NUNCA PUEDE HABER CONVERGENCIA: PRIMERO PORQUE NO HAY IZQUIERDA NI DERCHA COMO TAL; SÓLO TENEMOS LOS GRUPOS DE LA ALTA BURGUESIA QUE COPAN LO QUE ALGUNOS LLAMAN PARTIDO SOCIALISTA Y PARTIDO POPULAR. QUE ADEMÁS PRESIDEN LAS DIRECCIONES DE LOS SINDICATOS BURGUESES CCOO Y UGT.
NO PUEDE HABER CONVERGENCIA, YA QUE NO EXISTE IZQUIERDA
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Llueve sobre mojado para las tres últimas promociones de la escala auxiliar. Se marcharon a la RT por interés de la Defensa Nacional y como imponía Europa al gobierno González
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PERDER 360 € AL AÑO?... ES MUCHO!!!
PERO, a día de hoy y desde hace casí 12 años, LA E.AUX.CAE ESTÁ PERDIENDO:
320 € AL MES el 20% de sus retribuciones estando en reserva y con el derecho a percibir íntegras sus retribuciones igual que los militares activos de su categoria profesional
350 € AL MES del ascenso que le negaron y al que tiene dercho y, además, tiene reconocido por el RD 1000/85 y DA 8ª 3 Ley 17/89...
PERDIERON LA VIVIENDA MILITAR ...
SE LES NEGÓ LA COMPRA DE LA VIVIENDA QUE INJUSTAMENTE SE LES EXPULSÓ A LA QUE CIVILES TUVIERON OPCIÓN DE COMPRA...
DESCUENTOS INDEBIDOS EN NÓMINAS, ETC...
Y ADEMÁS, SI A ESO LE SUMAMOS QUE PRETENDEN QUITARNOS LOS TRIENIOS QUE TENEMOS ACUMULADOS... porque EN EL SENADO en la LCM se quiere reconocer a los suboficiales y oficiales que todos los trienios perfeccionados en el grupo c los perciban del grupo b, pero sólo a los que obtuvieron esos empleos a partir de 1996...
¡¡¡ ES, Ó NO ES, PARA SALIR A LA CALLE!!!
PERO CLARO,
¡¡¡¡ LA E.AUX.CAE NO SOMOS LOS TCOLs DE LA ESO!!!
PARA LA E.AUX.CAE,
¿NO HAY DINERO?
¡¡¡HAY DISCRIMINACIÓN PERPETUA!!!
NUESTRA DISCONFORMIDAD con la enmienda 128; en el sentido que la eaux en RT NO DEBE SEGUIR EN LA DT 11ª DE LA LEY 17/99 POR SER RESTRICTIVA DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS DE ESTE PERSONAL POR LA D.A 8ª 3 DE LA LEY 17/89. Deben de quedar integrados y recogidos sus derechos (EL PERSONAL EN RT) en la DT8ª de la Ley de la Carrera Militar por estar en reserva y en consecuencia tener el derecho a percibir íntegras sus retribuciones hasta los 63 años, como el resto del personal en RESERVA.
PLAZA DE LA MARINA ESPAÑOLA , 8
28013 MADRID
SECRETARÍA GENERAL DEL SENADO
dirgi@senado.es
91-538.14.37
Editado por: ARCADIO 1 (09/Octubre/2007 - 10:14)
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Amigos, camaradas y compañeros: estamos ante una situación DE DISCRIMINACIÓN ECONÓMICA MUY GRAVE dentro del estado español. Ha llegado el momento de actuar ante esta injusta y provocativa DISCRIMINACIÓN.
La actuación consistirá en: DENUNCIAR ante la prensa nacional e internacional la vulneración de derechos económicos políticos y sociales que venimos sufriendo las EAUXCAE por parte del MINISDEF, Tribunales Superiores de Justicia, Tribunal Supremo de España y por último denunciar a las CORTES GENERALES ESPAÑOLAS ante Estrasburgo por la actitud discriminatoria a que somete a los militares españoles de la ESCALA AUXILIAR DEL EJÉRCITO DE TIERRA.
OS ARENGO ADEMÁS A LA MANIFESTACIÓN EN MADRID. Y QUE DEBE DE SERVIR DE APOYO A LAS DENUNCIAS ANTES REFERIDAS.
saludo compañeros, amigos y camaradas
MATEMÁTICAS PARA PASAR EL RATO...
http://www.portalplanetasedna.com.ar/geometria.htm
Los representantes del pueblo francés, constituidos en Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos del hombre, son las principales causas de las desgracias públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer en una declaración solemne los derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre, para que esta declaración, constantemente presente a todos los miembros del cuerpo social, les recuerde sin cesar sus derechos y sus deberes; para que los actos del poder legislativo y del poder ejecutivo puedan en cada instante ser comparados con el objeto de toda institución política y sean más respetados; para que las reclamaciones de los ciudadanos, fundadas desde ahora sobre principios simples e incontestables, tiendan siempre al mantenimiento de la Constitución y a la felicidad de todos. En consecuencia, la Asamblea Nacional reconoce y declara, en presencia y bajo los auspicios del Ser Supremo, los siguientes derechos del hombre y del ciudadano.
ARTÍCULO 1. Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales no pueden fundarse más que sobre la utilidad común.
ARTICULO 2. El objeto de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Estos derechos son la libertad, la seguridad y la resistencia a la opresión.
ARTÍCULO 3. El principio de toda soberania reside esencialmente en la nación. Ningún cuerpo ni individuo puede ejercer autoridad que no emane expresamente de ella.
ARTÍCULO 4. La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no dañe a otro; por lo tanto, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tiene otros límites que los que aseguren a los demás miembros de la sociedad el disfrute de estos mismos derechos. Estos límites no pueden ser determinados más que por la ley.
ARTICULO 5. La ley no tiene el derecho de prohibir más que las acciones nocivas a la sociedad.
Todo lo que no está prohibido por la lev no puede ser impedido, y nadie puede ser obligado a hacer lo que ella no ordena.
ARTICULO 6. La ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen derecho a contribuir personalmente, o por medio de sus representantes, a su formación. La ley debe ser idéntica para todos, tanto para proteger como para castigar. Siendo todos los ciudadanos iguales ante sus ojos, son igualmente admisibles a todas las dignidades, puestos y empleos públicos, según su capacidad, y sin otra distinción que la de sus virtudes talentos.
ARTÍCULO 7. Ningún hombre puede ser acusado, arrestado ni detenido más que en los casos determinados por la lev y según las formas por ella prescritas. Los que soliciten, expidan, ejecuten o hagan ejecutar órdenes arbitrarias, deben ser castigados, pero todo ciudadano llamado o designado en virtud de la ley, debe obedecer en el acto: su resistencia le hace culpable.
ARTÍCULO 8. La ley no debe establecer más que las penas estrictas y evidentemente necesarias, y nadie puede ser castigado más que en virtud de una ley establecida y promulgada con anterioridad al delito, y legalmente aplicada.
ARTICULO 9. Todo hombre ha de ser tenido por inocente hasta que haya sido declarado culpable, y si se juzga indispensable detenerle, todo rigol- que no fuere necesario para asegurarse de su persona debe ser severamente reprimido por la ley.
ARTÍCULO 10. Nadie debe ser molestado por SUS opiniones, incluso religiosas, con tal de que su manifestación no altere el orden público establecido por la ley.
ARTICULO 11. La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los más preciosos derechos del hombre. Todo ciudadano puede, pues, hablar, escribir, imprimir libremente, salvo la obligación de responder del abuso de esta libertad en los casos determinados por la ley.
ARTÍCULO 12. La garantía de los derechos del hombre y del ciudadano necesita de una fuerza pública; esta fuerza queda instituida para el bien común y no para la utilidad particular de aquellos a quienes está confiada.
ARTÍCULO 13. Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de administración es indispensable una contribución común. Esta contribución debe ser repartida por igual entre todos los ciudadanos, en razón de sus facultades.
ARTÍCULO 14. Todos los ciudadanos tienen el derecho de comprobar, por sí mismos o por sus representantes, la necesidad de la contribución pública, de consentirla libremente, de vigilar su empleo y de determinar su cuantía, su asiento, cobro y duración.
ARTÍCULO 15. La sociedad tiene el derecho de pedir cuentas a todo agente público de su administración.
ARTÍCULO 16. Toda sociedad en la que la garantía de los derechos no está asegurada, ni la separación de los poderes determinada, no tiene Constitución.
ARTÍCULO 17. Siendo la propiedad un derecho inviolable y sagrado, nadie puede ser privado de ella, si no es en los casos en que la necesidad pública, legalmente comprobada, lo exija evidentemente, y bajo la condición de una indemnización justa y previa.
(Decretados por la Asamblea Nacional Francesa en agosto de 1789).
López Cordón, Ma. Victoria et al.,Análisis y comentarios de textos históricos II. Edades Moderna y Contemporánea, Madrid, Alhambra, 1987, pp. 221-222.
Las mujeres reclaman el voto. 1848
La invención de la máquina de coser asesta un golpe mortal a la "esclavitud" femenina
LOS JUDÍOS NEGABAN QUE la mujer tuviese alma, y los cristianos tenían sus dudas. Menos mal que el concilio de Éfeso las disipó en el año 431. Las sufragistas norteamericanas exigieron el derecho al voto en el año1848, después de esperar 14 siglos a que se calmaran las iras masculinas suscitadas por ese concilio. Así y todo, no lo obtuvieron hasta 1920, tras una dura lucha contra la oligarquía masculina, batalla que también se libró en Londres.
La primera consecuencia de esa actitud militante de las sufragistas a ambos lados del Atlántico fue la aparición de la máquina de coser en 1851, obra del norteamericano Isaac Merritt Singer: no sé si fue coincidencia o efecto, pero lo cierto es que ese ingenio asestó un golpe mortal a la esclavitud de la mujer, pues permitía coser el doble de rápido (y sin perder la vista en la empresa), con lo que le quedaba bastante tiempo "para incordiar con eso de sus derechos", como se quejó una vez, harto de tanta protesta, el presidente cazador y machista Theodore Roosevelt. Foto. Un grupo de sufragistas se manifiesta bajo el lema "Ojalá mamá pudiera votar".
[Prólogo] [Siglo VIII] [Siglo XI] [Siglo XII] [Siglo XIII] [Siglo XIV] [Siglo XV] [Siglo XVI] [Siglo XVII] [Siglo XVIII] [Siglo XIX] [Siglo XX] [Epílogo] [Meditación sobre un osito de peluche]
¿CUÁNDO LA HUMANIDAD ALCANZARÁ UN ESTADIO SUPERIOR?
¿A QUIÉN CORRESPONDE CONSEGUIR ESE NUEVO ESTADIO MUNDIAL?
¿HAY DE VERDAD UNA RAZA SUPERIOR?
http://www.portalplanetasedna.com.ar/menu_historia_antigua.htm
¿la derecha española es diferente a la europea?
¿por qué la derecha española basa su fundamento ideológico en el nacional/catolicismo y no lo hace en el nacional/socialismo?
¡¡¡LA ÚLTIMA GUERRA CIVIL UNA TRAMPA PARA TODOS LOS ESPAÑOLES!!! .... DURA MÁS DE 71 AÑOS Y SEGUIMOS ATRAPADOS
¿en que se diferencia la izquierda socialdemocrata de la derecha liberal ?... ¿qué los une?
¡QUE DIFERENCIA FUNDAMENTALMENTE AL NAZISMO DEL COMUNISMO?... ¿1000 AÑOS DE GOBIERNO HUBIERAN CAMBIADO LA HUMANIDAD PARA SIEMPRE?
....reflexión camarada...