Anulan las convocatorias de selección de once especialistas
Un juez ha anulado unas convocatorias de selección de once especialistas y un enfermero en Aragón por vulnerar el derecho de igualdad en el acceso al empleo público. Se valoraron méritos que debían ser requisitos, como la posesión del título, y se dio un peso excesivo a la entrevista.
Nuria Siles 25/11/2008
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Zaragoza ha dictado una sentencia en la que obliga al Consorcio de Salud -que gestiona varios hospitales pequeños de Aragón- a anular unas convocatorias de selección de personal sanitario por haber vulnerado el derecho de igualdad en el acceso al empleo público.
El fallo afecta a las doce contrataciones que se han producido como consecuencia de las convocatorias, una para ocupar una plaza de enfermería obstétrico-ginecológica y once para especialistas (en concreto, una de Ginecología y Obstetricia; otra de Nefrología; dos de Oftalmología; una de Cardiología; otra más de Dermatología; dos de Anestesia; una de Cirugía General y del Aparato Digestivo; otra de Medicina Interna y una última de Medicina Física y Rehabilitación).
Pendientes del TSJ
No obstante, la sentencia no es firme, ya que el consorcio la ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Aragón. En el caso de que éste la confirme y adquiera firmeza, las contrataciones quedarían anuladas definitivamente y habría que iniciar un nuevo proceso de selección que respetara el derecho de igualdad en el acceso al empleo público.
Según Rubén Eito, secretario de Acción Sindical de
la Federación
de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Aragón, "la sentencia es muy sólida" y no cree que el recurso vaya a cambiar la dirección del fallo. Además, ha señalado que en el momento de la selección su sindicato ya avisó de las irregularidades que se estaban cometiendo.
Decisión discrecional
El juzgado, que es muy contundente en sus argumentaciones, considera que la absoluta indeterminación de la entrevista y la importante proporción de que tuvo ésta en la puntuación, que es el 47 por ciento, "hace que la decisión resulte ser en la realidad absolutamente discrecional, y de ello a la arbitrariedad hay sólo un paso, pues ni antes se puede saber cómo va a resultar la entrevista, ni después se podrá saber el porqué de su resultado, que será en realidad el del concurso", dado el peso de la entrevista. Por lo tanto, el juez entiende que no se garantizó "en absoluto un trato igual".