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La sindicación militar es (a día de hoy) tan necesaria como el aire que respiramos para que esta sociedad supere definitivamente la etapa posfranquista. El PP/PSOE siguen manteniendo el "santo grial" del golpismo franquista en los cuarteles. El Psoe se engañan a si mismo, y, lo que es más grave. esta engañando a sus miles de votantes y simpatizantes. El ejército sigue siendo franquista: 98 % de sus generales lo son y el 99% de sus jefes también.
¿a quién quiere engañar el PP?. Hay un camino para terminar con el residuo franquista en los cuarteles y ese debe de ser el SINDICATO MILITAR DE TROPA PROFESIONAL,SUBOFICILES Y OFICIALES PROCEDENTES DE TROPA. CON LA POSIBILIDAD DE ASCENSO A GENERALES DE ESTE POTENCIAL HUMANO...
El artículo 28 de la Constitución NO prohíbe el derecho de sindicación de los militares. Por el contrario, lo reconoce, pero permite que el legislador prohíba o limite el ejercicio del derecho de sindicación a los militares sometidos a disciplina militar . El legislador adoptó la solución más drástica, prohibirlo a través del art. 1º de la L. O. 11/1985 de Libertad Sindical. ¿Pero qué militares están sometidos a disciplina militar ?. Desde luego no lo están los militares en Reserva (procedentes de RT) ni los militares Retirados. Tampoco, entendemos, lo están los militares de las FAS en Reserva sin destino Por lo tanto la L.O. de Libertad Sindical, aunque pudiera considerarse constitucional, es contraria al art. 11 del Convenio, porque España no tiene hecha reserva alguna para poder aplicar precepto alguno contrario al contenido del art. 11 CEDH que, repetimos, solo permite restricciones , limitaciones, al ejercicio del derecho de sindicación de las FAS.
NO SE PERMITE QUE SE PROHIBAN LOS SINDICATOS MILITARES.
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