANO DE OBRA Y CARGAS SOCIALES

 

5. MOVIMIENTO Y ALMACENAJE DE PRODUCTO

 

6. FINANCIACIONES Y CREDITOS

 

7. OTROS

 

Sub-TOTAL 1) Costo de fabricación del “P”

 

 

 

 

2) COSTOS DE COMERCIALIZACION

 

 

 

1. INVESTIGACION DE MERCADOS

 

2. COMUNICACIONES, PROMOCIONES y VIAJES

 

3. FOLLETERIA, CATALOGOS, etc.

 

4. GASTOS POR PARTIC. FERIAS Y EXPOSICIONES

 

5. SUELDOS Y CARGAS SOCIALES (gerenciales)

 

6. COM. DE AGENTES/REPRESENTANTES/BROKERS

 

7. OTROS

 

3) COSTOS DE EXPORTACION

 

 

 

1. ACONDICIONAMIENTO Y EMBALAJES

 

2. GASTOS ADMINISTRATIVOS

 

3. SUELDOS Y CARGAS SOCIALES (Dpto. Exterior)

 

Sub-TOTAL 2a) Costo de “P” puesto en planta

 

 

 

4. MOVIMIENTOS Y FLETES INTERNOS

 

5. SEGUROS NACIONALES

 

6. ALMACENAJES Y CUSTODIAS

 

7. OTROS

 

Sub-TOTAL 2b) Costo de “P” puesto costado Transp.

 

 

3) COSTOS DE EXPORTACION (cont.)

 

 

8. GASTOS DE ESTIBAJE Y MOV. EN PUERTO

 

9. HON. DE DESPACHO Y GASTOS DE CONTROL

 

10. GASTOS Y COMISIONES BANCARIAS

 

11. POLIZAS DE SEGURO: Cauciones, Seg. Créd. a la Exp.

 

12. ALMACENAJES Y CUSTODIAS

 

13. COSTOS FINANCIEROS

 

14. OTROS

 

Sub-TOTAL 2c) Costo de “P” puesto s/Transp. Int’l

 

 

 

4) IMPUESTOS / INCENTIVOS A LA EXP.

 

 

 

1. DERECHOS DE EXPORTACION

 

2. OTROS (Tasas)

 

Sub-TOTAL 3a) Costo de “P” FCA / FOB

 

 

3. REINTEGROS

 

4. DRAW BACK

 

5. (RECUPERO DE I.V.A)

 

6. OTROS

 

Sub-TOTAL 3b) Costo de “P” FCA / FOB

 

 

5) UTILIDADES.

 

 

 

UTILIDAD deseada por el vendedor

 

 

 

TOTAL : PRECIO de “PRODUCTO” FCA / FOB

 

 

 

Si bien ya hemos llegado al precio final FOB o FCA (precio final de venta del vendedor/exportador), debemos tener claro que éste punto, es el inicio de una larga cadena costos por utilización de servicios, hasta que el producto llegue a manos de nuestro cliente/comprador final : Fletes, seguros, tasas, impuestos, etc.

 

Dependiendo del Incoterm 2000 utilizado, el responsable de contratar y pagar los servios

 

será comprador y/o el vendedor en algunas oportunidades.

 

La Planilla o detalle que se menciona seguidamente, es genérica y debe ser adaptada a cada de la empresas, agregando los rubros específicos de su actividad y regulaciones del país:

 

 

 

. Costo de la mercadería en depósito del fabricante

 

. Gastos de administración, venta y financieros.

 

. Envases, embalajes necesario para la exportación

 

. Transporte y seguro hasta el punto de carga

 

. Gastos bancarios, comisiones, etc.

 

. Gastos de embarque y del Despachante de Aduanas

 

. Derechos y tasas de exportación

 

. Costo de los documentos y de los tramites necesarios para realizar la exportación

 

. Utilidad

 

PRECIO FOB/FCA

 

 

 

. Seguro internacional sobre la mercadería

 

. Flete internacional

 

PRECIO CIF

 

. Tributos y tasas de importación

 

. Gastos de puerto y despacho aduanero

 

. Gastos de descarga en el puerto de destino

 

COSTO DE LA MERCADERIA NACIONALIZADA (Importación)

 

. Transporte y seguro de la mercadería hasta el depósito del comprador

 

. Gastos bancarios, comisiones, etc.

 

. Gastos administrativos, de venta, financieros, etc.

 

. Margen de utilidad e impuestos del importador

 

PRECIO DE VENTA AL MAYORISTA

 

. Gastos de administración, venta y financieros

 

. Margen de utilidad e impuestos

 

PRECIO DE VENTA AL MINORISTA

 

. Gastos de administración, venta y financieros.

 

. Margen de utilidad e impuestos.

 

PRECIO AL CONSUMIDOR FINAL

 

FAS/FOBDES/DEQDDP

 

-Barreras arancelarias y para-arancelarias :

 

 

 

Las medidas arancelarias son las establecidas como derecho de exportación o importación.

 

Son barreras monetarias y fácilmente cuantificables. Hay de diversas maneras de calcular e imponerlas: como un porcentual (ad-valórem), a ser aplicado sobre el valor de la mercadería (FOB o CIF o Valor Imponible); como un derecho específico (una suma fija a ser calculada sobre una unidad de comercialización: metro, botella, caja, etc.), o aplicarse una combinación de ambos (sistema mixto o combinado). En la República Argentina están en vigencia solamente los derechos ad-valórem y los específicos.

 

Las barreras o medidas no arancelarias corresponden a las medidas no cuantificables en

 

unidades monetarias. Son barreras de orden administrativo burocrático como leyes

 

gubernamentales, regulaciones, políticas o practicas de un país que restringe el acceso de productos importados a su mercado y comprende, además, aquellas medidas que estimulen el comercio como, por ejemplo, el conjunto de subsidios que pueden recibir los productores o exportadores de un mercado dado para facilitar su participación en el mercado internacional.

 

En el caso de los subsidios, afectan al comercio internacional de diversas formas. Por una

 

parte al aumentar la producción interna elimina importaciones. En segundo lugar, los subsidios a la exportación desplazan de terceros mercados a otros países más eficientes y competitivos. Los dos efectos mencionados, provocan una disminución de los precios internacionales.

 

Los motivos que originan las barreras no arancelarias son las políticas de importación:

 

medidas sanitarias y fitosanitarios, reglamentos técnicos, medidas de protección al medio ambiente, políticas públicas discriminatorias, productos especiales (por ejemplo, los de la seguridad nacional, etc.). Dentro de cada clasificación, entre las medidas consideradas, se ubican los contingentes arancelarios, las licencias, las salvaguardias especiales, las medidas que restringen el precio de exportación, los requisitos relativos al etiquetado y a las características del producto, etc. Asimismo están aquellas medidas que restringen la cantidad y alteran el precio de las importaciones. Estas abarcan las prohibiciones, cuotas, cupos, licencias de importación no automáticas, aranceles estacionales, medidas

 

antidumping y compensatorias, etc.

 

Entre las restricciones más nocivas están las que aplica la Unión Europea con los contingentes arancelarios o cupos. Al respecto se establece una cantidad mínima a ser importada a un arancel bajo. Las importaciones que superen el cupo deben abonar un arancel prohibitivo.

 

Concretamente, las barreras no arancelarias, son restricciones al comercio que el OMC, trata de restringir y recomienda su anulación. Recomienda su transformación a barreras arancelarias, ya que considera a las no arancelarias, entre otras, como fuente de corrupción.

 

 

 

-Incentivos a la exportación y herramientas de promoción :

 

 

 

La "Promoción de las Exportaciones", desde el punto de vista del estado argentino, se

 

corresponde con una serie de disposiciones destinadas a facilitar la venta de los productos argentinos en el exterior.

 

Las mismas tienen su fundamento en:

 

 

 

. Disposiciones nacionales correspondientes a:

 

· Devolución de tributos previamente abonados

 

· Exención de determinados tributos

 

· Facilidades para la producción y promoción de las ventas en el exterior.

 

El conjunto más significativo de la normativa que constituye la base del actual sistema

 

destinado a promover la venta de productos argentinos en el exterior, regula los siguientes institutos:

 

 

 

 

· Reintegros y Reembolsos

 

· Draw-Back

 

· Reembolso adicional a exportaciones de Plantas Llave en Mano y Obras de Ingeniería

 

· Reembolso adicional a exportaciones por Puertos Patagónicos

 

· Exención y/o devolución del impuesto al Valor Agregado

 

· Exención y/o devolución de los Impuestos Internos.

 

· Importación o Admisión temporaria (perfeccionamiento activo)

 

· Exportación temporaria (perfeccionamiento pasivo)

 

Otros regímenes:

 

· Envíos de muestras comerciales.

 

· Envíos en Consignación

 

· Exención del Impuesto a los Ingresos Brutos.

 

· Reimportación de mercaderías previamente exportadas.

 

· Acuerdos internacionales:

 

o Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)

 

o Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

 

o Sistema Generalizado de Preferencias (SGP)

 

El Programa de estímulo al crecimiento de la Micro, Pequeñas y Medianas empresas, donde se trata el régimen de Pre-financiación del proceso productivo y la Financiación al comprador del exterior en condiciones especiales, es otro de los incentivos (financieros).

 

La República Argentina es miembro de ALADI (Asociación Latinoamericana de Integración), donde actualmente hay preferencias negociadas entre los diferentes países miembros. En ALADI, también, se ha suscripto entre Uruguay, Paraguay, Brasil y Argentina, el Acuerdo de Complementación Económica (APCE) No. 18 donde se establece el MERCOSUR y donde se han incorporado disposiciones en la materia que rigen el accionar de los estados partes.

 

Asimismo se han suscripto acuerdos en forma conjunta con los países del Mercosur e

 

individualmente con Chile, Bolivia, La Comunidad Andina, Cuba y México, donde se otorgan beneficios tributarios a los productos originarios y procedentes de Argentina frente a productos similares de otros orígenes. Similar situación se presenta con los países que otorguen beneficios dentro del SGP (Sist. Gener. de Preferencias)

 

Las regulaciones promocionales están en consonancia con la normativa establecida por la

 

Organización Mundial del Comercio (OMC) en el Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT), institución a la que pertenece la Argentina en los términos de la ley 24425.

 

Los exportadores de mercaderías manufacturadas en el país, nuevas, sin uso, tendrán derecho a obtener el reintegro total o parcial de los importes que se hubieran pagado en concepto de tributos interiores en las distintas etapas de producción y comercialización. El reintegro se aplica sobre el valor FOB o equivalente, de acuerdo a medio de transporte utilizado, neto del valor de los insumos importados directamente por el exportador y de las comisiones abonadas al exterior. Los materiales, insumos, etc., de origen importado adquiridos en plaza están incluidos dentro del beneficio en comentario. En otras palabras, para el calculo del reintegro se toma el valor agregado realizado en el país.

 

Los porcentajes de reintegro que surgen del calculo anterior, son establecidos por la autoridad económica y el beneficio es abonado por la DGA (Dir. Gral de Aduanas, dependiente de la AFIP), una vez que la mercadería se ha vendido y exportado.

 

Las mercaderías alcanzadas por reintegros podrán solicitar, si les correspondiere, el Draw-Back, el que se calculará sobre los insumos importados directamente por el exportador e incorporados en el producto a ser exportado.

 

El concepto de reembolso es igual al de reintegros, con la diferencia de que no corresponde excluir en la base de calculo del beneficio a los insumos importados directamente del exterior por el exportador y que fueron incorporados al producto. Salvo disposición en contrario, el régimen de reembolsos no puede acumularse con el de draw-back ni con el de reintegros.

 

Draw Back es el régimen aduanero en virtud del cual se devuelven total o parcialmente los importes que se hubieran abonado en concepto de tributos que gravaron la importación para consumo (derecho de importación), siempre que la misma mercadería fuere exportada para consumo: luego de haber sido sometida en el país a un proceso de transformación, elaboración, combinación, mezcla, reparación o cualquier otro perfeccionamiento o beneficio.

 

Los exportadores que soliciten el beneficio del Dra.-back, deben previamente solicitar en la Secretaria de Industria y Comercio, Dirección de Exportaciones, la correspondiente tipificacion. Los insumos que se computan para él calculo del Draw-Back, son únicamente aquellos importados directamente por el usuario del régimen. Al respecto, la fecha de libramiento a plaza a tener en cuenta a los efectos de la percepción del beneficio no podrá retrotraerse mas allá del año, a contar de la fecha de oficializaron de la documentación aduanera.

 

 

 

-Los impuestos (IVA, Ingresos Brutos, etc.) a quién se los cobro?

 

 

 

La ley del Impuesto al Valor Agregado no incide sobre las operaciones de venta al exterior (exportaciones) y otorga a los exportadores el derecho a recuperar el impuesto facturado por los proveedores.

 

Los productores o comerciantes exportadores que venden solamente al exterior, se denominan "exportadores puros", mientras que aquellos que venden en el mercado interno y también exportan, se denominan "exportadores impuros". Estos últimos, primeramente compensan el débito fiscal proveniente de las ventas realizadas en el país, contra el crédito fiscal, es decir el impuesto trasladado por los proveedores cualquiera sea el destino final de la mercadería (mercado interno o externo). Si la diferencia es positiva, se deberá ingresar al fisco, si es negativa, es un saldo a favor del contribuyente, denominado "saldo técnico". De existir retenciones, pagos a cuenta o percepciones, se resta del saldo anterior (débitos contra créditos). Si el resultado es positivo se ingresa al fisco, si es negativo, es un saldo de libre disponibilidad. Concretamente, existen 3 caminos para recuperar el IVA tributado por un producto que es exportado: Compensación entre débitos y créditos fiscales; transferencia de créditos y recupero solicitado a la AFIP. El impuesto a ser recuperado (acreditación, devolución o transferencia a terceros) por los exportadores se tramita en los términos de la R.G. 2224 (DGI) y 616 de la AFIP.

 

Los impuestos Internos, típicos tributos indirectos, inciden sobre los tabacos, bebidas alcohólicas y analcohólicas, seguros, otros bienes, como: hornos microondas, aparatos reproductores de sonido o imágenes, etc., vehículos automotores y motores diesel.

 

Respecto a los productos a ser exportados existen dos situaciones:

 

 

 

• cuando se efectúa la exportación antes de la venta de los productos en el país, es decir, por los propios productores, los mismos están exentos del impuesto, siempre que se trate de bienes de origen nacional.

 

• cuando se efectúa la exportación de bienes por sujetos no productores de los

 

mismos, se establece la acreditación o devolución del impuesto interno que se hubiere pagado, siempre que se demuestre la salida de los productos del país (exportación), y se inutilicen, si los hubiere, los instrumentos fiscales de control.

 

Como bien podemos notar, tanto las

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  Re: SEMINARIO COMERCIO EXTERIOR Módulo II: ¿Dónde y a quién puedo vender 28/Octubre/2006 - 05:37

 

Módulo II : ¿Dónde y a quién puedo vender?

 

-Perfil de mercado

 

Qué es mercado? Se lo define como un lugar o área geográfica en la cual se encuentran u operan los compradores y vendedores, se ofrecen a la venta productos (mercaderías y servicios) y en el que transfiere la propiedad. Hablar de mercado, también es hablar de demanda y desde este punto de vista, el mercado, es el conjunto de demanda por parte de clientes potenciales de un producto.

 

Sin embargo es característico del mercado, presentarse como un conjunto heterogéneo atento a las personas que lo integran y a la distribución espacial del mismo.

 

En comercialización internacional y desde la óptica del vendedor, se entiende por "mercado" al universo de individuos y organizaciones que son clientes actuales o potenciales de un bien o un servicio.

 

En una investigación, el mercado como totalidad, debe ser fraccionado o segmentado en submercados o en grupos significativos de compradores o probables compradores a fin de que, atendiendo a las condiciones de cada submercado, se busque la óptima satisfacción de sus necesidades y así lograr optimizar los esfuerzos destinados a promover las exportaciones realizados por la empresa.

 

Qué es segmentar un mercado? Es el fraccionamiento en submercados o grupos de compradores o probables compradores.

 

Existen dos etapas en el proceso de segmentación de un mercado:

 

• La determinación del mercado básico, y

 

• La determinación del mercado meta, es decir, aquél en que el empresario se esfuerza en alcanzar, dentro del mercado básico.

 

Las razones de la compra y la distribución geográfica, son los criterios generalmente usados para acotar el mercado básico. Al analizarse las razones de compra, surgen los submercados:

 

• El industrial: donde la empresa adquieren insumos, partes, piezas, componentes, etc. a ser utilizados en el proceso de producción;

 

• El consumidor: la persona que adquiere los productos para satisfacer sus propias necesidades;

 

• El intermediario: éste sector está integrado por:

 

o comerciantes intermediarios, que detentan la propiedad de lo que comercializan, integrado por importadores, mayoristas, supermercados, grandes tiendas de departamentos, etc., que compran para revender y,

 

o II) intermediarios agentes, que no detentan la propiedad de los bienes que comercializan.

 

Lo señalado se distribuye espacialmente, lo que es muy importante al momento de analizar la comercialización de los productos y ello requiere dividir el mercado en:

 

• nacional, e

 

• internacional

 

Luego de esta división espacial, debemos establecer, en cada mercado considerado, el grado de concentración que presentan los clientes actuales y/o potenciales, las distancias, los transportes existentes y sus frecuencias, etc.

 

El mercado meta está formado por el o los grupos seleccionados dentro del mercado básico, hacia donde se enfoca el estudio para promover y vender el producto en investigación.

 

El mercado meta puede estar en el mercado industrial, intermediario o consumidor, para lo cuál se tendrá que segmentar a los mismos.

 

La segmentación del mercado industrial puede responder a consideraciones de aplicación del producto, uso final, volumen y frecuencia de las compras, etc.

 

La segmentación del mercado intermediario tiende a la especialización, buscando determinada cobertura geográfica y la segmentación del mercado consumidor apunta a la situación económico-social, a la actitud, uso o respuesta a un determinado producto y/o sus atributos por parte del comprador. Por último podemos agregar la segmentación que fracciona la sociedad según estilos de vida y características de los individuos

 

Investigación y análisis de mercado :

 

Para tomar decisiones acertadas es necesario contar con información acertada. Cuando se intenta iniciarse en el comercio de exportación esta información la suministra la investigación de los mercados seleccionados. La investigación en fundamental para todas las decisiones que tome la empresa respecto a la venta y comercialización de sus productos y para el desarrollo de sus actividades comerciales presentes y futuras.

 

El proceso investigador comprende:

 

• Analizar el o los mercados: esta etapa se corresponde con el análisis del potencial de consumo que presenta para nuestros productos, las características o particularidades de los mercados, etc.

 

• Controlar todo lo ejecutado: evaluar las reacciones de los consumidores y competidores ante la presencia de nuestros productos en el mercado. Las reacciones deben ser evaluadas por medio de sistemas de control e información que permitan ponderar los logros y/o introducir las correcciones necesarias (precio, calidad, descuentos, etc.).

 

• Ejecutar lo programado: de acuerdo a lo decidido como consecuencia de lo que surge de la investigación, evitando introducir modificaciones que altere lo previamente aprobado, salvo que sea necesario.

 

• Organizar las operaciones: se deberá determinar si la organización de la empresa esta capacitada para llevar adelante el proyecto exportador o si el mismo deberá ser modificado.

 

• Planificar las actividades: se establece el método a ser utilizado para introducir y distribuir el producto y efectuar la correspondiente promoción y venta.

 

• Selección del mercado: sobre la base de la análisis del punto anterior, se selecciona

 

el o los mercados.

 

Para llevar adelante una investigación se deberá: 1) diseñar un plan de trabajo de acuerdo a los objetivos previamente determinados; 2) proceder a la obtención y sistematización de la información obtenida y; 3) efectuar la interpretación de los datos obtenidos.

 

Las conclusiones posibilitarán tomar la decisión adecuada a dicho mercado, definiendo en

 

consecuencia la mejor forma de comercialización.

 

En la actualidad la investigación de los mercados es fundamental en el plano doméstico,

 

cuanto más al vender en el exterior, donde se desconocen datos básicos sobre geografía,

 

historia, economía, cultura, etc., y menos aún respecto a la colocación de nuestros

 

productos, donde se presentan interrogantes respecto al sector al cual dirigir las ventas, a que precios, que cantidad, en que condiciones, etc.

 

El análisis exhaustivo de los mercados es necesario, pues al no ser iguales al doméstico,

 

obliga a individualizar y evaluar las diferencias existentes.

 

Existen ejemplos de errores cometidos en comercio exterior donde luego haberse realizado los estudios e investigaciones pertinentes, se decide promover la venta de un producto en determinado mercado y posteriormente descubrir que en "ese" mercado, dicho producto o tiene poca demanda, o no se adoptó la forma adecuada para comercializarlo (por ejemplo, distribuidores inadecuados), o por causa de una política de precios irreal, o se ha utilizado una política de promoción basada en argumentos equivocados, o la competencia esta mejor posicionada de lo previsto, etc.

 

Las estadísticas de intercambio comercial de cada país es una fuente única de información a fin de conocer el movimiento comercial del producto en investigación. El Consejero comercial del país que se está analizando, con funciones en la Argentina suministra los repertorios estadísticos correspondientes, donde se refleja todo el movimiento de exportación e importación, a nivel de producto, además de informar sobre otras fuentes de documentales existentes en su país.

 

MERCOSUR cuentan con abundante información sistematizada en medios electrónicos cuya consulta esta abierta a todo interesado.

 

El Centro de Comercio Internacional UNCTAD-OMC, publica numerosas obras correspondientes a estudios de mercados y productos de distribución gratuita.

 

Particularmente supervisa los principales mercados de frutas y verduras frescas, flores, plantas ornamentales y tropicales, especies comunes, cueros y pieles semicurtidas y sin curtir, jugos de frutas envasados o a granel, arroz y materia prima para la industria farmacéutica. Según el grupo de productos, el Market News Service (NMS) ofrece

 

información actualizada sobre los precios que se pagan por productos específicos, la oferta y la demanda y demás información económica con repercusión sobre la situación del mercado.

 

Existen organismos gubernamentales que promueven las importaciones. JETRO en el Japón y en la Unión Europea el CBI, Centro para la Promoción de las Importaciones de los países en desarrollo, entre muchos.

 

 

 

Cada día son más los servicios aduaneros de diversos países (Argentina, Brasil, Chile, etc.), que han informatizado todas las operaciones correspondientes de importación y facilitan los datos recogidos de fuentes primarias en soportes magnéticos, donde se incluyen los datos de cada transacción (origen, mercadería, precio, etc.). Esta información está a disposición del público en general y muchas veces localizable por medio de páginas públicas de Internet.

 

Fundación Export-AR brinda a los interesados perfiles de mercado de numerosos productos elaborado por las Consejerías comerciales argentinas en el exterior con datos actualizados sobre importaciones, orígenes, precios, requisito de ingreso, tributos a la importación, etc.

 

Los Bancos de Datos Internacionales, son de consulta obligada en todo análisis de mercado.

 

Realizada la investigación exploratoria y luego de ser analizada la información recopilada, se identifican él o los mercados con mejores condiciones de acceso, se procede a agrupar a los mercados:

 

 

 

• En los que presentan un potencial interesante de compra de nuestros productos,

 

pero requiera importantes modificaciones al producto;

 

• El que presente condiciones similares a las del punto a), pero donde el mercado no

 

requiere introducir importantes o costosas modificaciones al producto ( por ejemplo,

 

por actuar en un mercado en crecimiento.)

 

En un comienzo es atinado decidirse por un solo mercado y concentrar los esfuerzos en él.

 

Esto permitirá lograr un caudal importante de experiencias y brindar al mismo la máxima

 

atención.

 

El estudio ha de comprender, entre otros temas, los siguientes:

 

 

 

• Establecer el potencial del mercado al cual dirigirnos:

 

a) situación actual de la industria, perspectivas, etc.,

 

b) participación de los productos industriales importados en el consumo aparente,

 

c) ventajas con las que cuenta el país en materia de importaciones como consecuencia de convenios en vigencia (participación en zonas de libre comercio, uniones aduaneras, etc.).

 

• En el análisis del comprador, que es el destinatario de todos nuestros esfuerzos de

 

venta, se deberá:

 

o identificar a los futuros compradores (segmentación); o comportamiento de las compras, tipo, frecuencia, etc.

 

o hábitos de compra (canales utilizados, etc.).

 

• El producto. Adaptación a los requerimientos del mercado, tendencia de los precios, requisitos de importación, tránsito y expendio; descripción del producto (normas de calidad, normas técnicas, materiales utilizados, etc.).

 

Una vez realizada la investigación de mercado, la información obtenida debe ser clasificada y

 

ordenada para poder interpretarla y lograr conclusiones sobre las perspectivas del producto en dicho mercado :

 

 

• Información básica :

 

o Descripción geográfica del país con información de interés que pueda influenciar en la demanda del producto.

 

o Infraestructura portuaria y aeroportuaria, redes viales y sistemas de comunicaciones o Cantidad de habitantes, estructura por edades, concentraciones de población, etc.

 

o Promedio de ingresos por habitantes. Distribución del ingreso. Que sectores de la población podrían utilizar el producto.

 

o Descripción u evaluación de los recursos Naturales.

 

o Importancia del desarrollo industrial. Cantidad y flujo de las inversiones extranjeras.

 

o Situación económica. Deuda externa y servicios resultantes. Tasa de riesgo país. Tasa de cambio.

 

• Acceso al mercado :

 

o Acuerdos internacionales que favorezcan el intercambio comercial. Tipo de acuerdo. Países que lo integran. Antigüedad de los acuerdos.

 

o Restricciones a las importaciones.

 

o Derechos aduaneros y otros tributos de importación aplicables al producto importado.

 

o Reglamentación aplicable al producto sobre marcación, etiquetas, normas técnicas, composición de productos, etc.

 

o Tributos nacionales y las bases de tributación

 

 

• Potencial del mercado :

 

o Consumo aparente del producto o de la gama de productos que lo comprende.

 

o Cotizaciones a importadores, mayoristas y minoristas.

 

o Estadísticas de importación: volumen, valor y países de origen.

 

o Importancia de los abastecedores nacionales y extranjeros sobre el mercado.

 

Posibilidad de ingresar nuevos productos.

 

o Precios de los productos importados y de los nacionales.

 

o Producción local de productos iguales o similares. Nómina de los principales productores.

 

• Exigencias del mercado :

 

o Formas usuales de cotización de acuerdo a las cláusulas Incoterms (FOB, CPT, CIF, etc.).

 

o Condiciones usuales de pago: L/C, Cobranzas, plazos, garantías, etc.

 

o Preferencias en cuanto a calidad, normas aplicables, etc.

 

o Adaptación del producto a las condiciones y exigencias del mercado;

 

o Envases y embalajes a ser utilizados.

 

o Reglamentaciones vigentes;

 

• Promoción de las ventas :

 

o Qué medios se utiliza para promover el tipo de producto que investigamos.

 

o Cuál es el costo de dichos medios.

 

o Cuáles son las Ferias y Exposiciones comerciales que regularmente se realizan en el país.

 

o Realizan Rondas de Negocios y quién las organiza?

 

• Distribución :

 

o Factores que lo importan. Márgenes de comisión o de utilidad.

 

o Estructura existente para la distribución del producto.

 

o La empresa exportadora deberá decidir si actúa directamente o por medio de Agentes o Distribuidores.

 

o Sobre que base actúan los Agentes o los Distribuidores.

 

o Qué tipo de contratos se firman y cuáles las jurisdicciones de aplicación

 

-Identificación del mercado y la selección de los canales :

 

 

Esta información también surge del trabajo efectuado en el perfil del mercado. Seguramente, sus productos no estarán listos para ser exportados a cualquier parte del mundo. La mejor manera de determinar que mercado es el más apropiado para poder orientar nuestros esfuerzos, es trabajar con informaciones de demanda potencial. Estas informaciones de comercio exterior nos permiten cuantificar el mercado de manera de conocer cuanto importa el mercado-objetivo de mi posición arancelaria, a nivel global y desde mi propio país, y así de este modo no tendremos que esperar un aumento de la demanda, sino hacer que esa demanda actual se oriente a comprar desde nuestro país. Los datos del perfil de mercado con seguridad nos brindarán información fundamental para ser analizada, por Ej. Cuanto el país-objetivo importa desde nuestro país, los impuestos que el país importador deberá pagar para comprar nuestros productos, las exigencias arancelarias y no arancelarias, los precios de competencia del país importador, las diferencias cambiarias, el nivel de demanda, embalaje, exigencias técnicas y sanitarias, costo de transporte interno y externo, etc.

 

Con la información obtenida en el perfil de mercado, la empresa puede empezar a tomar

 

decisiones referidas, por ejemplo, a la determinación del canal de exportación. La elección del canal de distribución quizás sea una de las decisiones más importante de la empresa en el proceso de la venta al exterior. Los canales de venta al exterior pueden ser:

 

 

 

• DIRECTOS: es cuando las empresas atiende con su propio personal las

 

exportaciones, con el concurso de Agentes o Distribuidores en el exterior. En este método, el exportador realiza directamente todos los estudios, gestiones y tareas que van desde la búsqueda del cliente hasta la entrega de la mercadería.

 

Al respecto se debe formar y capacitar el personal que cumplirá las tareas que demande todo el proceso exportador. De no contar la empresa con él, pueden contratarse profesionales idóneos que dirijan la operatoria con el exterior. Ésto último, puede ocasionar inconvenientes motivados por la falta de experiencia en el conocimiento de la empresa (organización), el proceso de producción y el producto.

 

Exportar directamente permitirá lograr experiencia, manejar información sobre el destino de los productos vendidos y una mejor relación con los compradores. Otra forma de atacar con el canal directo es integrar una joint-venture, es una asociación de riesgo entre dos empresas, una local y otra extranjera, donde acuerdan sobre

 

diversos temas como tecnología, producción, comercialización, inversiones, etc. Estos

 

acuerdos acotan los riesgos, los costos y permiten intercambiar experiencias.

 

Los Consorcios y Cooperativas de Exportación son figuras cuya finalidad es promover la participación directa del empresario en la conquista de los mercados externos.

 

 

 

• INDIRECTOS: es cuando la operación se efectúa a través de intermediarios, que representan al exportador en el mercado escogido. Dichos intermediarios pueden ser empresas de comercialización internacional, comisionistas, brokers, etc.). Las principales ventajas de la exportación indirecta radican en:

 

o Requiere poca inversión y es menos riesgos para la empresa vendedora

 

o No es necesario poseer conocimientos previos

 

o Ayuda a ganar experiencia

 

o Permite capacitar al personal

 

Entre las desventajas del canal indirecto:

 

 

o No hay contacto o son muy limitados los contactos con los compradores

 

o Aumenta el precio del producto por el agregado de intermediarios

 

o Falta de conocimiento de los mercados en nuestra propia empresa

 

 

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  SEMINARIO COMERCIO EXTERIOR Módulo I : ¿Mi empresa puede exportar? 28/Octubre/2006 - 05:03

SEMINARIO DE COMERCIO EXTERIOR

COMPETITIVIDAD: Lineamientos para la empresa del Siglo XXI

 Conductor: Carlos A. Torrico

 Septiembre de 2006

 

 

ÍNDICE

 Objetivos

 Desarrollo del Seminario-Taller

 Módulo I : ¿Mi empresa puede exportar?

 -Introducción

 -Mi producto se puede vender en el exterior?

 -Afecta a mi empresa la ampliación de los mercados y la decisión de exportar?

 -Inscripciones y formalidades

 Módulo II : ¿Dónde y a quién puedo vender?

 -Perfil de mercado

 -Investigación y análisis de mercado

 -Identificación del mercado y la selección de los canales

 Módulo III : ¿Cómo calculo el precio de venta?

 -Determinación del precio

 -Barreras arancelarias y para-arancelarias

 -Incentivos a la exportación y herramientas de promoción

 -Los impuestos (IVA, Ingresos Brutos, etc.) a quién se los cobro?

Módulo IV : Finalizada la negociación, cómo sigue?

 -Contacto con los potenciales compradores

-Envío de ofertas en firme

-La oferta y los Incoterms 2000

-Contrato de Compra-Venta y pasos posteriores

Bibliografía

Programa de Capacitación Empresaria

Incursionar en el Comercio Internacional, es un gran desafío en el que el éxito o el fracaso de una transacción comercial dependerá, sin duda alguna, de cuan preparada se encuentre nuestra empresa para operar en los mercados internacionales.

Para ello, es fundamental entender y manejar diversos factores críticos antes de abordar a nuestros probables clientes externos, con una oferta. Es necesario tener presente los usos y costumbres de cada país, su cultura, sus tradiciones y su estilo de negociación.

Estar bien preparados, es la mejor herramienta para abrirnos a un mundo globalizado.

Objetivos:

La creciente demanda y una variada y disímil oferta de información sobre Cómo, Dónde y Qué Exportar, abren un abanico de posibilidades para aquel que intenta lanzarse a los nuevos mercados por primera vez. Cursos, Publicaciones, Charlas y Conferencias, son sólo alguna de las vías más comunes por la cual una pequeña o mediana empresa intentará abordar éste nuevo camino.

El Programa Anual de Capacitación, para la empresa del Siglo XXI, propone éste seminario, mediante un desarrollo teórico-práctico orientado a la pequeña y mediana empresa, para capacitarla con herramientas ágiles, basadas en la legislación Argentina y enmarcadas dentro de las prácticas del comercio mundial, en el análisis del producto y las posibilidades de su venta internacional, investigar los mercados potenciales, analizar los canales de comercialización y evaluar los diferentes alternativas a las que se enfrentará en el futuro.

Desarrollo del Seminario-Taller :

Este programa pretende promover las exportaciones seguras, que permitan crecer y desarrollarse a la empresa en el tiempo y marcar que la exportación no es una moda o una oportunidad ocasional, mediante cinco módulos:

. Módulo I : ¿Mi empresa puede exportar?

Contenido:

. Introducción

. ¿Mi producto se puede vender en el exterior?

. ¿Afecta a mi empresa la ampliación del mercado?

. Inscripciones y formalidades

. Módulo II : ¿Dónde y a quién puedo vender?

 

 

 

Contenido:

. Perfil de mercado

. Investigación y análisis de mercado

. Identificación del mercado y la selección de los canales

. Módulo III : ¿Cómo calculo el precio de venta?

Contenido:

. Determinación del precio

. Barreras arancelarias y para-arancelarias

. Incentivos a la exportación y herramientas de promoción

. Los impuestos (IVA, Ingresos Brutos, etc.) a quién se los cobro?

. Módulo IV : Finalizada la negociación, cómo sigue?

Contenido:

. Contacto con los potenciales compradores

. Envío de ofertas en firme

. La oferta y los Incoterms 2000

. Contrato de Compra-Venta y pasos posteriores

. Módulo V : Simulación de una operación

Contenido:

. Pasos administrativos y operativos previos a la carga del producto

. Pasos posteriores al despacho

. Evaluación

Anexos:

Bibliografía

Diccionario Técnico Inglés–Castellano (con términos usuales de Comercio Int’l)

Competitividad: Lineamientos para la empresa del Siglo XXI" Módulo: Comercio Exterior

Módulo I : ¿Mi empresa puede exportar?

-Introducción :

En términos generales se puede afirmar, que prácticamente no existen restricciones internacionales en cuanto al intercambio mundial de productos (bienes y servicios). Por lo tanto, toda empresa está en condiciones de participar en el intercambio comercial de bienes y servicios con cualquier persona (física o jurídica), en cualquier lugar del mundo.

Habitualmente se detecta que las limitaciones no provienen desde el exterior, sino de nosotros mismos, ante lo desconocido. Toda empresa tiene en sí, la potencialidad para acceder a los mercados externos.

Nunca como en la actualidad, las pequeñas y medianas empresas tuvieron la posibilidad de exportar sus productos, ya que el fenómeno de la globalización achicó brechas con comunicaciones accesibles y casi instantáneas y provocó la caída de muchas barreras, permitiendo llegar a la información de, prácticamente, todo el planeta.

Junto con el avance de las comunicaciones y el desarrollo de los medios de transporte, se accede a una nueva clase de “consumidores o mercados mundiales”, acostumbrados, cada día más, a comparar productos, calidades, precios y servicios estandarizados, lo que ha facilitado la labor de las empresas exportadoras, pues les resulta más económico y más atractivo la inserción al mercado.

Analizando, concretamente la situación de las empresas argentinas, podemos concluir que diversas circunstancias locales recientes incentivaron a la búsqueda de mercados alternativos en el exterior: achicamiento del mercado interno -por la disminución de las ventas-, reducción de la rentabilidad, aumento de la capacidad instalada ociosa, por enumerar sólo algunos elementos negativos pero, simultáneamente, la mejora del tipo de cambio y el contexto internacional, fueron factores que incentivaron a buscar mercados alternativos que permitieran incrementar las ventas.

Numerosas empresas PyMES teniendo capacidad exportadora no acceden a los negocios internacionales por el temor que surge como consecuencia de la ignorancia o el conocimiento imperfecto del tema.

La idea de exportar genera en el empresario un primer interrogante: ¿por dónde empezar?

Exportar sin los conocimientos necesarios, generalmente concluye en pérdidas de dinero, tiempo e ilusiones.

Muchos empresarios comentan que la organización y "puesta en marcha" de las primeras operaciones de exportación, se asemeja a la situación que vive la empresa cuando lanza un nuevo producto al mercado. El posicionamiento en un mercado extranjero lleva tiempo y demanda dedicación y esfuerzo aplicado al logro del objetivo propuesto. Se deben realizar estudios e investigaciones previos y posteriores al ingreso al mercado, efectuar un trabajo racional en el análisis de las variables a considerar y posteriormente tomar la decisión adecuada.

La exportación, como actividad comercial, no debe pensarse como un negocio marginal u ocasional.

Quien desea participar en un mercado externo, para vender sus productos, descubrirá al poco tiempo de iniciado, como influye la cultura, los usos y costumbres de otros países, en los hábitos y en las decisiones de su propia empresa

-Mi producto se puede vender en el exterior? :

La primer respuesta es sí. Dependerá de una serie de informaciones sobre las normas y requisitos legales, tanto locales como las de los diferentes países en los cuales estamos pensando incursionar, sobre el producto, los envases y embalajes y con ello efectuar las modificaciones correspondientes para adaptarlo y cumplir con los requisitos exigidos en origen y en destino. En otras palabras, debemos determinar correctamente las restricciones (prohibiciones, cupos, salvaguardias, requisitos técnicos, intervenciones, normas sanitarias y de protección al medio ambiente, etc.), que condicionen la exportación y/o el ingreso del producto en destino.

La preferencia de los compradores por determinado bien, en muchos casos es consecuencia de tradiciones o de factores psicológicos o ambientales y hasta por limitaciones religiosas.

Para el éxito en la promoción y venta del producto se debe investigar las razones en que se basan las preferencias de los consumidores:

. Color

. Conservación

. Diseño y estilo

. Duración y resistencia

. Fiabilidad

. Materiales

. Normas de aseguramiento de la calidad

. Oferta de servicios

. Ritos y/o adecuación a costumbres

. Tamaño o formas

Si bien, muchas de las características del producto me las brindará una investigación de mercado, la observación y el conocimiento los interesados, antes de introducirlo a un nuevo mercado, debe ser analizado genéricamente desde distintos ángulos:

. Cuál será el costo de adaptación del producto?

. Debo preparar folleteria especial para acompañar al producto en su venta?

. El producto tiene alguna característica que sea exclusiva y facilite su venta?

. Hasta que volumen puedo producir sin alterar la calidad?

. Puedo mantener un nivel constante de calidad?

. Será necesario prestar servicio de posventa

. Tengo certificaciones de producto y/o de planta que avalan la calidad?

La respuesta a los interrogantes planteados, orientaran al exportador en cuanto al interés externo y a la futura elección del mercado. Si el producto no se diferencia mayormente de otros que hay en el mercado se deberá invertir grandes sumas de dinero en la promoción del producto. Si la adecuación del producto origina problemas de producción que se traducen en demoras en las entregas, seguramente perderemos interesados. Si el producto requiere servicios de posventa influirá en la elección del distribuidor.

Debemos tener claro que toda adaptación de un producto a un mercado específico tiene su correlato en un aumento de los costos de producción y, por ende en el precio final del producto. La relación calidad-precio debe llevar a la empresa que desea exportar, a hacer accesible el producto a las posibilidades económicas del consumidor que integra el segmento del mercado seleccionado y, asimismo poder competir exitosamente 

 

-Afecta a mi empresa la ampliación de los mercados y la decisión de exportar? :

El ingresar al mercado externo, es una decisión política que debe tomar la empresa, por lo tanto está reservada a la Dirección.

Decididos a ingresar en el nuevo negocio, todos los esfuerzos destinados a su logro, será el resultado de los estudios e investigaciones a realizarse sobre los mercados del exterior y de una correcta evaluación de la estrategia a seguir y de las potencialidades de la empresa, particularmente como repercutirá en ella la nueva actividad. De ser la respuesta positiva, se deberán fijar los objetivos y formular la política que regirá en el futuro el comportamiento de la empresa.

Se deberá producir algo así como un cambio de mentalidad.

Al analizarse los objetivos, se ha de plantear que se espera de la actividad exportadora y, respecto a la política, deberá definirse la forma en que se ha de desarrollar y dirigir las operaciones en los nuevos mercados. Se deberá analizar si los negocios de exportación los ha de realizar la empresa en forma directa o indirecta. Si se utilizan los servicios de terceros, se realizarán las operaciones en forma indirecta que es una forma simple de iniciar la nueva actividad, el riesgo será menor, la inversión mínima atento que, para el productor, la operación de venta se realiza en el país y carecerá de información respecto a lo que ocurre con "su" producto en el exterior.  

 

La exportación realizada directamente por la empresa se puede enfocar como una etapa en la inserción de la empresa en la internacionalización de sus actividades. Suelen utilizarse agentes locales o la empresa decidir por sí efectuar la venta al exterior y la consiguiente operación de exportación  

 

La ampliación de los mercados trae aparejado importantes consecuencias, siendo las más significativas:

• La diversificación de los mercados se traduce en el manejo de mayores volúmenes;

• Se mejora la organización y la eficiencia de la empresa, y por lo tanto la presencia en el mercado interno;

• Existe una menor dependencia a los vaivenes de un solo mercado, el interno;

• Se introduce una mayor racionalidad en los costos (mejor negociación con los proveedores, mayor utilización de los factores productivos y de la mano de obra al procesar mayores volúmenes de producción);

• Se logra una disminución de la capacidad ociosa de la empresa;

• Se verifica una mejora en la calidad de los productos por las exigencias de los compradores extranjeros;

• La nueva actividad obliga a modernizar los bienes de producción;

• Se puede organizar mejor el flujo de caja y de los compromisos en moneda extranjera;

• Se incrementa la posibilidad de aumentar los puestos de trabajo y generar divisas para el país;

• Aumenta la experiencia y conocimiento de toda la empresa.

 -Inscripciones y formalidades :

El Vendedor y Exportador deberá verificar si ya ha realizado los siguientes trámites:

• Se ha inscripto en la AFIP DGI Impositiva como I.V.A. como Responsable Inscripto para recuperar el I.V.A.,

• Se encuentra inscripto en la DGA (Dir Gral de Aduanas) como Importador y Exportador y, que su registro se encuentra vigente y habilitado.

• Que ha solicitado a la DGI la aprobación de numeración para la emisión de facturas comerciales para exportación.

• Que tiene relación con Bancos locales, con los cuales opera corrientemente, para cuando tenga que canalizar los instrumentos de pago y realizar las formalidades cambiarias.

• Que posee folletos, catálogos descriptivos o memoria técnica de su producto, con indicación de norma internacional.

• Que ha hecho pruebas de packing sobre como embalar, dentro de cual caja, paletas, etc. Como también la cantidad, dimensiones de los bultos, y cantidad de ellos por unidad de medida un contenedor de 2,30 x 2,30 x 6 metros. Mínimo. Rotulado, etiquetado, normas locales país de destino.

• Detalle y descripción de producto, material constitutivo, etc. Para determinar la

Posición Arancelaria, que debe declararse en el Permiso de Embarque aduanero, sobre la cual el Sistema Informático MARÍA liquida Derechos y Reembolsos.

Obs.: Lo que genéricamente se conoce como la "Nomenclatura", es un sistema de ordenamiento de mercaderías. Esta estructurada en XXI Secciones, que involucra 97 Capítulos (el capítulo 77 está reservado para otros usos), 1240 Partidas y 5019 Subpartidas.

En la República Argentina se utiliza para todo el movimiento de exportación e importación, la Nomenclatura Común Mercosur, basada en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías (SADCM). En la práctica se denomina Sistema Armonizado. Este último está estructurado sobre la base de 3 pares de dígitos

Editado por: Centro de Estudiantes LCE -UNNE- (28/Octubre/2006 - 05:28)

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