El Juzgado de lo Social número 10 de Bilbao ha desestimado la denuncia que interpuso TCSA contra los sindicatos y el comité de empresa, acusándoles de convocar una huelga «abusiva, ilícita e ilegal» en Bilbobus y Bizkaibus. Sólo se juzgaban los paros parciales de dos horas por turno que la plantilla secundó todos los lunes y viernes del mes de mayo, y el magistrado, Fernando Breñosa, ha determinado que esta huelga «no fue abusiva» y que los servicios mínimos estipulados «se cumplieron». De hecho, el juez desmonta en su sentencia todos los argumentos de la empresa.
TCSA denunciaba que los paros se prolongaban más de lo estipulado porque los conductores llevan los autobuses a cocheras en lugar de aparcar en las cabeceras de línea, y censuraba que la huelga es intermitente y rotatoria, porque los inspectores y técnicos no paran a la vez que los conductores, lo que a su juicio provocaba un perjuicio excesivo.
Según la sentencia, el modelo de huelga intermitente «no es cuestionable». De hecho, «sería absurdo prohibirla, en cuanto es una alternativa a la clásica huelga continua» y permite «la negociación y reconsideración de posturas en los períodos intermedios». Por otra parte, el juez afirma que «mal se puede entender que la rotación de la huelga suponga un perjuicio desproporcionado, cuando ni siquiera la empresa previó servicios mínimos» para los paros de inspectores y técnicos.
Respecto al traslado de los autobuses a las cocheras, entiende que la medida es aceptable porque estacionarlos en las paradas «generaría colapsos» en «detrimento de los usuarios de otros vehículos». E insiste en que lo más idóneo es llevarlos a las dársenas porque los conductores, durante la huelga, son responsables del dinero recaudado con los billetes y estar en las cocheras aporta un plus de vigilancia tanto para esto, como ante «posibles daños» a los vehículos.
Así pues, la sentencia determina que los perjuicios ocasionados son «sacrificios que forman parte del ejercicio constitucional de la huelga». Advierte de la «parquedad probatoria» de la empresa «sobre las quejas de los usuarios» y recuerda que «no basta con que la huelga origine un daño a la empresa, sino que es preciso que el daño sea grave y que haya sido buscado por los huelguistas más allá de lo que es razonable».
«Disconformes»
Nada más conocer la decisión del juez, TCSA anunció que recurrirá la sentencia. Fuentes de la compañía se mostraron «disconformes» con el contenido del fallo, y añadieron que, además, «llega tarde y a destiempo». La reacción del comité fue completamente distinta. Su presidente, José Antonio Fernández, destacó que «el fallo es claro, desestima totalmente la demanda, porque el juez ha rechazado los tres argumentos fundamentales de la empresa». Fernández también mostró su deseo de que «la empresa no recurra, porque no creo que eso vaya a aportar nada». «No era lo oportuno demandar a todos los sindicatos, al comité de empresa y al comité de huelga y recurrir la sentencia sería volver a la misma situación. Yo apuesto vías de diálogo».