Defensa eleva hasta los 7.650 efectivos el límite de soldados y marineros iberoamericanos en las Fuerzas Armadas
MADRID, 17 (EUROPA PRESS)El Ministerio de Defensa ha elevado en 2008 el límite de soldados y marineros de nacionalidades iberoamericanas que pueden formar parte de las Fuerzas Armadas españolas hasta los 7.650 efectivos, cifra que representa un nueve por ciento del total de la plantilla prevista para este año (85.000 militares profesionales).Durante el pasado año, la presencia de extranjeros estaba restringida a un máximo de 5.950 soldados y marineros, un siete por ciento del total de las plantillas, y se situó en cifras cercanas al cinco por ciento, con más de 4.000 efectivos. Por medio de una orden ministerial publicada hoy por el BOE y recogida por Europa Press, Defensa ha fijado oficialmente el total de soldados y marineros profesionales en 85.000 efectivos, la misma cifra que el pasado año, con un total de 7.650 plazas que pueden ser ocupadas por ciudadanos iberoamericanos. La resolución ministerial regula las pruebas selectivas para el ingreso en centros de docentes militares de nuevos reclutas españoles y de otras nacionalidades y convoca el primer ciclo de reclutamiento, con un total de 3.125 plazas, de las cuales 487 pueden ser cubiertas por extranjeros.El aumento del cupo de iberoamericanos es consecuencia de otra orden ministerial aprobada en febrero del pasado año por el Departamento que dirige José Antonio Alonso, quien al igual que su antecesor en el cargo, José Bono, decidió modificar el Reglamento de Acceso de ciudadanos extranjeros para aumentar la cuota y adaptar así la plantilla a la sociedad española actual. El incremento fue decretado por Alonso con el respaldo de la cúpula militar, según fuentes de Defensa, que aseguraron entonces que los jefes de Estado Mayor de la Armada y los Ejércitos del Aire y de Tierra son partidarios de que su presencia "alcance, cuando no todas, a un mayor número de unidades y un importante conjunto de especialidades". Gracias a ese cambio normativo, los ciudadanos iberoamericanos pueden ingresar actualmente en "todas las unidades" del Ejército de Tierra y en unidades de la Marina como el Tercio de Armada y los tercios y agrupaciones de la Fuerza de Protección de Infantería de Marina, además de incorporarse a los buques de la Flota (excepto los submarinos) y de la Fuerza de Acción Marítima. En el caso de la Fuerza Aérea, tienen la posibilidad de ingresar en todas las unidades excepto el Estado Mayor del Ejército del Aire, el Cuartel General del Mando Aéreo de Combate y otras unidades de mando y control.La incorporación de extranjeros procedentes de determinados países iberoamericanos con vínculos con España y de Guinea Ecuatorial fue aprobada por el anterior Gobierno mediante un decreto ratificado en noviembre de 2002, tras la aprobación de una ley para permitir el acceso de estos ciudadanos a los Ejércitos y la Armada como militares profesionales. Ese primer decreto fijó como límite de extranjeros para los próximos tres años el dos por ciento del total de soldados y marineros profesionales. La medida estableció que los ciudadanos autorizados a incorporarse a las Fuerzas Armadas españoles serán los originarios de Bolivia, Costa Rica, Colombia, Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, Guinea Ecuatorial, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay, Venezuela y Guinea Ecuatorial. Posteriormente, el Gobierno socialista modificó el reglamento de acceso, mediante otro decreto ratificado en diciembre de 2004 y por el que el cupo máximo quedó fijado en el siete por ciento del total de efectivos de Tropa y Marinería profesional. Tras la última revisión realizada por el entonces ministro de Defensa, José Bono, el reglamento estaba pendiente de ser actualizado por el Gobierno, ahora con José Antonio Alonso al frente de la cartera.La presencia de ciudadanos iberoamericanos se ampliará próximamente gracias a la aprobación en noviembre de 2007 de la Ley de la Carrera Militar, que permite su incorporación a los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas en la escala de Oficiales de Complemento, una medida que permitirá paliar en buena medida la falta de cobertura de plantillas en el Cuerpo Militar de Sanidad.
Puedes dar total crédito a ese documento y te diré algunas cosas más sobre otros más detallados que son verdad pero no toda la verdad (el resto y los datos de las personas implicadas no tardarán en salir publicados en la prensa).Como ya se ha comentado en este foro, se ha cocido hace unos días una especie de manifiesto sindical de la ESO (solamente en el E.T., como siempre, haciendo currículum en la democracia) en la que se han implicado directamente a los más altos cargos militares del Ejército, a los políticos del ministerio (Ministro y Secretaria de Defensa). También parece que han liado en el “pacto por la pasta” al Partido Popular con quien se dice en el documento oficial que se ha tenido un “contacto positivo”.El fondo del asunto trata en definitiva de saltarse mediante trucos legales el límite que establece la ley para controlar que sólo asciendan a Coronel los que sean necesarios (1050). Una medida “aceptada” por la sacrificada ESO sería el ascenso a Coronel de todos los TCOLES que no den la talla, una vez enviados a su casa mediante reservas y previa liquidación de 60000 euros en concepto de retribuciones no percibidas como complementos de dedicación especial, productividad o específicos del puesto de trabajo.El piquete sindical que ha dirigido la revuelta está formado por dos hachas de la 35 y 36 promoción de la ESO. Enhorabuena, menudo ejemplo estáis dando.
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO VIII LEGISLATURA Serie II: PROYECTOS DE LEY 16 de octubre de 2007 Núm. 107(d) (Cong. Diputados, Serie A, núm. 114 Núm. exp. 121/000114)
PROYECTO DE LEY 621/000107 De la carrera militar.INFORME DE LA PONENCIA 621/000107 PRESIDENCIA DEL SENADO En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del Informe emitido por la Ponencia designada en el seno de la Comisión de Defensa para estudiar el Proyecto de Ley de la carrera militar.Palacio del Senado, 11 de octubre de 2007.-P. D., Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.Al Excmo. Sr. Presidente de la Comisión de Defensa.Excmo. Sr.:La Ponencia designada para estudiar el Proyecto de Ley de la carrera militar, integrada por D. Ramón Aleu i Jornet (GPECP), D. Hilario Caballero Moya (GPS), D. Ramón Companys i Sanfeliú (GPCIU), D. Alejandro Muñoz-Alonso Ledo (GPP), D. José Antonio Sacristán Rodríguez (GPP) y D. Miguel Ángel Uzquiza Gónzalez, tiene el honor de elevar a la Comisión de Defensa el siguiente INFORME ...///... Disposición adicional novena. Reordenamiento de los escalafones de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra.7. Cualquiera de las nuevas situaciones generadas en aplicación de esta disposición no tendrá para ninguno de los interesados efectos económicos anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta ley y, en el caso de los de servicio activo, ninguno anterior a la fecha de su pase a reserva....//...
PROYECTO DE LEY 621/000107 De la carrera militar.INFORME DE LA PONENCIA 621/000107 PRESIDENCIA DEL SENADO En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del Informe emitido por la Ponencia designada en el seno de la Comisión de Defensa para estudiar el Proyecto de Ley de la carrera militar.Palacio del Senado, 11 de octubre de 2007.-P. D., Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.Al Excmo. Sr. Presidente de la Comisión de Defensa.Excmo. Sr.:La Ponencia designada para estudiar el Proyecto de Ley de la carrera militar, integrada por D. Ramón Aleu i Jornet (GPECP), D. Hilario Caballero Moya (GPS), D. Ramón Companys i Sanfeliú (GPCIU), D. Alejandro Muñoz-Alonso Ledo (GPP), D. José Antonio Sacristán Rodríguez (GPP) y D. Miguel Ángel Uzquiza Gónzalez, tiene el honor de elevar a la Comisión de Defensa el siguiente INFORME ...///...
Disposición adicional novena.
Reordenamiento de los escalafones de las Escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra.7. Cualquiera de las nuevas situaciones generadas en aplicación de esta disposición no tendrá para ninguno de los interesados efectos económicos anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta ley y, en el caso de los de servicio activo, ninguno anterior a la fecha de su pase a reserva....//...