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Alejandro Ramírez
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Lunes, 20 de febrero de 2006, Diario Médico.
Efe
El TJCE respalda la antigüedad de una trabajadora con permiso de maternidad http://europa.eu.int/scadplus/glossary/eu_court_justice_es.htm
El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) ha dado la razón a una trabajadora de la función pública y ha resuelto que el cálculo de su antigüedad se debe realizar desde la fecha de su nombramiento, en la que se encontraba con permiso de maternidad, y no desde la de su incorporación al trabajo.
La sentencia del tribunal europeo refiere al caso de una trabajadora interina que se encontraba de baja por maternidad cuando obtuvo en el año 2002 un puesto fijo como funcionaria en el Instituto Madrileño de la Salud (Imsalud). La recurrente había logrado una plaza como auxiliar administrativo.
Cálculo de la antigüedad La trabajadora planteó que su antigüedad debía calcularse a partir del momento en que se comunicó oficialmente el nombramiento de la plaza, y no desde su reincorporación a su trabajo tras su maternidad.
El caso acabó en un Juzgado de lo Social de Madrid, que prefirió trasladarlo directamente al Tribunal de Luxemburgo planteándole una cuestión prejudicial.
El fallo de la sala hace acopio de la normativa de la Unión Europea y señala que una directiva comunitaria del año 1976 relativa a la igualdad de trato entre hombres y mujeres sobre el acceso al empleo "se opone" a cualquier norma nacional "que no reconozca a una trabajadora que se encuentre en permiso de maternidad los mismos derechos reconocidos a otros aspirantes aprobados en el mismo proceso de selección".
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