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Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra su portavoz, el senador Caballero.
El señor CABALLERO MOYA: Muchas gracias, señor presidente.
Señorías, el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado 29 enmiendas, en el trámite del Senado, al proyecto de ley de la carrera militar, que voy a defender de manera muy sucinta y agrupada.
Sobre el acceso de extranjeros a militar de complemento de la especialidad de medicina adscritos al Cuerpo Militar de Sanidad, se ha presentado la enmienda número 122, que propone una nueva disposición adicional quinta bis, y ello nos obliga modificar el artículo 3.5, mediante la enmienda número 107; el artículo 56.4, mediante la enmienda número 108; y el artículo 64.3, mediante la
enmienda número 113. Llamo la atención a los servicios de la Cámara sobre que el corchete que figura en la emienda quiere suprimir el párrafo «para su acceso a la condición de militar de tropa y marinería», en coherencia con la posibilidad de incorporar extranjeros como militares de complemento; el artículo 71, apartado 2.f), mediante la enmienda número 114; y el párrafo segundo del apartado IV del Preámbulo, mediante lo que se pretende en la enmienda número 101. Así pues, a la finalidad de ampliar el número de aspirantes a militar de complemento en la especialidad de medicina, se refieren las enmiendas números 122, 103, 108, 113, 114 y 101.
En cuanto al pase a la reserva, presentamos tres enmiendas. La número 127 propone una disposición transitoria quinta bis nueva para posibilitar el ascenso de los tenientes coroneles a comandantes en esta situación durante un amplio período de tiempo transitorio hasta el 30 de junio del año 2019; la enmienda número 118, a los apartados 3 y 10 del artículo 113, con la finalidad de completar la regulación de las formas de pase a reserva por cupos; y la enmienda número 126 a los apartados 2, 3 y 4 de la disposición transitoria séptima, para permitir que los suboficiales mayores que voluntariamente deseen pasar a la reserva lo hagan en condiciones semejantes a los subtenientes; posibilidad que se extiende también a los tenientes coroneles procedentes de la escala de oficiales que no se hayan integrado en las nuevas escalas. Con el riesgo de ser repetitivo, he de insistir en que la intención de los corchetes es suprimir el párrafo.
En cuanto al Cuerpo de Músicos Militares, hemos presentado seis enmiendas que, a mi juicio, recogen prácticamente las del Grupo Parlamentario Popular, por lo que, aunque no formalmente, podrían ser interpretadas como enmiendas transaccionales. La enmienda número 105 lo es al artículo 40.2, y la número 117 propone añadir un nuevo apartado 2 bis al artículo 97; con ellas pretendemos posibilitar que se alcance el empleo de general de brigada en el Cuerpo de Músicos Militares y la regulación del procedimiento específico para el ascenso.
La número 112 persigue la modificación de los apartados 1, 2 y 3 del artículo 62, para posibilitar que la promoción interna de los suboficiales músicos a la escala de oficiales de su cuerpo se pueda producir tanto en la especialidad de dirección como en una nueva de instrumentistas. Por fin, la número 106 al artículo 45.2, la 110 al artículo 58.2 y la 111 al artículo 59, se refieren a los requisitos de acceso y formación de los suboficiales músicos.
Sobre la rescisión de compromisos por incumplimiento de requisitos, hemos formulados dos enmiendas: al artículo 71. 2 g) la número 115, y al artículo 118.1 la número 119. Con ellas pretendemos que se pueda acordar la baja de un alumno en el centro militar de formación, durante los tres primeros años del compromiso, como consecuencia de la declaración fraudulenta del interesado.
En relación con las mejoras de algunos colectivos, presentamos cuatro enmiendas. La número 123 a la disposición transitoria cuarta.7 e), y la número 124 al apartado 16 de la misma disposición transitoria, para regular el ascenso a capitán de los tenientes de las escalas de oficiales que habían accedido a ellas con ese empleo y no con el de alférez. Estas dos enmiendas se retirarían, de aceptarse la transaccional a la disposición transitoria cuarta que hemos ofrecido de manera conjunta a los grupos parlamentarios Entesa Catalana de Progrés y Catalán en el Senado de Convergència i Unió.
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E.AUX EN RETIRO
Y las otras dos son la número 120 a la disposición adicional novena.4, que aclara la referencia de quién marcará la reordenación en las escalas auxiliares de aquellos que se encuentren en retiro, y la número 109 que intenta introducir un nuevo apartado 7 en el artículo 56, para dar un tratamiento semejante en los baremos de promoción interna a los militares profesionales y a los reservistas voluntarios.
La enmienda 129 se refiere a la actualización de los nuevos grupos de clasificación a efectos retributivos introducidos por el Estatuto básico del empleado público, y pretende introducir una disposición final segunda bis.
EXCLUSIVA PARA EL JEMAD (es mio)
La enmienda 104 al artículo 13.4 alude a la posibilidad de que los oficiales generales que ocupen determinados cargos puedan ser nombrados para puestos internacionales y continuar en servicio activo. Sobre esta enmienda se presentó una transaccional y, durante la celebración de la Ponencia, se encomendó una redacción al letrado de esta Comisión. La redacción que propuso el letrado obra en poder de todos los grupos. Yo la tengo en la mano y me atrevo a hacer una sugerencia. En el segundo párrafo, dice: no obstante, cuando se produzca alguna de las situaciones previstas en el párrafo anterior, los oficiales generales a que se refiere el mismo continuarán en situación de servicio activo hasta el momento de su cese. Propongo que, en lugar de repetir dos veces la palabra «situaciones», se sustituya la primera por «circunstancias». El texto quedaría así: no obstante, cuando se produzca alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior... Y todo lo demás, igual.
Por último, quiero referirme a una serie de enmiendas técnicas. La número 107 al artículo 50.2 pretende diferenciar los centros de formación de suboficiales de los de tropa y marinería; y repito de nuevo la finalidad supresiva del corchete. La número 116 al artículo 75.5 propone un ajuste más preciso a lo que prevé la Ley de tropa y marinería. La número 121 precisa las revalorizaciones de la prestación por gran invalidez. La número 125 a la disposición transitoria sexta,
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AQUÍ SE INCLUYE A LA RT EN LA DT112b de la Ley 17/99 (56 años)
y la número 128 a la disposición derogatoria única.2 establece las consecuencias del ascenso de suboficiales a tenientes en reserva. Por fin, la número 102 al párrafo cuarto del apartado VIII del preámbulo se propone completar en él las menciones a las disposiciones finales incluidas en la tramitación parlamentaria.
En cuanto a las enmiendas de otros grupos que quedan vivas, aunque el turno en contra lo consumirá mi compañero, Miguel Ángel Uzquiza, quiero referirme, si no tiene inconveniente el señor presidente, a una serie de transaccionales que obran en poder de los demás grupos. A la número 104, que redactó el señor letrado, ya me he referido anteriormente, y mis compañeros disponen del texto. Hay otra transaccional a las enmiendas 82 y 83 del
Grupo Parlamentario Entesa Catalana de Progrés y a la 98 del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, sobre constitución de escalas, así como otra a la número 93 del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, sobre situaciones administrativas de militares de complemento. También se han ofrecido transaccionales a las número 5 y 6 del Grupo Parlamentario de Senadores de Coalición Canaria, sobre excedencia por servicios en el sector público, y a la número 7 del mismo grupo, sobre pase a la reserva; hasta ahora, las han firmado todos los portavoces menos el del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, porque no se encuentra en la sala en este momento. Quiero saber si, a juicio del señor presidente y del señor letrado, existe la posibilidad de que, con las seis firmas recogidas, puedan introducirse estas dos transaccionales en el dictamen de la Comisión; no se trata de enmiendas sustanciales.
El señor PRESIDENTE: Sí, señoría. Según me indica el letrado, el artículo 115 lo permite. Le ruego que haga llegar después a la Mesa el texto de las enmiendas transaccionales.
El señor CABALLERO MOYA: Sí, señor presidente.
Me quedan dos transaccionales más por mencionar: una a la número 38 del Grupo Parlamentario Popular, sobre reconocimiento del servicio militar, y otra a la 39 del mismo grupo y a sus complementarias 8, 15, 16, 35 y 36, sobre Reales Ordenanzas.
Insisto en que, de aceptarse la enmienda transaccional a la disposición transitoria cuarta, sobre constitución de cuerpos y escalas, el Grupo Parlamentario Socialista retiraría las enmiendas 123 y 124, ya que las modificaciones que se pretenden introducir con ellas están incluidas en la transaccional.
Muchas gracias, señor presidente.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.
salud y república, pués con la monarquía lo llevamos claro....
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