|
Hola Susana!!
Todo lo que te han indicado es correcto, y viene reflejado en las condiciones generales del seguro. se basa en la ley de seguros 50/80...
tanto las condiciones como esa ley indica que a principios del año natural se hace una revision de la prima, la cual no solo se basa en la subida del ipc, sino tambien en si han añadido nuevas clinicas, coberturas, etc
se supone que te han tenido que enviar una carta a finales de año para informarte de dicha subida. el precio que tiene que aparecer reflejado en tu contrato es solo el de la prima del año que lo contrataste.
sobre lo de la renovacion, de nuevo viene indicado por ley y por las condiciones generales... se renueva por periodos anuales despues del periodo que viene indicado en tus condiciones particulares, que imagino que seria 31/12/2008. o sea, que despues de ese periodo van de 1 de enero a 31 de diciembre.
legalmente, no tienen ninguna obligacion a darte de baja, salvo por el hecho de estar en el paro y presentar la cartilla de desempleo, o por fallecimiento. si no, tendras que estar hasta finales de este año.
espero que te haya servido de ayuda... me he leido las condiciones de mi poliza tantas veces... aplican lo mismo tanto para dental como sanitarias. saludos!!
|