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  CATEGORÍAS TÉCNICAS ACTUALES EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y FUTURA CARRERA PROFESIONAL 19/Abril/2006 - 12:37

Prevention Wordl

CATEGORÍAS TÉCNICAS ACTUALES EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y FUTURA CARRERA PROFESIONAL

Area: Formación


El hecho de que para ser técnico especializado (en seguridad y/o ergonomía y psicosociología y/o higiene) se deba tener una licenciatura o diplomatura previa cualquiera y que la formación recibida se autodenomine Master y se reciba también en universidades, puede llevarnos a creer que se trata de una titulación del Ministerio de Educación. Independientemente de donde se impartan, de su nombre y de su precio sólo son reconocibles como certificaciones de formación (poco controladas) del Ministerio de Trabajo y, cuando se realizan en una universidad, como titulaciones propias de cada centro, no oficiales.

La entrada en vigor de la Declaración de Bolonia añade complejidad y confusión a la necesaria elevación de la prevención a la categoría universitaria.

El paso de las diplomaturas y licenciaturas clásicas a títulos de grado y la posibilidad de transformarse los master en postgrados con la oportunidad de ser títulos oficiales para graduados, alimenta la especulación sobre futuras convalidaciones de los cursos ya impartidos (por universidades) en prevención de riesgos laborales.

Circula también la propuesta de algunas universidades de que la prevención se convierta en un título de segundo ciclo (dos cursos) al que se podría acceder una vez completado el primer ciclo universitario y obviamente desde las titulaciones actuales (todas o con restricciones en función de la proximidad a las especialidades).

Quienes creen que está próxima una titulación única de prevención de riesgos laborales se han lanzado a completar el trío de especialidades “técnicas” en vistas a una circunstancial convalidación académica automática o un nuevo “Decreto de mayo”.

El nivel intermedio ya está regulado en Formación Profesional, con una carga horaria similar a las tres especialidades actuales y un título de «Técnico superior en prevención de riesgos profesionales» que da la opción directa de iniciar una ingeniería en la universidad, al final de la cual podrían situarse en el mercado con la cualificación académica y la formación más demandada en el mercado preventivo “superior”.

Si bien los “intermedios” con certificación del Ministerio de Trabajo pueden seguir trabajando como tales, no está prevista su equiparación, o convalidación siquiera parcial, de las 350 horas que han cursado, ni de su experiencia profesional, para acceder al título de Formación Profesional.

Algo parecido pueden esperar quienes desde carreras no directamente relacionadas con las especialidades preventivas o la producción, han cursado uno o varios “Master superiores” en centros homologados por el Ministerio de Trabajo pero no universitarios.

Podrán seguir trabajando, si ya lo hacen, pero no serán graduados en prevención, salvo que se abra un proceso extraordinario de regularización de toda la formación en prevención certificada por el Ministerio de Trabajo, por la vía de cursos puente o exámenes de convalidación, con un peso significativo de la práctica profesional efectiva y demostrable.

La cuestión del título no es formal, supone mejores o peores oportunidades de empleo y mayor o menor remuneración y rango profesional tanto en la empresa pública como en la privada.

Paralelamente, y en coherencia con la regularización académica, debe abordarse la regulación del mercado, definiendo con claridad áreas de actuación con una “doble” cualificación, como sería el caso de los Coordinadores de Seguridad en obra y del fenómeno de la subcontratación o delegación de sus funciones preventivas.

También es necesario precisar la formación y condición de los auditores del sistema de gestión de la prevención de las empresas, único ámbito liberalizado hasta cierto punto.

Debería revisarse la interpretación subjetiva de la norma que ¿Prohíbe? el libre ejercicio de la profesión de los técnicos en especial en formación y asesoría y gestión en pequeñas empresas, cuando “si” puede hacerlo el propio empresario o un trabajador designado con menos formación y recursos técnicos.

Desde los Servicios de Prevención se rechaza esta posibilidad, pero no se cuestiona cuando son algunos de ellos quienes subcontratan técnicos autónomos a comisión o por objetivos, o cuando determinados profesionales liberales “orientan” a las empresas hacia un modelo de gestión preventiva basado en la externalización de esta, previo pago de una importante comisión (renovable cada año) del servicio de prevención recomendado.

No podemos olvidar que el criterio fundamental de la prevención es su integración en todos los niveles de decisión y actuación de la empresa; garantizando además la necesaria coordinación cuando en un mismo centro de trabajo interactúan trabajadores de empresas distintas o autónomos, lo que se ha “resuelto” permitiendo designar como Recurso Preventivo incluso a trabajadores sin una formación obligatoria en prevención o externalizarlo con empresas de coordinación.

Al menos los Trabajadores Designados para funciones preventivas tienen que tener unos conocimientos adecuados y suficientes en materia preventiva, si bien cabe concretar más sus funciones y responsabilidades a través de la negociación colectiva sectorial.

La clarificación de los distintos niveles académicos y formativos en prevención favorecerá también el desarrollo y la investigación científica en la materia y la autorregulación a través de un colegio profesional, sin excluir otras formas de asociacionismo, ni la urgente negociación colectiva del personal de los servicios de prevención ajenos, incluidos los de mutuas.

Finalmente, cerrando el círculo, correspondería al Ministerio de trabajo crear y mantener un Registro Oficial unificado de técnicos, acreditados en función de su formación y experiencia, con un carnet renovable asociado, según los casos, a exámenes periódicos o procesos de formación continua.

De una u otra forma debe abordarse con urgencia y claridad la cuestión, contando con la participación activa y directa de los prevencionistas. function msghref(nMsg) { document.write('
Editado por: (19/Abril/2006 - 12:38)

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