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De
la Participación Ciudadana.
Prologo
Con el nacimiento de la quinta Republica Bolivariana de Venezuela. Nace el nuevo sistema de Democracia de participación ciudadana directa y protagónica, teniendo como fundamento legal el marco Constitucional, el cual desarrolla esta participación ciudadana, en los artículos, 62, 70, 182 y 184,
Mecanismo de Participación.
En junio del año 2002 se activa
la Ley
del Consejo Local de Planificación Publica, esta ley tiene como objetivo fundamental, el de establecer los parámetros sobre la planificación de las políticas publicas, siendo este el primer medio o mecanismo de participación ciudadana, con este nuevo órgano, entraba en funcionamiento el presupuesto participativo, igualmente nacen los comité de tierras y meses después nacen los comité de Salud.
Fallas Generadas en los Municipios
A pesar del impulso, que se le dio a los Consejos Locales de Planificación Publica, no se logro
El objetivo planteado, a esta falla el Municipio Palavecino es uno de los municipios, donde han pasado mas de 6 años y no se halla ejecutado ningún presupuesto participativo, igualmente mas del 50 % por ciento de la mayoría de los Consejos Comunales, deconosen el mecanismo de cómo se ejecuta un presupuesto participativo, el cual se activa en el mes de Abril de cada año, Asi trascurrieron tres años y unos meses,
Nacen Los Consejos Comunales.
Año 2006 el día 10 de Abril sale en la gaceta oficial Extraordinaria numero 5806, sale publicada
la Ley
de los Consejos Comunales, con un objetivo, una meta y una visión .
Objetivo fundamental
El objetivo fundamental de los Consejos Comunales, es primero: la transformación de una nueva estructura social, donde la participación ciudadana a través de las asambleas de ciudadanos y ciudadanas es la maxima autoridad, esto hace que la participación del pueblo sea protagónica, Segundo: este pueblo organizado en consejo comunal maneje su propios recursos e igualmente ejecute su propia planificación publica o diagnostico de necesidades,
Tercero: el Consejo Comunal es un auto gobierno comunitario, compuesto de tres poderes comunitarios, el legislativo representado por la asamblea ciudadana, el ejecutivo integrado por los voceros o voceras de los diferentes comités y el de contraloría social, aparte tiene un banco comunal, como el ente financiero de la comunidad.
Meta Social, Política, de Control y Económica
Meta Social: función de los Comités:
: Son atribuciones de los comités las siguientes: 1) Del COMITÉ DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS ejercerá las siguientes atribuciones, derechos y deberes, Elaborar el mapa de necesidades de servicios, elaborar el proyecto de aceras, asfaltado de calles, bacheo, drenaje, canalización de quebradas, presentar proyectos, gestionarlos, convocar a la comunidad para realizar una asamblea ciudadana cuando tenga que informar algo a
la Comunidad
y integrar el consejo comunal, como miembro del órgano ejecutivo a través del vocero o vocera elegido para tal fin,
2) DEL COMITÉ DE TIERRA Son sus atribuciones, derechos y deberes las siguientes. Elaborar el mapa de necesidades, coadyuvar a la realización de la regularización integral y ejecutar las actuaciones necesarias en función de los intereses de la comunidad para que se reconozca la propiedad en relación a la misma y sus habitantes, de conformidad con lo establecido en la presente Ley, sea por usucapión o por adjudicación bajo los principios del estado social de derecho y de justicia. El Comité de Tierra Urbana tendrá las siguientes atribuciones:
1. Son sus atribuciones entregar la carta de residencia, promover la adopción de decisiones por parte de la comunidad y mantenerla informada permanentemente.
2. Crear comisiones auxiliares que faciliten la ejecución eficaz y eficiente de su misión.
3. Ejecutar las decisiones de la comunidad en materia de la regularización de tierras urbanas.
4. Proponer las poligonales urbanas de los asentamientos urbanos populares.
5. Elaborar, con la participación de la comunidad,
la Carta
del Barrio.
6. Elaborar el registro inicial de parcelas y usos de los asentamientos urbanos populares.
7. Elaborar el registro inicial de propietarios o propietarias y poseedores o poseedoras de vivienda, edificaciones y bienhechurías, en los asentamientos urbanos populares, en coordinación con los órganos competentes.
8. Certificar la información recaudada y analizada sobre la situación de la propiedad y tenencia de las parcelas de la poligonal respectiva.
9. Elaborar el plan de ordenación urbano básico de los asentamientos urbanos populares, en coordinación con los órganos competentes.
10. Coordinar con
la Oficina Técnica
Nacional para
la Regularización
>de
la Tenencia
de
la Tierra Urbana
y demás organismos competentes las acciones conducentes a la regularización de la tenencia de la >tierra.
11. Proponer las áreas de usos reservados no modificables en el ordenamiento natural básico a ser suscrito y aprobado por la >comunidad.
12. Realizar todas las consultas que fueren necesarias para mantener informada a la comunidad de los asentamientos urbanos populares.
13. Presentar la documentación necesaria ante los organismos competentes a los fines de la regularización.
14. integrar el consejo comunal, como miembro del órgano ejecutivo a través del vocero o vocera elegido para tal fin,
15. Otras que le señalen las demás leyes vigentes.
3) DEL COMITÉ DE HABITA Y VIVIENDAS. Son sus atribuciones, derechos y deberes, coordinar todo lo relativo a Planificar y ejecutar planes y proyectos de transformación integral del hábitat, en coordinación con los órganos competentes . Participar, conjuntamente con las otras formas asociativas de la comunidad, en la planificación y ejecución de planes y proyectos de transformación física de su asentamiento, de manera autogestionaria o cogestionaria, según lo establecido en
la Ley
del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat elaborar el censo que arroje, integrar el consejo comunal, como miembro del órgano ejecutivo a través del vocero o vocera elegido para tal fin,
4) DEL COMITÉ DE SALUD: Son sus atribuciones, derechos y deberes, coordinar todo lo relativo a la misión Barrio Adentro, levantar el censo de salud, contentivo de las estadísticas sobre todo tipo de enfermedad que afecte a la comunidad, diagnósticos y evaluación de los recursos asignados a las dependencias de salud existente en la comunidad de carácter publico, exceptuando las privadas, gestionar todo lo relativos a operaciones, presentar el presupuesto de gasto de las dependencias de Salud de
la Comunidad
, convocar a la comunidad para realizar una asamblea ciudadana cuando sea necesaria integrar el consejo comunal, como miembro del órgano ejecutivo a través del vocero o vocera elegido para tal fin, .
5) Del COMITÉ DE DEPORTE Y RECREACIÓN, Son sus atribuciones, derechos y deberes, la integración de los grupos y escuelas deportivas, que existan en la comunidad, elaborar el plan de necesidades del deporte de la comunidad, el control y cuidado de los espacios deportivo de la comunidad, presentar proyectos deportivos y gestionarlos, convocar a la comunidad vecinal y deportiva, cuando se valla a realizar una asamblea de ciudadano, el vocero elegido en asamblea Constituyente, tendrá como deber asistir a las asambleas de carácter parroquial y otras atribuciones que le confiera
la Ordenanza
de Deporte del Municipio Palavecino, e integrar el consejo comunal, como miembro del órgano ejecutivo a través del vocero o vocera elegido para tal fin,
6) Del COMITÉ DE CULTURA. Son sus atribuciones, derechos y deberes, organizar, gestionar talleres para la comunidad, elaborar el plan de necesidad en el área de cultura, presentarlo a la asamblea de ciudadano y ciudadana de la comunidad, nombrar comisiones, para asistir a eventos parroquiales, municipales, estadal y nacional, y los que le asigne la ley de cultura, e integrar el consejo comunal, como miembro del órgano ejecutivo a través del vocero o vocera elegido para tal fin,
7) Del COMITÉ DE ECONMIA POPULAR, Son sus atribuciones , derechos y deberes, el de impulsar y promover la creación de cooperativas, elaborar o gestionar la elaboración de proyectos de desarrollo endógeno sustentable, gestionar los recursos económicos financieros, presentarlos a la aprobación de la asamblea ciudadana de la comunidad, nombrar comisiones, o un delegado para asistir a las mesas de trabajos relacionadas con la economía y cooperativismo, e integrar el consejo comunal, como miembro del órgano ejecutivo a través del vocero o vocera elegido para tal fin,
8) Del COMITÉ DE SEGURIDAD INTEGRAL, Son sus atribuciones, derechos y deberes, los siguientes cumplir y hacer cumplir , todas las normas que impliquen la actuación del comité o del vocero de seguridad integral, impulsar talleres de seguridad publica, elaborar planes de seguridad ciudadana, en concordancia con las leyes y autoridades del Municipio, Estado y
la Nación
, denunciar antes la asamblea ciudadana, públicamente a los ciudadanos y ciudadanas, que violen el reglamento de seguridad, solicitar el respaldo de la seguridad publica, para dar cumplimiento al reglamento de convivencia ciudadana y otras normas establecidas en las leyes de
la Republica Bolivariana.
9) Del COMITÉ DE PROTECCIÓN y IGUALDAD SOCIAL. Son sus atribuciones, derechos y deberes, los siguientes elaborar el censo socio económico de la comunidad, establecer el registro de dato del adulto mayor, gestionar la exoneración del pago de impuestos inmobiliarios, gestionar y elaborar planes que garanticen la alimentación y salud para los adultos mayores y incapacitados, ejercer la contraloría social en los centro de alimentación dependiente del estado o municipio, gestionar la instalación de casa de alimentación, las guarderías infantiles, el pago de becas para las madres trabajadoras, elaborar el plan de necesidad de la comunidad en el área social, impulsar y promover las misiones, como negra Hipólita y la misión madre, denunciar el incumplimiento o fallas de esto programas sociales, ante los entes a nivel del estado y de la nación, nombrar comisiones el vocero elegido será el delegado para asistir a eventos municipales, estadales o a nivel nacional, en la área de programas sociales e integrar el consejo comunal, como miembro del órgano ejecutivo a través del vocero o vocera elegido para tal fin,
10) Del COMITÉ DE EDUCACION. Son sus atribuciones, derechos y deberes los siguientes, elaborar el mapa de necesidad de cupos de educación a nivel de educación preparatoria y primaria, presentarlos ante la asamblea ciudadana, presentar el plan de necesidad de cupos, gestionar la ampliación o construcción de escuelas o salones encolares, impulsar el trabajo de mancomunidades de voceros y voceras de educación a fin de gestionar la construcción de espacios educativos que solucionen el déficit de cupos escolares a nivel de varias comunidadaes, gestionar talleres de capacitación educativa, para el colectivo de la comunidad, gestionar becas escolares, a nivel secundario y universitario, ejercer la contraloría social nombrar la comisión o vocero delegado para gestionar los planes o proyectos de educación a nivel del municipio, estado o a nivel nacional y otras que le asigne las leyes de
la Republica
, el vocero electo en asamblea constituyente integrara la asamblea parroquial de voceros o voceras de educación,.igualmente integrar el consejo comunal, como miembro del órgano ejecutivo a través del vocero o vocera elegido para tal fin,
11) Del COMITÉ DE ALIMENTACION. Son sus atribuciones, derechos y deberes los siguientes, Coordinar y presentar el plan para la creación de comedores, levantar censo sobre desnutrición infantil, censo sobre hogares en pobreza nutricional, gestionar a nivel municipal, estadal y nacional, programas de alimentación trabajar en conjunto con la dependencia de Desarrollo social Municipal y el INTITUTO NACIONAL DE ALIMENTACION. Igualmente integrar el consejo comunal, como miembro del órgano ejecutivo a través del vocero o vocera elegido para tal fin,
12). Del COMITÉ DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN, Son sus atribuciones promover la divulgación de los actos públicos, programas, talleres. Foros, eventos deportivos, recoger información sobre programas que se estén realizando en el municipio, asistir a los medios de información televisivos y Radios Comunitarias para informar todo lo referente al desempeño del consejo comunal y los problemas que aquejan a la comunidad y las demás atribuciones que le asignen las leyes y ordenanzas. e integrar el consejo comunal, como miembro del órgano ejecutivo a través del vocero o vocera elegido para tal fin,
13) De
LA MESA
TÉCNICA DE ENERGÍA GAS Y AGUA. Son sus atribuciones las siguientes, diligenciar todo lo referente a las carencias de servicio de Electricidad, Gas y agua potable, dirigir cartas a los entes públicos encargados de la materia, elaborar planes, proyectos hacerle seguimientos a los proyectos aprobados, exigir el cumplimiento de los servicios y otros que le asigne las leyes y ordenanzas e integrar el consejo comunal, como miembro del órgano ejecutivo a través del vocero o vocera elegido para tal fin
26 de diciembre del 2006 se Reforma la ley de los Consejos locales de Planificación publica.
Con esta reforma se amplia la participación de los consejos comunales creando el consejo parroquial, esto conlleva a que exista una coordinación en la planificación desde abajo hacia arriba,
Misión de los comités de trabajo social integrados al Consejo Comunal
En el mes de abril se activa el presupuesto participativo, cada comité debe levantar un diagnostico de la problemática, que existe en su área, una vez que tenga definida la problemática debe elaborar un proyecto, este proyecto debe presentarlo en asamblea del órgano ejecutivo, allí se aprobara el día y hora en que se va a convocar a una asamblea de ciudadanos y ciudadanas para que cada comité le presente a la asamblea los proyectos, sera la asamblea de ciudadanos y ciudadanas la que aprobara cual es el proyecto prioritario Nº 1, el Nº 2 , el Nº 3 , el Nº 4 de esta forma se ira la asamblea ciudadana aprobando los proyectos, con el acta de las asamblea y los proyectos el vocero o vocera, que fue designado para integrar el Consejo Parroquial, se presentara ante la junta parroquial, donde consignara copia de los proyectos, que cuenten con partidas de inversión, a la espera de que se inicie el debate de la asamblea Parroquial de planificación. Este trabajo lo deben realizar los comités entre el mes de abril y finales de junio.
Estructura del Consejo Parroquial, El Objetivo y
la Misión
En cada Parroquia debe existir un Consejo Parroquial, este organismo estará integrado por un vocero o vocera de cada consejo comunal de los que hacen vida en la parroquia, perteneciente al órgano ejecutivo, electo o electa en asamblea de voceros y voceras del mencionado órgano,
El objetivo del consejo parroquial, es el de elaborar un pro presupuesto participativo de inversión, basado en un monto de bolívares, Que debe ser estipulado por el alcalde o alcaldesa, monto que debe ser expuesto al conocimiento de el Consejo Local de Planificación Publica en el mes de Julio y este a la vez debe comunicárselo a cada Consejo Parroquial,
La Misión
del Consejo Parroquial, es la de presentar el pro presupuesto a finales del mes de agosto ante el Consejo Local de Planificación Publica,
Estructura del Consejo Local de Planificación Publica, el Objetivo y
la Misión.
En cada Municipio debe existir un Consejo Local de Planificación Publica, este organismo esta integrado por, el alcalde o alcaldesa, los concejales, por los presidente de la juntas parroquiales, por la organizaciones comunitarias y sociedad organizadas, En el municipio Palavecino el Consejo local de Planificación Publica, esta integrado por 29 consejeros definidos de la siguiente maneras, la alcaldesa, los 9 concejales y los 3 presidente de la junta parroquial lo que suma 13 concejeros por el poder constituido, por la sociedad organizada 5 consejeros, por los consejos comunales 11 consejeros, lo que suma 16 consejeros, distribuidos de la siguiente manera 4 consejeros por la parroquia Cabudare, 4 por la parroquia José G. Batidas y 3 por la parroquia Agua Viva,
Los Consejeros perteneciente a los Consejos Comunales, que integraran el Consejo Local de Planificación Publica, serán elegidos en asamblea Parroquial de voceros y voceras perteneciente a todos los consejos comunales, que integren la parroquia.
Para la realización de la asamblea parroquial de voceros y voceras, en cada comunidad donde exista un consejo comunal, se debe realizar una asamblea de ciudadanos y ciudadanas, para elegir a unos de los miembros del consejos comunal, de los que se postulen a ser electos como el vocero o vocera, que asistirá a la asamblea parroquial donde se elegirán a los consejeros por la parroquia al consejo local de planificación publica.
El Objetivo del Consejo Local de Planificación de Pública, es elaborar y aprobar el presupuesto participativo del Municipio. La misión es que en el presupuesto participativo de inversión, contengas las obras de mas prioridad a fin de que los recursos económicos vayan dirigidos a darle solución a las problemáticas, que afectan a las comunidades,
Las Comunas y Zonas Comunales
Ahora se esta promoviendo las Comunas, Zonas Comunales, Federaciones, rumbo a la construcción del nuevo estado comunal, se esta a la espera de leyes que le den el piso jurídico a esta nueva manera de fortalecimiento de una participación ciudadana socialista.
Análisis de
la Problemáticas
que menoscaban la participación
Hoy en día, contamos con leyes que desarrollan una participación ciudadana, desde las bases que son las comunidades, con los Consejos Comunales pero existe una realidad que afecta a esta estructuras comunitarias, muchos de estos no han cumplido con las normas establecidas en la ley de los consejos comunales, en casi 2 años de haber sido elegidos, no han elaborados los estatutos de funcionamientos del consejo comunal, no han elaborado el reglamento de convivencia ciudadana. Solo han registrado al Banco Comunal, el consejo comunal no se han registrado como lo establece el articulo 20 de dicha ley.
En cada Consejo Comunal de 23 personas trabajan 4 o 5 personas, el resto no hace nada,
El Consejo Parroquial, no funciona por que los consejos comunales no se han interesados, la gran mayoría desconoce la metodología del funcionamiento para llevar a cabo un presupuesto participativo,
El Consejo Local de Planificación Publica, no existe porque los consejos comunales, tampoco hacen un esfuerzo en ponerlo a funcionar, aquí en palavecino, un municipio donde existen mas de 120 consejos comunales, solo un promedio de 38 consejos comunales están reuniéndose a fin de impulsar la conformación de una comisión promotora, que se encargara de impulsar la constitución del CONSEJO LOCAL DE PLANIFICACION PUBLICA.
Ineficiencia de Entes Públicos que afectan la participación ciudadana
De
la Asamblea
Nacional.
Este ente tiene 8 años de mora legislativa, en este tiempo no ha aprobado la ley de Participación Ciudadana, ley de Contraloría Social, Ley de trasferencia de servicios Públicos,
Del Ministerio de Participación y Desarrollo Social. ( MSP)
Este ministerio en 2 años no ha puesto a la luz publica el reglamento de la ley de los consejos comunales,
Del Ministerio de Planificación Publica.
a un 1 año y meses no han elaborado el reglamento de la ley de los Consejos Locales de Planificación Publica,
Del Consejo Nacional Electoral.
Este ente a un 1 año y meses no ha podido elaborar el reglamento de participación de este ente en las elecciones de los Consejeros del Consejo Local de Planificación Publica.
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