AMEAUXET ESCALAS AUXILIARES Y CAE DEL ET

FORO MILITAR: Foro encaminado a corregir la DISCRIMINACIÓN que de forma perpetua están sufriendo las tres últimas promociones de la E.AUX. y las correspondientes del CAE, desde 1986. Haz tu página de inicio de: www.escalasauxiliares.galeon.com

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PARA LAS TRES ÚLTIMAS PROMOCIONES DE LA E.AUX.CAE EN RT LLUEVE SOBRE MOJADO
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Amadeo
 
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  Re: Re: PARA LAS TRES ÚLTIMAS PROMOCIONES DE LA E.AUX.CAE EN RT LLUEVE SOBRE MOJADO 24/Octubre/2007 - 17:31

 

LA DISCRIMINACIÓN PERPETUA DE LAS TRES ÚLTIMAS PROMOCIONES DE LA E.AUX.CAE

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 SER SOLIDARIOS CON NUESTRO COMPAÑERO AL QUE INJUSTAMENTE EL TRIBUNAL SUPREMO LE HA CONDENADO EN COSTAS EN  RECURSO DE REVISIÓN DE SENTENCIA PARA  SENTENCIA QUE HABÍA DICTADO EL TSCYL CON SEDE EN VALLADOLID.

EL TSCYL DICTÓ SENTENCIA SIN TENER EN CUENTA NI LAS PRUEBAS NI LOS ARGUMENTOS DEL RECURRENTE Y ADEMÁS LA SENTENCIA SE REFIRIÓ A OTRO RECURSO DISTINTO Y QUE NADA TENÍA QUE VER CON EL DESCUENTO INDEBIDO EN NÓMINA . Y POR ÚLTIMO, LE DIÓ AL RECURSO NÚMERO DISTINTO AL QUE TENÍA ASIGNADO EL RECURRENTE Y QUE EL TSCYL BASÓ SUS ARGUMENTOS DE SENTENCIA EN PLEITO DISTINTO Y QUE PARA MÁS INRI TENÍA EL PROPIO AFECTADO RECURRIDO  ANTE EL MISMO TSCYL CON SEDE EN VALLADOLID.  POR SI  NO FUERA SUFICIENTE, NINGUNO DE LOS  NÚMEROS ASIGNADOS AL RECURRENTE EN LOS 10 PLEITOS QUE MANTENÍA ANTE EL TSCYL CON SEDE EN VALLADOLID (CONTRA LA ADMINISTRACIÓN MILITAR POR DISCRIMINACIÓN ECONÓMICA) CORRESPONDÍA  AL NÚMERO DE RECURSO QUE EL TSCYL SEÑALA EN LA SENTENCIA.

ANTE TAL CÚMULO DE DESPROPÓSITOS  EL RECURRENTE INTERPUSO RECURSO DE REVISIÓN POR PREVARICACIÓN ANTE EL TRIBUNAL SUPREMO. QUE EL T.SUPREMO TAMPOCO ENTRA EN EL FONDO DEL ASUNTO Y TERMINA CONDENANDO AL RECURRENTE EN COSTAS.

EL INTERESADO YA SE HABÍA QUEJADO ANTE EL C.G.P.J., DEL TRATO DISCRIMINATORIO Y ABUSIVO QUE LE IMPONIA EL TSCYL CON SEDE EN VALLADOLI Y COMO SI TAL COSA; PERO LO MÁS CURIOSO ES QUE EL FISCAL QUE DEBE VELAR POR EL INTERÉS PÚBLICO  LO HACE  POR EL INTERES DEL TSCYL Y  SIGUE SEÑALANDO Y ARGUMENTANDO ERRONEMAMENTE LA MATERÍA DE OTRO RECURSO ( QUE ERA EL RECURSO DEL QUE SE HABÍA VALIDO EL TSCYL PARA DICTAR SENTENCIA QUE NADA TENÍA QUE VER CON EL RECURSO ORIGINAL DEL RECURRENTE)  POR LO QUE HABÍA PRESENTADO RECURSO DE  REVISIÓN  DE SENTENCIA POR PREVARICACIÓN ANTE EL MISMO TRIBUNAL SUPREMO.

QUE EL T.SUPREMO DICTÓ SENTENCIA Y FALLÓ CONDENANDO EN COSTAS AL RECURRENTE Y SIN ENTRAR EN EL FONDO DEL ASUNTO, LA PREVARICACIÓN. PERO AL PARECER LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA TIENEN ORDEN DE LA ALTA JUDICATURA DE FALLAR EN CONTRA TODAS LAS SENTENCIAS QUE INTERPONGAN LOS MILITARES ESPAÑOLES Y DE CUALQUIER ÍNDOLE; LA INDEFENSIÓN ES ABSOLUTA Y MORTAL DE NECESIDAD. EL ESTADO ESTÁ CORROMPIDO POR LA PARTIDOCRACIA DEL PP Y DEL PSOE...

AMEAUXET-3

http://foros.hispavista.com/mostrar/?&t=829705&p=1681026&posted=1#post1681026

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LA E.AUX.CAE, fue DISCRIMINADA en el año 1989 por la DT5ª1 de la Ley 17/89. Se les pudo integrar en la E. Media por la DT5ª2, de la Ley 17/89, como el resto del personal militar de todas las categorias de las distintas armas o cuerpos.

 ¡¡¡NO SE HIZO!!! .....¿por qué?

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LA D.T.5ª.2.DE LA LEY 17/89, DICE:

"LOS PROCESOS DE PROMOCIÓN INTERNA INICIADOS CON ANTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGOR DE LA PRESENTE LEY A LOS CUERPOS Y ESCALAS QUE SEGÚN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA DE ESTA LEY SE INTEGRAN EN LAS ESCALAS MEDIAS DE LOS CUERPOS ESPECÍFICOS DEL EJÉRCITO DE TIERRA DE LA ARMADA SE AJUSTARAN A LAS CONDICIONES REGULADAS EN SUS RESPECTIVAS CONVOCATORIAS PRODUCIÉNDOSE SU ACCESO A LAS ESCALAS CORRESPONDIENTES CON EL EMPLEO DE TENIENTE".

¿POR QUÉ NO SE HIZO?
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AL SR. MINISTRO DE DEFENSA  DEL PARTIDO SOCIALISTA D. JULIAN GARCÍA VARGAS  LE DEBEMOS LAS TRES ÚLTIMAS PROMOCIONES DE LA  E.AUX.CAE. "EL FAVOR" DE: ¡¡¡NO HABER SIDO OFICIALES EN ACTIVO!!!. FUE "ESE FAVOR" EL QUE RECIBIMOS EN FORMA DE DT5ª1 EL QUE NOS IMPIDIÓ SER OFICIALES EN ACTIVO.QUE  A SU VEZ FUE EL RESULTADO DE LA ENMIENDA Nº 36 PARA MODIFICAR EL ENTONCES PROYECTO DE LEY 17/89...

Ruiseñor
 
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  Re: PARA LAS TRES ÚLTIMAS PROMOCIONES DE LA E.AUX.CAE EN RT LLUEVE SOBRE MOJADO 24/Octubre/2007 - 17:00

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra su portavoz, el senador Caballero.

El señor CABALLERO MOYA: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado 29 enmiendas, en el trámite del Senado, al proyecto de ley de la carrera militar, que voy a defender de manera muy sucinta y agrupada.

Sobre el acceso de extranjeros a militar de complemento de la especialidad de medicina adscritos al Cuerpo Militar de Sanidad, se ha presentado la enmienda número 122, que propone una nueva disposición adicional quinta bis, y ello nos obliga modificar el artículo 3.5, mediante la enmienda número 107; el artículo 56.4, mediante la enmienda número 108; y el artículo 64.3, mediante la

enmienda número 113. Llamo la atención a los servicios de la Cámara sobre que el corchete que figura en la emienda quiere suprimir el párrafo «para su acceso a la condición de militar de tropa y marinería», en coherencia con la posibilidad de incorporar extranjeros como militares de complemento; el artículo 71, apartado 2.f), mediante la enmienda número 114; y el párrafo segundo del apartado IV del Preámbulo, mediante lo que se pretende en la enmienda número 101. Así pues, a la finalidad de ampliar el número de aspirantes a militar de complemento en la especialidad de medicina, se refieren las enmiendas números 122, 103, 108, 113, 114 y 101.

En cuanto al pase a la reserva, presentamos tres enmiendas. La número 127 propone una disposición transitoria quinta bis nueva para posibilitar el ascenso de los tenientes coroneles a comandantes en esta situación durante un amplio período de tiempo transitorio hasta el 30 de junio del año 2019; la enmienda número 118, a los apartados 3 y 10 del artículo 113, con la finalidad de completar la regulación de las formas de pase a reserva por cupos; y la enmienda número 126 a los apartados 2, 3 y 4 de la disposición transitoria séptima, para permitir que los suboficiales mayores que voluntariamente deseen pasar a la reserva lo hagan en condiciones semejantes a los subtenientes; posibilidad que se extiende también a los tenientes coroneles procedentes de la escala de oficiales que no se hayan integrado en las nuevas escalas. Con el riesgo de ser repetitivo, he de insistir en que la intención de los corchetes es suprimir el párrafo.

En cuanto al Cuerpo de Músicos Militares, hemos presentado seis enmiendas que, a mi juicio, recogen prácticamente las del Grupo Parlamentario Popular, por lo que, aunque no formalmente, podrían ser interpretadas como enmiendas transaccionales. La enmienda número 105 lo es al artículo 40.2, y la número 117 propone añadir un nuevo apartado 2 bis al artículo 97; con ellas pretendemos posibilitar que se alcance el empleo de general de brigada en el Cuerpo de Músicos Militares y la regulación del procedimiento específico para el ascenso.

La número 112 persigue la modificación de los apartados 1, 2 y 3 del artículo 62, para posibilitar que la promoción interna de los suboficiales músicos a la escala de oficiales de su cuerpo se pueda producir tanto en la especialidad de dirección como en una nueva de instrumentistas. Por fin, la número 106 al artículo 45.2, la 110 al artículo 58.2 y la 111 al artículo 59, se refieren a los requisitos de acceso y formación de los suboficiales músicos.

Sobre la rescisión de compromisos por incumplimiento de requisitos, hemos formulados dos enmiendas: al artículo 71. 2 g) la número 115, y al artículo 118.1 la número 119. Con ellas pretendemos que se pueda acordar la baja de un alumno en el centro militar de formación, durante los tres primeros años del compromiso, como consecuencia de la declaración fraudulenta del interesado.

En relación con las mejoras de algunos colectivos, presentamos cuatro enmiendas. La número 123 a la disposición transitoria cuarta.7 e), y la número 124 al apartado 16 de la misma disposición transitoria, para regular el ascenso a capitán de los tenientes de las escalas de oficiales que habían accedido a ellas con ese empleo y no con el de alférez. Estas dos enmiendas se retirarían, de aceptarse la transaccional a la disposición transitoria cuarta que hemos ofrecido de manera conjunta a los grupos parlamentarios Entesa Catalana de Progrés y Catalán en el Senado de Convergència i Unió.

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E.AUX EN RETIRO

Y las otras dos son la número 120 a la disposición adicional novena.4, que aclara la referencia de quién marcará la reordenación en las escalas auxiliares de aquellos que se encuentren en retiro, y la número 109 que intenta introducir un nuevo apartado 7 en el artículo 56, para dar un tratamiento semejante en los baremos de promoción interna a los militares profesionales y a los reservistas voluntarios.

La enmienda 129 se refiere a la actualización de los nuevos grupos de clasificación a efectos retributivos introducidos por el Estatuto básico del empleado público, y pretende introducir una disposición final segunda bis.

EXCLUSIVA PARA EL JEMAD (es mio)

La enmienda 104 al artículo 13.4 alude a la posibilidad de que los oficiales generales que ocupen determinados cargos puedan ser nombrados para puestos internacionales y continuar en servicio activo. Sobre esta enmienda se presentó una transaccional y, durante la celebración de la Ponencia, se encomendó una redacción al letrado de esta Comisión. La redacción que propuso el letrado obra en poder de todos los grupos. Yo la tengo en la mano y me atrevo a hacer una sugerencia. En el segundo párrafo, dice: no obstante, cuando se produzca alguna de las situaciones previstas en el párrafo anterior, los oficiales generales a que se refiere el mismo continuarán en situación de servicio activo hasta el momento de su cese. Propongo que, en lugar de repetir dos veces la palabra «situaciones», se sustituya la primera por «circunstancias». El texto quedaría así: no obstante, cuando se produzca alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior... Y todo lo demás, igual.

Por último, quiero referirme a una serie de enmiendas técnicas. La número 107 al artículo 50.2 pretende diferenciar los centros de formación de suboficiales de los de tropa y marinería; y repito de nuevo la finalidad supresiva del corchete. La número 116 al artículo 75.5 propone un ajuste más preciso a lo que prevé la Ley de tropa y marinería. La número 121 precisa las revalorizaciones de la prestación por gran invalidez. La número 125 a la disposición transitoria sexta,

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AQUÍ SE INCLUYE A LA RT EN LA DT112b de la Ley 17/99 (56 años)

y la número 128 a la disposición derogatoria única.2 establece las consecuencias del ascenso de suboficiales a tenientes en reserva. Por fin, la número 102 al párrafo cuarto del apartado VIII del preámbulo se propone completar en él las menciones a las disposiciones finales incluidas en la tramitación parlamentaria.

En cuanto a las enmiendas de otros grupos que quedan vivas, aunque el turno en contra lo consumirá mi compañero, Miguel Ángel Uzquiza, quiero referirme, si no tiene inconveniente el señor presidente, a una serie de transaccionales que obran en poder de los demás grupos. A la número 104, que redactó el señor letrado, ya me he referido anteriormente, y mis compañeros disponen del texto. Hay otra transaccional a las enmiendas 82 y 83 del

Grupo Parlamentario Entesa Catalana de Progrés y a la 98 del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, sobre constitución de escalas, así como otra a la número 93 del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, sobre situaciones administrativas de militares de complemento. También se han ofrecido transaccionales a las número 5 y 6 del Grupo Parlamentario de Senadores de Coalición Canaria, sobre excedencia por servicios en el sector público, y a la número 7 del mismo grupo, sobre pase a la reserva; hasta ahora, las han firmado todos los portavoces menos el del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, porque no se encuentra en la sala en este momento. Quiero saber si, a juicio del señor presidente y del señor letrado, existe la posibilidad de que, con las seis firmas recogidas, puedan introducirse estas dos transaccionales en el dictamen de la Comisión; no se trata de enmiendas sustanciales.

El señor PRESIDENTE: Sí, señoría. Según me indica el letrado, el artículo 115 lo permite. Le ruego que haga llegar después a la Mesa el texto de las enmiendas transaccionales.

El señor CABALLERO MOYA: Sí, señor presidente.

Me quedan dos transaccionales más por mencionar: una a la número 38 del Grupo Parlamentario Popular, sobre reconocimiento del servicio militar, y otra a la 39 del mismo grupo y a sus complementarias 8, 15, 16, 35 y 36, sobre Reales Ordenanzas.

Insisto en que, de aceptarse la enmienda transaccional a la disposición transitoria cuarta, sobre constitución de cuerpos y escalas, el Grupo Parlamentario Socialista retiraría las enmiendas 123 y 124, ya que las modificaciones que se pretenden introducir con ellas están incluidas en la transaccional.

Muchas gracias, señor presidente.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.

salud y república, pués con la monarquía lo llevamos claro....

Ruiseñor
 
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  PARA LAS TRES ÚLTIMAS PROMOCIONES DE LA E.AUX.CAE EN RT LLUEVE SOBRE MOJADO 24/Octubre/2007 - 16:37

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POR QUÉ SE  INCLUYE  A LA RESERVA TRANSITORIA EN LA ENMIENDA 128  Y PARA MÁS INRI A PROPUESTA DEL GPS EN EL SENADO?
CON ESTA ENMIENDA DE MODIFICACIÓN Nº 128, SE VUELVE A INCLUIR  A LA EAUX EN RT EN LA DT11ª DE LA LEY 17/99. 
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La DT11ª fue restrictiva de sus derechos económicos adquiridos. La mayoria de la EAUX en RT perdieron 10 años en los no pudieron ni pueden  seguir percibiendo sus retribuciones íntegras igual que el personal militar en activo, a los que por Ley estan equiparados en derechos económicos
 
HOY,  SE LES VUELVE A DISCRIMINAR EN RESERVA AL NEGARLES SER INCLUIDOS  EN LA DT 8ª DE LA LEY DE LA CARRERA MILITAR ... ¿POR QUÉ?
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A las tres últimas promociones se les acosó laboralmente para que se marchasen a la RT. Después se les expulsó de la vivienda militar, se promulgaron Leyes que les negaron la compra de las viviendas de las que fueron expulsados, se les descontó indebidamente 500€ por haber ascendido a teniente, ese mes cobraron 450€ y a pesar que por Ley 17/99 tenían reconocido el derecho a percibir sus retribuciones íntegras igual que un subteniente. Se les negó ser oficiales en activo y un largo etc...

________________

 Llueve sobre mojado  para  las tres últimas promociones de la escala auxiliar. Se marcharon a la RT por interés de la Defensa Nacional   y como imponía Europa al gobierno González

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PERDER 360 € AL AÑO?... ES MUCHO!!!

PERO, a día de hoy y desde hace casí 12 años, LA E.AUX.CAE ESTÁ PERDIENDO:

320 € AL MES el 20% de sus retribuciones estando en reserva y con el derecho a percibir íntegras sus retribuciones igual que los militares activos de su categoria profesional

350 € AL MES  del ascenso que le negaron y al que tiene dercho y, además,  tiene  reconocido por el RD 1000/85 y DA 8ª 3 Ley 17/89...

PERDIERON LA VIVIENDA MILITAR ...

SE LES NEGÓ LA COMPRA DE LA VIVIENDA QUE INJUSTAMENTE SE LES EXPULSÓ A LA QUE CIVILES TUVIERON OPCIÓN DE COMPRA...

DESCUENTOS INDEBIDOS EN NÓMINAS, ETC... 

Y  ADEMÁS, SI A ESO LE SUMAMOS  QUE PRETENDEN  QUITARNOS LOS TRIENIOS QUE TENEMOS ACUMULADOS...  porque EN EL SENADO en la LCM se quiere reconocer a los suboficiales y oficiales que todos los trienios perfeccionados en el grupo c los perciban del grupo b, pero sólo a los que obtuvieron esos empleos a partir de 1996...

¡¡¡ ES, Ó NO ES,  PARA SALIR A LA CALLE!!!

PERO CLARO,

 ¡¡¡¡ LA E.AUX.CAE NO SOMOS LOS  TCOLs DE LA ESO!!!

PARA LA E.AUX.CAE,

 

¿NO HAY DINERO?

 

PARA LA E.AUX.CAE,

¡¡¡HAY DISCRIMINACIÓN PERPETUA!!!

                                      

 EXPRESAR vuestra disconformidad con la enmienda 128; en el sentido de que la eaux en RT NO DEBE SEGUIR EN LA DT 11ª DE LA LEY 17/99 POR SER RESTRICTIVA DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS DE ESTE PERSONAL POR LA D.A 8ª 3 DE LA LEY 17/89. Deben  de quedar integrados y recogidos sus derechos (EL PERSONAL EN RT) en la DT8ª de la Ley de la Carrera Militar por estar en reserva y en consecuencia tener  el derecho a percibir íntegras sus retribuciones hasta los 63 años, como el resto del personal en RESERVA.

LOS DUEÑOS DEL CORTIJO, ESPAÑA
PONENTES
ALEU I JORNET, RAMÓN (GPECP)
CABALLERO MOYA, HILARIO (GPS)
COMPANYS I SANFELIÚ, RAMÓN (GPCIU)
MUÑOZ-ALONSO LEDO, ALEJANDRO (GPP)
SACRISTÁN RODRÍGUEZ, JOSÉ ANTONIO (GPP)
UZQUIZA GONZÁLEZ, MIGUEL ÁNGEL (GPS)
DIRECCIÓN:

PLAZA DE LA MARINA ESPAÑOLA , 8

28013 MADRID

SECRETARÍA GENERAL DEL SENADO

dirgi@senado.es

91-538.14.37

 
NAVEGAR POR LAS ENMIENDAS DEL SENADO
http://www.senado.es/legis8/expedientes/621/index_621000107.html 

======

Amigos, camaradas y compañeros: estamos ante una situación DE DISCRIMINACIÓN ECONÓMICA MUY GRAVE   dentro del estado español. Ha llegado el momento de actuar ante esta injusta  y provocativa DISCRIMINACIÓN.

La actuación consistirá en: DENUNCIAR ante la prensa nacional e internacional la vulneración de derechos económicos políticos y sociales que venimos sufriendo las EAUXCAE por parte del MINISDEF,  Tribunales Superiores de Justicia, Tribunal Supremo de España y por último denunciar a las CORTES GENERALES ESPAÑOLAS  ante Estrasburgo  por la actitud discriminatoria a que somete  a  los militares españoles de la ESCALA AUXILIAR DEL EJÉRCITO DE TIERRA.

OS ARENGO ADEMÁS A LA MANIFESTACIÓN EN MADRID. Y QUE DEBE DE SERVIR DE APOYO A LAS DENUNCIAS ANTES REFERIDAS.

saludo compañeros, amigos y camaradas

___

¡¡¡EFECTIVAMENTE!!!

EL ESTADO ESPAÑOL ESTÁ DISCRIMINANDO A LAS ESCALAS AUXILIARES DEL EJÉRCITO DE TIERRA Y LO VIENE HACIENDO DESDE 1977. LOS MILITARES NO PODEMOS PARTICIPAR EN POLÍTICA, DE ACUERDO... PERO ESO NO QUIERE DECIR QUE NO PODAMOS DEFENDER NUESTROS LEGÍTMOS INTERESES Y EL DE NUESTRAS FAMILIAS.

¡SI A LA MANIFESTACIÓN!


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