INFORMACION DE INTERES GENERAL:
Los parados/as que hayan agotado su prestación y no dispongan de ingresos superiores al 75% de Salario Mínimo Interprofesional (SMI) podrán solicitar a partir deL 17-8-2009 la ayuda mensual de 420 euros.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado sábado el Decreto Ley por el que se regula el programa temporal de protección por desempleo e inserción, que tendrá una duración de seis meses, prorrogable por periodos de seis meses mientras la tasa de paro supere el 17%.
l@s beneficiari@s de este programa deberán ser menores de 65 años desempleados, que hayan agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo desde el día 1 de agosto y los 180 días naturales siguientes a esa fecha y no tengan derecho al subsidio, siempre que carezcan de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, así como aquellos que hayan extinguido por agotamiento, incluidas las prórrogas, los subsidios por desempleo. los cuales deberán presentar sus solicitudes en los 60 días siguientes al agotamiento de la prestación o subsidio por desempleo.
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