La Ley 39/2007 en su apartado 4 dice: "Los oficiales en retiro a la entrada en vigor de esta ley procedentes de estas escalas podrán solicitar en el plazo de seis meses a partir de la publicación de laordenación definitiva, el empleo y antigüedad asignados al que le siguiera en el curso de aptitud para el acceso a dichas escalas........".Por otra parte, en la situación de retiro no hay derechoal ascenso, ese es el motivo por el que no salieran en elreordenamiento. Además ahi que tener en cuenta la partefinal del apartado 4, que dice:".......y siempre con el límite que no suponga un empleo yantigüedad posteriores a la fecha en que el afectadocumplió 61 años de edad".Quiere esto decir, que si las antigüedades del siguienteen el ordenamiento son posteriores al haber cumplido los 61años, no se tiene derecho al ascenso a Comandante oCapitán.Los pasos a seguir son los siguientes:- Tienes que buscar, el siguiente a ti (o siguientes) en elcurso de acceso, en la Ordenación definitiva, que al estaren las listas de reordenación estará en activo oreserva, por eso tú no apareces porque estás retirado.- Busca la antigüedad de ese en el empleo de Comandante ysi esa antigüedad es posterior al día que cumpliste 61años de edad no tendrás derecho al ascenso, de locontrario si tienes derecho a ascender a Comandante. - Rellena la instancia del anexo II a la reordenación definitiva y la entregas en la Delegación de Defensa.La lista de Ordenación definitiva la puedes consultar ennuestra página web www.pedea.org , apartado "ORDENACIÓN".