FORO DEL SIGLO XXI

el nuevo estado comunal
estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I
* E-mail:
* Password:
Registrarse Presentación Miembros Imágenes
¿Has olvidado tu Password?

Lista de mensajes
Autor Mensaje
Jose Diaz
 
Mensajes: 9
Registrado: Noviembre/2008
Estado: Off-line
Grupo: Nuevo usuario
 
 
  Re: Re: Re: estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I 10/Noviembre/2008 - 14:52

Jose Diaz
 
Mensajes: 9
Registrado: Noviembre/2008
Estado: Off-line
Grupo: Nuevo usuario
 
 
  Re: Re: Re: estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I 10/Noviembre/2008 - 14:52

Jose Diaz
 
Mensajes: 9
Registrado: Noviembre/2008
Estado: Off-line
Grupo: Nuevo usuario
 
 
  Re: Re: Re: estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I 10/Noviembre/2008 - 14:52

Jose Diaz
 
Mensajes: 9
Registrado: Noviembre/2008
Estado: Off-line
Grupo: Nuevo usuario
 
 
  Re: Re: Re: estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I 10/Noviembre/2008 - 14:51

Jose Diaz
 
Mensajes: 9
Registrado: Noviembre/2008
Estado: Off-line
Grupo: Nuevo usuario
 
 
  Re: Re: Re: estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I 10/Noviembre/2008 - 14:50

Jose Diaz
 
Mensajes: 9
Registrado: Noviembre/2008
Estado: Off-line
Grupo: Nuevo usuario
 
 
  Re: Re: Re: estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I 10/Noviembre/2008 - 14:50

Jose Diaz
 
Mensajes: 9
Registrado: Noviembre/2008
Estado: Off-line
Grupo: Nuevo usuario
 
 
  Re: Re: Re: estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I 10/Noviembre/2008 - 14:47

SR AMADO RIVERO SULUDOS: MI CORREO ES EL SIGUIENTE.

elcatire_002_8@hotmail.com

mi nombre es Jose Diaz. ;como usted vera el sabado se eligio la junta comunal del sector prolongacion soublette  y necesitamos el orden a seguir despues de la eleccion  esperamos nos envie a mi correo la mayor informacion posible para seguir la pauta en la organizacion .

se lo agradecemos.

amado rivero
 
Mensajes: 68
Registrado: Junio/2007
Estado: Off-line
Grupo: Administrador del foro
 
 
  Re: Re: estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I 01/Noviembre/2008 - 02:45

camarada necesito  que me escriba a esta direccion de correo

amadorivero2000@hotmail.com  asi les repondo y anoto su direccion

en la¨= red_nac_consejoscomunale@hotmail. com.  asi le podre enviar todas las informaciones y documentos aparte  tendra las direcciones de un grupo bastante grande de consejos comunales

mi celular es 0416 259 66 63

amado rivero
 
Mensajes: 68
Registrado: Junio/2007
Estado: Off-line
Grupo: Administrador del foro
 
 
  Re: Re: estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I 01/Noviembre/2008 - 02:44

camarada necesito  que me escriba a esta direccion de correo

amadorivero2000@hotmail.com  asi les repondo y anoto su direccion

en la¨= red_nac_consejoscomunale@hotmail. com.  asi le podre enviar todas las informaciones y documentos aparte  tendra las direcciones de un grupo bastante grande de consejos comunales

mi celular es 0416 259 66 63

william Ortega
 
Mensajes: 1
Registrado: Octubre/2008
Estado: Off-line
Grupo: Nuevo usuario
 
 
  Re: estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I 31/Octubre/2008 - 18:38

hola soy miembro del consejo comunal "el barniz, municipio libertador, y quiero saber si pueden enviarme, los estatutos más recientes o sus modificaciones, tambien si pueden enviarme algunas experiencias que hayan tenido con mla puesta en practica de estos estatutos.
theibys Diaz
 
Mensajes: 3
Registrado: Agosto/2008
Estado: Off-line
Grupo: Nuevo usuario
 
 
  Re: estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I 08/Agosto/2008 - 01:40

Tengan un saludo de parte de mi persona, estuve leyendo sus estatus y me parecieron fantasticos y quisiera saber si pueden enviarmelos completo para comenzar a realizar los estatutos del consejo comunal que pertenezco espero su pronta respuesta gracias hasta luego aqui le dejo mi numero de telefono 04269568475. vivo en barquisimeto estado lara.
theibys Diaz
 
Mensajes: 3
Registrado: Agosto/2008
Estado: Off-line
Grupo: Nuevo usuario
 
 
  Re: estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I 08/Agosto/2008 - 01:34

Tengan un saludo de parte de mi persona, estuve leyendo sus estatus y me parecieron fantasticos y quisiera saber si pueden enviarmelos completo para comenzar a realizar los estatutos del consejo comunal que pertenezco espero su pronta respuesta gracias hasta luego aqui le dejo mi numero de telefono 04269568475. vivo en barquisimeto estado lara.
amado rivero
 
Mensajes: 68
Registrado: Junio/2007
Estado: Off-line
Grupo: Administrador del foro
 
 
  Re: Re: estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I 22/Julio/2008 - 18:01

camarada del estado vargas  le responde amado rivero, para mandarle el documento completo necesito su correo electronico. por favor escribame a esta direccion  < amadorivero2000@hotmail.com y le mandare en adjunto el documento de funcionamiento

atte amado rivero

lourdes aguilera
 
Mensajes: 1
Registrado: Julio/2008
Estado: Off-line
Grupo: Nuevo usuario
 
 
  Re: estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I 14/Julio/2008 - 14:54

Hola , buenos dias, reciban un fuerte abrazo desde el estado Vargas. estuve viendo sus estatutos del consejo comunal de uds, habrá posibilidad de que por este medio me lo envien completo, me gustó su redacción , agradecida de antemano, nosotro aca en nuestro sector estamos en la etapa de elegir, el organo ejecutivo, /otros.- gracias mis telefonos 0424-1036409
amado rivero
 
Mensajes: 68
Registrado: Junio/2007
Estado: Off-line
Grupo: Administrador del foro
 
 
  estatutos del funcionamiento del consejo comunal parte I 30/Junio/2007 - 00:43

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

 

ESTADO LARA MUNICIPIO  PALAVECINO

 

PARROQUIA CABUDARE

 

COMUNIDAD LAS  ACACIAS.

 

 

 

                  ESTATUTOS  DE  FUNCIONAMIENTO

 

                                         DEL

 

         CONSEJO COMUNAL  DE LAS  ACACIAS

 

 

                                              TITULO  I

 

                                   DIPOSICIONES  GENERALES

 

 

  Del Objeto.

 

 

Articulo Nº 1 El presente estatuto  tiene por objeto establecer las normas de funcionamiento internas y externas del Consejo Comunal de las Acacias, sobre  el desarrollo de  reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Comunal en pleno, de las asambleas ordinarias y extraordinarias y de  las atribuciones, deberes, derechos y penalidades, del ejecutivo, de la unida financiera o  banco comunal y de la unida de contraloría social,

 

 

De  la integración del Consejo Comunal.

 

 

Articulo Nº 2  El Consejo Comunal de las acacias  esta integrado  por La asamblea de ciudadanos y ciudadanas, trece (13) voceros y voceras  perteneciente al órgano  ejecutivo, cinco (5) miembros  perteneciente a la Unidad Financiera y cinco (5) miembros  mas perteneciente a la Unida de Contraloría Social,

 

 

De la Finalidad del los estatutos

 

 

.ARTICULO Nº 3  La Finalidad de los estatutos de funcionamiento de Consejo Comunal de las Acacias son las siguientes.

 

 

1) Establecer las normas de  las asambleas ordinarias  del  Consejo Comunal en pleno y extraordinarias

 

2) Establecer las normas de  las asambleas ordinarias  del  órgano ejecutivo   y extraordinarias

 

3) Establecer las normas de  las asambleas extraordinarias  de  Ciudadanos y ciudadanas,

 

4)  Establecer las normas  para las convocatorias  a las reuniones del consejo comunal, órgano ejecutivo y de la asambleas de ciudadanos y ciudadanas extraordinarias.

 

5)  Establecer  las normas de la participación ciudadana en las asambleas  de ciudadanos y ciudadanas extraordinarias,

 

6) .Deberes  de los voceros  del órgano Ejecutivo del Consejo Comunal.

 

7) Deberes de los  miembros integrantes de la Unidad de Contraloría Social del Consejo Comunal.

 

8) . De  las  Penalidades  a los voceros y voceras  del  Consejo  Comunal  de la Comunidad las Acacias.

 

 

Articulo Nº 4  Se establece  que una vez  aprobado  los estatutos  de  funcionamiento del Consejo Comunal de la comunidad  de las Acacias,   por las asamblea de ciudadanos y ciudadanas,  el Consejo Comunal  no podrá  modificarlo,

 

 

Articulo Nº 5 De la reforma o derogación  de los estatutos del Consejo Comunal, de la Comunidad las Acacias, se establece que para hacerle una reforma, o derogarlo  se  tiene  que elaborar un proyecto de estatutos y presentarlo  a  la asamblea de ciudadano y ciudadana.  Si la asamblea supera el número  de  personas  que aprobaron  los estatutos vigentes,  este  queda reformado o derogado  y entra en vigencia inmediatamente el nuevo estatuto de dicho consejo.

 

 

TITULO II

 

Capitulo I

 

 

       De las Reuniones  Ordinarias del Consejo Comunal y extraordinarias

 

 

Articulo Nº 6 Se establece que el Consejo Comunal de la Acacias se reunirá en pleno en reunión ordinaria  el primer domingo de cada mes  a las 7.30 PM, tendrá como sede provisional la casa  de la Sra.   Luisa   de  Hernández  ubicada en  la calle 7 AV, 7 Nº

 

Articulo  Nº 7  Se establece  que el Consejo Comunal  en su primera asamblea general con la presencia  de los vocero y voceras del órgano ejecutivo y de los integrantes de la unidad financiera y de la unidad  de contraloría  social, nombrara una secretaria o secretario,  igualmente  se establece  que en cada reunión  se nombrara un director  o directora de debate.

 

 

TITULO II

 

CAPITULO II

 

De las Reuniones  y Asambleas Extraordinarias, convocatorias y de la participación ciudadana y sus normativas.

 

 

Articulo Nº  8  Se establece  que las convocatorias  para reuniones del Consejo Comunal en pleno  extraordinarias  se efectuaran con  cuarenta y ocho horas  de antelación  dicha  convocatoria  deberá ser por escrito  y  tener plasmada  la hora, lugar y fecha de la reunión. firma y sello del  órgano convocante.

 

 

Del órgano ejecutivo

 

Articulo Nº 9  Se establece  que  tres  voceros o voceras pueden convocar a una reunión extraordinaria  del órgano ejecutivo, dicha convocatoria  se efectuara  por escrito  con veinte y cuatro horas de antelación  y deberá  contener  fecha, hora, lugar  y la firma de los tres convocantes.

 

 

De la Asambleas Ciudadanas

 

Articulo Nº 10  De las Asambleas de ciudadanos y ciudadanas, se establece  que todas estas asambleas son de carácter extraordinarias y pueden ser convocadas  por el órgano ejecutivo a titulo de este previa aprobación en reunión de dicho órgano, a titulo personal  por el mínimo  de tres (3) voceros  o voceras, a titulo de las unidades por tres (3) miembros  a titulo personal por un miembro de cada una de las unidades  que integran el consejo comunal,

 

 

De las Convocatoria.

 

 Articulo Nº 11   se establece  que las convocatorias deben hacerse con setenta y dos (72) horas de antelación y por escrito  dicha convocatoria contendrá  lugar, hora, los puntos que se van tratar, nombres de los invitados especiales si lo hay  y la firma de los convocantes  a dicha asamblea de ciudadanos y ciudadanas,  las  asambleas  para ser de carácter vinculante  para el consejo comunal  deberán  asistir  por lo menos  un 15 % por ciento  de los votantes censados  perteneciente a la comunidad,  cada una de las hoja para la toma de la asistencia debe estar a numerada  y con el acabezazo  bien definido, fecha de la asamblea.

 

 

De la participación ciudadana.

 

 

Articulo Nº 12  La participación ciudadana en la asamblea de ciudadano y ciudadanas,  se definen  por colectivas  e individuales,  la participación colectiva es la  que ejerce a la hora de aprobar o desaprobar, propuestas, proyectos  donde las decisiones son por mayoría absoluta de los presentes  en dicha asamblea, la participación individual es  a través  del derecho de palabra,  para  el cual   el interesado en participar  le solicitaran a los convocantes,  el ser inscripto  en el derecho de palabra, el cual no le podrá ser negado.  Al menos que supere el numero de participante establecido como norma en esto estatutos,

 

 

De las normativas del derecho de palabra.

 

 

Articulo Nº 13 Se establece  como normas  para ejercer  el derecho de palabra en una asamblea de ciudadanos y ciudadanos,  estar inscripto en el orden del día,  cumplir con el tiempo de intervención  que no  se excederá  de cinco (5) minutos  las intervenciones  de derechos de palabras no superaran  a diez (10) intervenciones,  el ciudadano  o ciudadana  se atendrá  de no salirse del tema,  de lo contrario  se le suspenderá el derecho de palabra.

 

 

TITUTLO II

 

CAPITULO IIi

 

                     De  las  asambleas Ordinarias del  Órgano ejecutivo

 

 

Articulo Nº 14 Se establece que el Órgano ejecutivo  del Consejo Comunal de las Acacias se  reunirá  el segundo  miércoles ( día)  de cada mes,  hora de  inicio de la reunión 6.30 P M. lugar  calle 7 av. 7 casa de la Sra. Luisas de Hernández, Igualmente  se establece  que  llegadas   las  7, PM,   de no haber el quórum  reglamentario  la reunión se suspenderá  y se nombrara una comisión  de por lo menos dos personas,  para  que convoquen a una nueva reunión  por escrito a realizarse en un plazo no mayor de tres días.

 

 

Articulo Nº 15   Se establece que el órgano ejecutivo en su primera asamblea  debe nombrar una secretaria  o secretario  que será  designada por un año (1)  igualmente se establece que en cada reunión nombrara un director de debate,

 

TITULO II

 

CAPITULI IV

 

 De las Asambleas  de  la Unidad   de contraloría Social .y Banco Comunal

 

Articulo Nº 16 Se establece  que las reuniones de  la contraloría social se  realizaran  el dia  x de cada mes  a  las hora  x PM 

 

Articulo Nº 17  Se establece  que el funcionamiento del Banco Comunal,  se regirá  por las normas de las ley de   las Cooperativas,  sin menoscabo a lo establecido en los estatutos del Consejo Comunal de las Acacias. 

 

                                           

 

                                                 TITULO III

 

                                               CAPITULO I

 


Usuarios activos
2 usuarios activos: 0 miembros y 2 huespedes en el foro.
 Reglas de mensaje
puedes escribir nuevos temas
puedes responder a los temas
puedes adjuntar archivos
no puedes editar tus mensajes
Contactar con el Administrador del foro.

La utilización del servicio vendrá condicionada por la previa aceptación de las Condiciones Generales de Uso del Servicio.



Foro gratis creado en ForosWebGratis.com. Crea tu propio foro aquí.

CONSTRUYAMOS EL NUEVO ESTADO COMUNAL