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Segùn informaciòn del ministerio de Sanidad y Consumo:
La Sentencia nº 337/08 del Juzgado nº 5 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid anula la baremaciòn del apartado docencia postgrado en la OPE 2001,pero no dicta instrucciones de como se debe baremar este apartado.
El nùmero total de plazas ofertadas y por supuesto de aprobados en esta OPE no se puede ahora ampliar por lo que el tribunal se tendrà que retrotraer y volver a baremar los 7000 y pico expedientes de los candidatos para sacar el listado definitivo y quitar la plaza a opositores que aprobaron la OPE con la puntuaciòn que les otorgo el tribunal por docencia postgrado cuando no habian sido tutores ni habia tenido residentes a su cargo y dar la plaza a otros que se habian quedado en puertas.
Si èsto se hace asì tambièn se afectarìa la fase de provisiòn( conlo que los traslados que se hicieron posteriorm/ a la fase de selecciòn quedarìan tambièn anulados ya que en èsta fase tambièn se incluyò como mèrito la docencia postgrado.
Los que aprobaron la ùltima OPE y tenìan que haber aprobado la de 2001 tambièn reclamaràn sus derechos sobre todo antiguedad y trienios eso sin contar con los afectados de otras comunidades autonomas que por aquel entonces no tenìan transferidas la Sanidad.
Todo este proceso llevarìa anos en resolverse por lo que el desarrollo del concurso de traslados y la OPE 2006-07 tendrìa que esperar con el riesgo que todos sabemos que esto conllevarìa.
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