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FORO DE CASOS PRÁCTICOS AYUDA MUTUA
INCLUSION NUEVO TITULAR PRESTAMO
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JUSTICIAENLALIQUIDACION
 
Mensajes: 3
Registrado: Julio/2008
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  Re: Re: Re: INCLUSION NUEVO TITULAR PRESTAMO 14/Julio/2008 - 13:39

Lo cierto es que la formación jurídica de los liquidadores es de sobra suficiente para saber que la incorporación de un nuevo deudor no puede estar sujeta a ISD pues la asunción de la deuda no es liberatoria, tal como exige el artículo 12 del Reglamento del Impuesto para someter a tributación a la asunción de deuda, lo que no concurre en el supuesto que planteas. El citado artículo 12 RIS es de sobra conocido por los liquidadores.

 

El mayor problema que veo yo es que los liquidadores van "campando a sus anchas" y exigiendo tributos desmesurados, aún a sabiendas de su, cuando menos, dudosa procedencia. Ello ocasiona que el obligado tributario se quede en una situación muy gravosa y le obliga a recurrir, recurso que normalmente no tendrá la suficiente formación para interponer, con lo cual se verá obligado a tener que contratar a un abogado con los gastos que ello ocasionará y en su caso, a avalar el pago del tributo.... si es que puede conseguir el aval.

 

Claro está que si la Entidad solicita un deudor solidario para asegurarse de la solvencia del deudor, lo lógico es que éste no esté muy boyante en lo que a recursos económicos se refiere...

 

Mientras tanto el liquidador,  tan tranquilo, con la resolución A SABIENDAS INJUSTA.

 

Sobre todo en esta época de crisis en la que las Haciendas Autonómicas están más escasas en lo que a recaudación se refiere, se están produciendo INJUSTAS exigencias de IMPROCEDENTES TRIBUTOS.

 

Creo que ya es hora de exigir responsabilidades. El código Penal recoge esta actuación por si fuese constitutiva de delito:

 

Artículo 404: A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años.

 

esther9990
 
Mensajes: 2
Registrado: Julio/2008
Estado: Off-line
Grupo: Nuevo usuario
 
 
  Re: Re: INCLUSION NUEVO TITULAR PRESTAMO 13/Julio/2008 - 13:54

Muchísimas gracias, realmente interesante el artículo así como el foro con sus  respuestas. De todas maneras, hablamos de una supuesta liquidación complementaria de donaciones por importe a pagar de unos 100.000 Euros, que en la situación de los titulares del préstamo es imposible abonarla e incluso al Banco ahora, le está poniendo los pelos de punta. Por lo que me pregunto si, estando de acuerdo la entidad acreedora, un acta complementaria o de rectificación ante el Notario, en el sentido de que por error se dijo titular en lugar de avalista, podría servir para evitar el impuesto o si una vez autorizada la escritura, el hecho imponible ya está ahi. Gracias de nuevo.
Llobu
 
Mensajes: 52
Registrado: Febrero/2007
Estado: Off-line
Grupo: Nuevo usuario
 
 
  Re: INCLUSION NUEVO TITULAR PRESTAMO 12/Julio/2008 - 13:20

Tienes en esta misma página:
- Un interesante informe de Jorge López Navarro en el resumen de mayo de 2008 para Notarías.
- El debate abierto sobre la misma cuestión el 9 de abril de 2008  en este foro.
- En las Sección Fiscal dos artículos publicados por Vicente Martorell y Jorge Díaz Cadórniga sobre un tema conexo como es la fianza sobrevenida.
esther9990
 
Mensajes: 2
Registrado: Julio/2008
Estado: Off-line
Grupo: Nuevo usuario
 
 
  INCLUSION NUEVO TITULAR PRESTAMO 11/Julio/2008 - 17:42

Necesitaría vuestra ayuda en el siguiente tema: El Banco, al hacer una novación de plazo, ha incluido a un nuevo titular en el préstamo, el cual no es titular de la vivienda, ni puede serlo.¿ Entendeis que existe una donación por la totalidad de la deuda al ser esta de caracter solidario?. Además el nuevo titular es un no residente ¿tiene algun otro tipo de repercusión fiscal? Me urge mucho vuestra ayuda. Muchas gracias


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