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La Audiencia de Badajoz arremete durísimamente contra las interpretaciones nihilistas de nuestra antes prestigiosa, y hoy calamitosa, Dirección General.
Afirma que, en el Informe ,el registrador debe informar jurídicamente (lo cual no autoriza evidentemente a añadir nuevos defectos).
El informe es lo normal en los recursos contra la Administración. Así la propia DG informa en los recursos de alzada ante el Ministro y a la Abogacía del Estado en los recursos judiciales.
También reconoce al Registrador legitimación activa para recurrir las Resoluciones de la Dirección General, que ésta negaba.
Esta Dirección General, sin duda, pasará a la Historia de los disparates jurídicos.
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