Como pide el compañero pocero, esperemos que den esos 30 minutos. Pero que sean eso, 30 MINUTOS, y no partir todos los turnos a diestro y siniestro. Un conductor/a es relevado y unos treinta minutos despues hace el relevo a otro compañer@ en la misma cabecera, y así en las dos cabeceras.
Con los actuales programas informaticos que exiten para organizar el trabajo, eso es posible. Ahora, eso sí, falta que la empresa este por la labor y no que lo que quiera sea jod...... (fastidiarnos) más al personal.
Un saludo.
No creo que tuvieran compensación económica, porque si los 30 minutos están dentro de la jornada, computan como jornada y ya está. Nuestra jornada pasaría a ser de 7 horas de trabajo efectivo, pues ahora son 7:15 porque no paramos los 15 del bocadillo. Ganaríamos 15 minutos. En la página web de la 146 te puedes descargar todo el RD 902/2007. Además está subrayado en amarillo la parte que nos concierne. Podrían incluso ser 2 descansos de 15 minutos.
hola pocero y antonio
me gustaria que digeran los sindicalistos que ahcen en este aspecto atraves de asamblea; pero yo no creo que lo hagan la empresa esta acostumbrada a ello desde la legalizacion de los sindicatos en España. no solo eso sino que los turnos partidos hacen 15 minutos mas por eso cuando al ser pàrtidos no tendrian derecho ni al aumento de la jornada ni al descanso.
Este descanso deberia ser retribuido al trabajador, es decir que el paro sea a cuenta de la empresa y no del trabajador
¿Y ahora que, seran capaces de llevar a juicio a la empresa para reclamar los 30 minutos de descanso en jornada continuada?
Ya que en un principio parece que la empresa no esta muy por la labor, habra que ponerse las pilas, y reclamar al comite que denuncie a la empresa por no dar descanso a trabajadores en jornada continuada.