AMEAUXET ESCALAS AUXILIARES Y CAE DEL ET

FORO MILITAR: Foro encaminado a corregir la DISCRIMINACIÓN que de forma perpetua están sufriendo las tres últimas promociones de la E.AUX. y las correspondientes del CAE, desde 1986. Haz tu página de inicio de: www.escalasauxiliares.galeon.com

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E.AUX.CAE: TRES ÚLTIMAS PROMOCIONES...NECESITAÍS A F. LOS SANTOS PARA QUE OS ENSALCE A LOS ALTARES COMO MARTIRES D JUJEM
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ANSELMO
 
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  Re: Re: E.AUX.CAE: TRES ÚLTIMAS PROMOCIONES...NECESITAÍS A F. LOS SANTOS PARA QUE OS ENSALCE A LOS ALTARES COMO MARTIRES D JUJEM 25/Octubre/2007 - 09:26

VIGILANDO AL VIGILANTE:

http://losvigilantes.nodo50.org/

50PRINcipeLES
 
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  Re: E.AUX.CAE: TRES ÚLTIMAS PROMOCIONES...NECESITAÍS A F. LOS SANTOS PARA QUE OS ENSALCE A LOS ALTARES COMO MARTIRES D JUJEM 25/Octubre/2007 - 08:16

AL JUZGADO DE INSTRUCCION

 

ISABEL AFONSO RODRIGUEZ, Procuradora de los Tribunales y de NODO50 y CARLO FRABETTI, con designación apud acta cuando sea requerida para ello, ante el Juzgado comparezco y como mejorproceda en Derecho, DIGO:

 Que siguiendo las instrucciones de mis mandantes, formulo QUERELLA en ejercicio del derecho reconocido en los arts 270 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal contra don Alberto RECARTE, don Federico JIMENEZ LOSANTOS y don Javier RUBIO NAVARRO, con domicilio en Madrid, calle Conde de Aranda nº 8, 28001.- Madrid, así como a cualquier otra persona que resulte responsable por los hechos que aquí se relatan, a cuyo efecto, dando cumplimiento a lo que determina el artículo 277 y concordantes de dicha Ley

 

 

 EXPONGO

 

 

 

 

 PRIMERO._ COMPETENCIA: 

 

 

 Se presenta ante el Juzgado de Instrucción de esta ciudad que por turno de reparto corresponda por ser el competente para su instrucción a tenor de los arts 14 y 272 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al tratarse de un delito cometido a través de un medio informativo domiciliado en Madrid.

 SEGUNDO._ QUERELLANTES:

 

 

·        NODO50-ALTAVOZ POR LA LIBERTAD DE EXPRESION Y COMUNICACIÓN, cuyo representante legal es don I.S.R con domicilio a efecto de notificaciones en Madrid 28013, calle Hileras nº 4, 2º 9.

Nodo50 (www.nodo50.org) es un proveedor de servicios de Internet que empezó a funcionar en 1994 y actualmente da servicios a 665 organizaciones, desde Izquierda Unida (tercera fuerza política del Parlamento español), hasta la Coordinadora Estatal de ONG´s para el Desarrollo (máximo órgano de coordinación de las ONG´s españolas), pasando por  Ecologistas en Acción (que agrupa al 90% del movimiento ecologista español), Justicia y Paz (organización que, bajo la dirección de la Conferencia de Obispos de la Iglesia española, trabaja temas relacionados con la Paz y los Derechos Humanos), Cáritas Diocesana (asistencia social y humanitaria de base cristiana), Comités Monseñor Oscar Romero (plataforma en defensa de los Derechos Humanos en Latinoamérica); Andalucía Acoge (ONG que trabaja en apoyo , cobijo y asesoría en temas de inmigración); Mujeres en Red (plataforma virtual que coordina a miles de mujeres en la defensa de la igualdad de género y contra la violencia doméstica); la Federación de Asociaciones por la Defensa de la Sanidad Pública), SOS Racismo o la Plataforma por el 0,7% entre muchas otras.

Nodo 50 es una asociación sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior con el número 165975 de la Sección Primera. En el año 2002 recibió por parte de la Junta de Extremadura el premio "Nuevas Tecnologías y lucha contra el Racismo".

·        Don CARLO FABRETTI con domicilio a efecto de notificaciones en Madrid.

Carlo Fabretti es escritor y matemático, miembro de la Academia de Ciencias de Nueva York, cultiva asiduamente la divulgación científica y la literatura infantil. Ha publicado más de 30 libros, muchos de ellos para niños y jóvenes.

TERCERO._ QUERELLADOS.-

 

 

Los artículos que contienen las expresiones delictivas constan en diferentes ediciones del diario digital editado en Internet llamado LIBERTAD DIGITAL- Diario en la Red (www.libertaddigital.com). Los artículos  no están firmados por lo que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 30 del Código Penal, responden criminalmente del contenido de los mismos las siguientes personas, cuyo único domicilio conocido es el de la empresa editora, sita en Madrid, calle Conde de Aranda nº 8, 28001.- Madrid (documento número 1):

·       Don JAVIER RUBIO NAVARRO, en su calidad de DIRECTOR de la compañía editorial LIBERTAD DIGITAL, S.A.

·       Don FEDERICO JIMENEZ LOSANTOS, en su calidad de EDITOR de la misma Compañía.

·       Don ALBERTO RECARTE, en su calidad de PRESIDENTE de la compañía editorial LIBERTAD DIGITAL, S.A.

www.libertaddigital.com, en su corta historia, se ha convertido en uno de los periódicos electrónicos de mayor difusión en el Estado español, habiendo sobrepasado al día de hoy los 1.200 números.

CUARTO._ Los HECHOS que motivan la querella y que presentan caracteres delictivos son los siguientes:

1.      En la edición del día 10 de diciembre de 2002, la página web de Libertaddigital.com, Diario en la red, número 1051, se hacía eco de la celebración de unas jornadas de conferencias, conciertos, exposiciones, vídeos y actividades, organizadas por una Asociación llamada "Aguascalientes en Madrid", bajo el título "El terrorista Marcos emite una carta de apoyo al estreno de la sede zapatista en Madrid".

Bajo el subtítulo "Jornadas zapatistas" se ennumeran las que, a juicio del redactor, son "demasiadas casualidades" entre la celebración de los encuentros organizados por "Aguascalientes en Madrid" y la publicación de una carta del líder zapatista en un periódico. Con el número 3 se afirma: 

 "Este tipo de Congresos siempre se organizan desde, entre otras cosas, las webs antiglobalización que tanto apoya ETA, y que tanto apoyan a los terroristas y su entorno, como las webs de IndyMedia y Nodo50, habituales altavoces de terroristas y organizadores de las manifestaciones antiglobalización en todas sus manifestaciones, y que tanto gustan a Batasuna".

1. En la edición del día 5 de febrero de 2003 la página web de Libertaddigital.com, Diario en la red, número 1104, se publicaba un artículo que bajo el título "DE FABRETTI A SARAMAGO, EL APOYO A IRAK SE GESTO EN OCTUBRE" se afirmaba en negrita: 

 "La internacional estalinista de apoyo a Irak se gestó en octubre. Por iniciativa de Frabetti y otro grupo de intelectuales y actores -de Saramago y Anguita a los Bardem; de Guillermo Toledo hasta Carmen Sarmiento - se creó la Alianza de Intelectuales Antiimperialistas con el objetivo de satanizar a Occidente, y crear las Brigadas Internacionalistas contra la guerra para ir a Irak, es decir, los llamados ´escudos humanos´".

En el interior del artículo se afirma: 

 "Algunos están en Irak, otros escriben en Gara y otros preparan pegatinas  para ceremonias de "cine". Desde la página web del manifiesto, (de nodo 50, la plataforma más marxista y etarra de la red, que defiende a ETA, la antiglobalización y la criminalización de la democracia en defensa de los intereses terroristas), se tiene acceso a todo tipo de material que ellos llaman ´contrainformación´".

1.   En la edición del día 6 de febrero de 2003 la página web de Libertaddigital.com, Diario en la red, número 1105, se publicaba un artículo que bajo el título "UNO DE LOS CABECILLAS DE LA PROTESTA EN LOS GOYA LLAMA A LA VENGANZA CONTRA EEUU E ISRAEL", y junto con una fotografía del rostro de CARLO FABRETTI, se afirmaba en negrita 

 "... el escritor Carlo Fabretti, escribe artículos en el diario ´Gara´donde defiende a Ben Laden, jalea a ETA y anima al terrorismo internacional. Pero además, Frabetti tiene una página web, donde justifica cualquier acto de venganza contra EEUU e Israel".

QUINTO.-CALIFICACION JURIDICA:

Los hechos que quedan expuestos, revisten indiciariamente, y salvo posterior calificación, al menos, los típicos caracteres de DELITOS DE CALUMNMIAS E/O INJURIAS HECHAS CON PUBLICIDAD que definen los artículos 205 y siguientes del Código Penal del que presuntamente son culpables los querellados, pues en los documentos señalados, LOS QUERELLADOS IMPUTAN A MIS REPRESENTADOS DELITOS DE TERRORISMO haciéndolo con pleno conocimiento de su falsedad o temerario desprecio de la verdad o, al menos, es indudable que las expresiones utilizadas por los querellados en sus escritos lesionan la dignidad de mis representados y vulneran gravemente su fama, creando desprestigio público y un aminoramiento de la pública credibilidad.

Artículo 205: "Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio de la verdad".

Artículo 206: "Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses, si se propagaran con publicidad".

Artículo 208: "Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona,  menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación".

Artículo 209: "Las injurias graves hechas con publicidad  se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses".

Artículo 211: "La calumnia y la injuria se reputarán hechas con publicidad cuando se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia semejante".

SEXTO._ Como DILIGENCIAS A PRACTICAR para la comprobación del hecho señalamos las siguientes:

1.   RATIFICACION POR LOS QUERELLANTES DE LA PRESENTE QUERELLA.

2. DECLARACIÓN, EN CALIDAD DE INCULPADOS, DE LOS QUERELLADOS.

·        PRUEBA DOCUMENTAL: Los documentos que se adjuntan a esta querella:

·                   Copias impresas del resto de las noticias volcadas en Internet (documentos números 2, 3 y 4).

·                   Acta notarial levantada por el Notario de Madrid, don Carlos Solís Villa el día 13 de febrero de 2003, en la que, a requerimiento de NODO50-ALTAVOZ POR LA LIBERTAD DE EXPRESION, se hace constar que el citado Notario accede a dos direcciones de Internet, señalando el contenido de las mismas y obteniendo en su impresora los documentos correspondientes que quedan protocolizados en dicha acta (documento número 5).

Los citados documentos impresos tanto por el Notario como particularmente son los que contienen las expresiones calumniosas e injuriosas que han dado origen a esta querella.

Por todo ello, SOLICITO AL JUZGADO: se admita esta querella, y documento adjunto, y se practiquen las diligencias interesadas en el número anterior.

OTROSI DIGO que se requiera al representante legal de Libertad Digital, S.A., con domicilio en Conde de Aranda nº 8, 28001.- Madrid, a fin de que informe al Juzgado la identidad de LA PERSONA FISICA O JURIDICA PROPIETARIA DE LIBERTAD DIGITAL, S.A., a fin de que, conforme a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Penal se le haga saber su condición de RESPONSABLE CIVIL SOLIDARIO, por lo que SOLICITO AL JUZGADO que teniendo por realizada la anterior solicitud, ordene lo que en derecho sea procedente para su práctica.

SEGUNDO OTROSI DIGO que conforme a lo dispuesto en el artículo 281.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, esta parte considera que está exenta de prestar fianza, por lo que

SOLICITO AL JUZGADO que tenga por hecha esta manifestación.

En Madrid, a mayo de 2003.

                                           ISABEL AFONSO RGUEZ

 

 

ENDIKA ZULUETA S.S.

Colegiado nº 29.130.-

 

Editado por: ARCADIO 1 (25/Octubre/2007 - 08:47)
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